Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
página 52377/21
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros:
- Preferentemente, las solicitudes se presentarán en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la
Junta de Andalucía: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
- En los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica: No procede.
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para
dictar la resolución expresa y notificarla: Registro de la Delegación Territorial de la Consejería competente
en materia de servicios sociales de la provincia correspondiente a la vecindad administrativa de la persona
solicitante.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25684.html
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es: el plazo de presentación de solicitudes se fija en 15 días hábiles contados
desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden de convocatoria en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, la instrucción
de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada de las mismas en el Registro
indicado en el apartado 10.e) del cuadro resumen.
No obstante, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el
crédito establecido en la convocatoria, el órgano competente para efectuarla adoptará una resolución que,
para general conocimiento, será publicada en el BOJA. En tal caso, el plazo de presentación de solicitudes
finalizará el día de esta publicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309324
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25684.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
página 52377/21
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
en los siguientes lugares y registros:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes registros electrónicos:
- Las personas o entidades que, conforme al apartado 4.e) de este Cuadro Resumen, no estén obligadas a
relacionarse a través de medios electrónicos, podrán, además de en el registro electrónico arriba señalado,
presentar sus solicitudes y escritos en los siguientes lugares y registros:
- Preferentemente, las solicitudes se presentarán en la Ventanilla Electrónica de la Administración de la
Junta de Andalucía: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml
- En los lugares y registros previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de
octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
10.d) Además de los señalados en el artículo 11.2 del Texto Articulado, se podrán utilizar los siguientes
sistemas de firma electrónica: No procede.
10.e) Registro en el que la fecha de entrada de las solicitudes en el mismo, determina el inicio del plazo para
dictar la resolución expresa y notificarla: Registro de la Delegación Territorial de la Consejería competente
en materia de servicios sociales de la provincia correspondiente a la vecindad administrativa de la persona
solicitante.
11.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículo 12).
11.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25684.html
11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es: el plazo de presentación de solicitudes se fija en 15 días hábiles contados
desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente orden de convocatoria en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
De conformidad con lo establecido en el artículo 16 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, la instrucción
de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada de las mismas en el Registro
indicado en el apartado 10.e) del cuadro resumen.
No obstante, en el supuesto de que antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes se agotara el
crédito establecido en la convocatoria, el órgano competente para efectuarla adoptará una resolución que,
para general conocimiento, será publicada en el BOJA. En tal caso, el plazo de presentación de solicitudes
finalizará el día de esta publicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309324
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25684.html