Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
página 52377/22
Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo; la resolución de inadmisión será
notificada personalmente.
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: Comisión de Evaluación
Además de las funciones de instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para res olver: las pers onas titulares de la Delegaciones Territoriales de la
Consejería con competencias en materia de servicios sociales , que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
Por delegación de: la persona titular de la Consejería con competencias en materia de servicios sociales.
Órgano/s colegiado/s:
No.
Sí. Denominación:Comisión de Evaluación.
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
- Realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de
los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación previa.
Las personas intervinientes en el procedimiento deberán llevar a cabo los procedimientos y mecanismos
oportunos que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses, de conformidad con el
artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, y del artículo 129 del
Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018), mediante la cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses,
Anexo de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309324
Composición:
Presidencia: Jefatura de servicio competente en la materia u órgano superior con funciones de
coordinación.
Vocalías: personal funcionario de 2 a 6 miembros, uno de los cuales podrá ejercer la función de secretaría.
Secretaría: personal funcionario.
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por: la presidencia de
la Comisión de Evaluación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
página 52377/22
Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo; la resolución de inadmisión será
notificada personalmente.
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es: Comisión de Evaluación
Además de las funciones de instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Órgano/s competente/es para res olver: las pers onas titulares de la Delegaciones Territoriales de la
Consejería con competencias en materia de servicios sociales , que actuará/n:
En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
Por delegación de: la persona titular de la Consejería con competencias en materia de servicios sociales.
Órgano/s colegiado/s:
No.
Sí. Denominación:Comisión de Evaluación.
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
- Realizar cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de
los datos en virtud de los cuales se efectuará la evaluación previa.
Las personas intervinientes en el procedimiento deberán llevar a cabo los procedimientos y mecanismos
oportunos que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses, de conformidad con el
artículo 22.2.e) del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, y del artículo 129 del
Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18
de julio de 2018), mediante la cumplimentación de una declaración de ausencia de conflicto de intereses,
Anexo de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309324
Composición:
Presidencia: Jefatura de servicio competente en la materia u órgano superior con funciones de
coordinación.
Vocalías: personal funcionario de 2 a 6 miembros, uno de los cuales podrá ejercer la función de secretaría.
Secretaría: personal funcionario.
Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por: la presidencia de
la Comisión de Evaluación.