Disposiciones generales. . (2024/204-1)
Acuerdo de 15 de octubre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas subvenciones por el control financiero permanente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

página 52438/2

ACUERDO
Primero. Objeto.
Se sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas subvenciones
por el control financiero permanente.
Concretamente, las subvenciones son:
1. Las subvenciones reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la
inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, programa EMPLEA-T.
2. Las subvenciones reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano
en Andalucía.
Segundo. Condiciones del control financiero permanente.
La Intervención General establecerá las condiciones del ejercicio del control financiero
permanente, conforme a lo que se establece en el artículo 94.3 del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
Asimismo, será de aplicación lo dispuesto en el Acuerdo de 13 de febrero de 2024,
del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo del Patronato de la
Alhambra y Generalife por el control financiero permanente, se actualiza la relación de
órganos, servicios y gastos de consejerías y agencias administrativas sometidos a control
financiero permanente en virtud de este acuerdo y de acuerdos y decretos anteriores, y
se establecen determinados aspectos de la sustitución del régimen de control.
Tercero. Efectos.
Las medidas adoptadas en el presente acuerdo surtirán sus efectos de forma
indefinida desde la fecha de su adopción por el Consejo de Gobierno, sin perjuicio de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de octubre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

CAROLINA ESPAÑA REINA

00309387

Consejera de Economía, Hacienda
y Fondos Europeos

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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