3. Otras disposiciones. . (2024/202-22)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se procede a la publicación del convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y la entidad Cruz Roja Española para el desarrollo y ejecución del Programa de formación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual con compromiso de contratación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Miércoles, 16 de octubre de 2024

página 52149/23

(principio Del Not Significant Harm-DNSH) y medidas correctoras para asegurar su
implementación.
Décima novena. Medidas que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de interés.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de
septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la Comunidad Autónoma de Andalucía dispone de un Plan
de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de abril de 2022
que tiene en cuenta las acciones a acometer en el «ciclo antifraude» y que se concretan
en medidas de prevención, detección, corrección y persecución. Así, entre otras, el
citado Plan contempla establecer e implantar medidas que regulen las declaraciones de
ausencia de conflictos de interés en los procedimientos en los que se utilicen fondos y
se regulen los supuestos en los que actuar cuando se denuncia o detecta un conflicto;
suspender la tramitación de proyectos en los que se hayan detectado supuestos de fraude
que no consistan en meras irregularidades administrativas o iniciar los procedimientos
de reintegro cuando las actuaciones produzcan menoscabo en los recursos públicos o
hayan sido declaradas irregulares.
Para ello, Cruz Roja Española deberá aportar tras la firma del presente convenio una
declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses del personal externo a la
Administración Pública (DACI).
Además de lo anterior, cualquier persona que tenga conocimiento de hechos
que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en relación con los proyectos
financiados con cargo a fondos procedentes de la Unión Europea, como es el caso, podrá
poner dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude
(SNCA) de la Intervención General de la Administración del Estado en los términos
establecidos en la Comunicación 1/2017, de 6 de abril.
También se encuentra a disposición de la ciudadanía el Canal de Denuncias de la
Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, creado por Resolución de 20 de marzo
de 2023, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción que se configura como el
canal externo de información previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas
y de lucha contra la corrupción. La dirección electrónica del canal de denuncias es:
https://buzon.antifraudeandalucia.es, siendo accesible igualmente, a través de los enlaces
habilitados en el portal web de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción
www.antifraudeandalucia.es

Vigésima primera. Inexistencia de relación laboral.
La suscripción del presente convenio no implicará relación laboral o de cualquier
otra naturaleza entre la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo o cualquier
organismo o entidad dependiente o vinculado a la misma y las personas o profesionales
que desarrollen las acciones que constituyen su objeto, de tal manera que, por este
concepto, no podrá exigir a esta Consejería ninguna responsabilidad directa ni subsidiaria
por actos o hechos acaecidos en el desarrollo del mismo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309097

Vigésima . Régimen de compatibilidad.
Esta ayuda es incompatible con la obtención de otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos de otras entidades para la misma finalidad procedentes de cualquier
Administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales.