Disposiciones generales. . (2024/204-1)
Acuerdo de 15 de octubre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas subvenciones por el control financiero permanente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

página 52438/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Acuerdo de 15 de octubre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
sustituye el control previo de los expedientes de gasto de determinadas
subvenciones por el control financiero permanente.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 93.2
y 94.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, a propuesta de la Consejera de
Economía, Hacienda y Fondos Europeos, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día
15 de octubre de 2024, adopta el siguiente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309387

Los artículos 93.2 y 94.2 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
establecen que, en sustitución del control previo, por Acuerdo del Consejo de Gobierno
podrá establecerse el sometimiento a control financiero permanente de determinados
gastos, órganos y servicios en los que se considere adecuada dicha fórmula de control.
Mediante Orden de 3 de octubre de 2024, de la Consejería de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y
el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
programa EMPLEA-T.
Del mismo modo, mediante Orden de 3 de octubre de 2024, de la Consejería de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, se aprueban las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva,
destinadas a mejorar la competitividad y la digitalización del sector comercial y artesano
en Andalucía.
En ambas órdenes se prevé un elevado número de expedientes a tramitar, teniendo
en cuenta la experiencia de órdenes anteriores; asimismo, la mayoría de los datos e
información para obtener la condición de persona beneficiaria se podrán consultar de
manera automatizada, permitiendo la celeridad en la tramitación del procedimiento de
concesión de subvenciones, que contribuirá a que la Administración pueda atender con
rapidez y eficacia las necesidades que se prevé cubrir a través de las mismas. Debe
tenerse en cuenta que la tramitación mediante procedimientos automatizados, que
se presenta como uno de los instrumentos básicos de simplificación administrativa y
racionalización organizativa, puede resultar incompatible con el control previo, limitando
su efectividad y eficacia, lo que hace necesario acudir a la aplicación de los citados
artículos 93.2 y 94.2 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
Todo ello con el objetivo de automatizar procesos, reducir carga administrativa a las
personas interesadas, acortando los plazos de concesión, y salvaguardando siempre la
seguridad jurídica y sin merma en el control que se realizará por la Intervención General.
Por las razones expuestas queda suficientemente motivada la sustitución del control
previo de las subvenciones reguladas en las dos Órdenes de 3 de octubre de 2024,
citadas por el control financiero permanente.
Finalmente, se incluye, para mayor claridad, el anexo consolidado del Acuerdo de 13
de febrero de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se sustituye el control previo del
Patronato de la Alhambra y Generalife por el control financiero permanente, se actualiza
la relación de órganos, servicios y gastos de consejerías y agencias administrativas
sometidos a control financiero permanente en virtud de este acuerdo y de acuerdos y
decretos anteriores, y se establecen determinados aspectos de la sustitución del régimen
de control. En dicho anexo consolidado se incluyen las nuevas órdenes que se someten a
control financiero permanente en virtud del presente acuerdo.