Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
página 52377/19
No.
Sí. Observaciones, en su caso:
6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa.
Control financiero.
7.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la pers ona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea
o de organismos internacionales:
Sí. Observaciones, en su caso:
No. De conformidad con el documento del Componente 22, para la inversión I3, no se admite sinergias
para esta inversión con otros fondos. Para prevenir y detectar la doble financiación, se realizarán consultas
s is temáticas a la Bas e de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en dos momentos dis tintos de la
tramitación del procedimiento de concesión de subvenciones: el momento inmediatamente anterior a que
se acuerde la concesión y el momento inmediatamente anterior a reconocerse la obligación y proponerse el
pago.
7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen
por los fondos librados:
No.
Sí.
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje:
La Unión Europea participa, a través del fondo:
en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje:
La Administración General del Estado participa en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje:
100% Fondo de Recuperación y Resiliencia.
Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público:
Porcentaje:
8.- Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00309324
8.a). Participación de entidad/es colaboradora/s:
No.
Sí.
Identificación:
Se identificará en la correspondiente convocatoria.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
página 52377/19
No.
Sí. Observaciones, en su caso:
6.- Régimen de control (Artículo 5):
Fiscalización previa.
Control financiero.
7.- Financiación y régimen de compatibilidad de las subvenciones (Artículo 6).
7.a) Aportación de fondos propios:
No se exige la aportación de fondos propios.
La aportación de fondos propios por la pers ona o entidad beneficiaria para financiar la actividad
subvencionada será, al menos, de:
7.b) Compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea
o de organismos internacionales:
Sí. Observaciones, en su caso:
No. De conformidad con el documento del Componente 22, para la inversión I3, no se admite sinergias
para esta inversión con otros fondos. Para prevenir y detectar la doble financiación, se realizarán consultas
s is temáticas a la Bas e de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en dos momentos dis tintos de la
tramitación del procedimiento de concesión de subvenciones: el momento inmediatamente anterior a que
se acuerde la concesión y el momento inmediatamente anterior a reconocerse la obligación y proponerse el
pago.
7.c) Incremento del importe de la subvención concedida con los rendimientos financieros que se generen
por los fondos librados:
No.
Sí.
7.d) Participación en la financiación de las subvenciones:
Administración de la Junta de Andalucía. Porcentaje:
La Unión Europea participa, a través del fondo:
en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje:
La Administración General del Estado participa en la financiación de estas subvenciones. Porcentaje:
100% Fondo de Recuperación y Resiliencia.
Otra/s participación/es de órganos, organismos o entidades de derecho público:
Porcentaje:
8.- Entidad/es colaboradora/s (Artículo 7).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00309324
8.a). Participación de entidad/es colaboradora/s:
No.
Sí.
Identificación:
Se identificará en la correspondiente convocatoria.
https://www.juntadeandalucia.es/eboja