3. Otras disposiciones. . (2024/202-22)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se procede a la publicación del convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y la entidad Cruz Roja Española para el desarrollo y ejecución del Programa de formación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual con compromiso de contratación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Miércoles, 16 de octubre de 2024
página 52149/14
programas en cada una de las inversiones atenderá al coste unitario obtenido conforme
a la metodología desarrollada en el Estudio de costes del proyecto formación con
compromiso de contratación e inserción profesional para mujeres víctimas de violencia
de género, de trata o explotación sexual de la Inversión I2 del Componente 23, validado
por la Intervención General del Estado (IGAE), y que será el módulo de referencia para la
justificación del gasto, según lo indicado en el Anexo III en el que se indica que el Coste
unitario de la inversión del componente 23 (Programas de formación e inserción para
mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual con compromiso
de contratación) será de 20.000 € máximo, de acuerdo con la siguiente distribución:
1. Ayuda de participación para las mujeres:
1.º La realización de las actuaciones que configuran el itinerario de inserción social
y laboral implica una ayuda a las mujeres participantes, que la entidad abonará a éstas
mensualmente, previa justificación individual de asistencia. En este caso, como entidad
colaboradora Cruz Roja Española debe cumplir los requisitos señalados en el artículo 117
del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
2.º Esta ayuda tendrá una duración máxima de 9 meses y se distribuirá según las
acciones formativas que desarrollen las participantes:
a) Las participantes percibirán una ayuda de 500 €/mes, durante el período
máximo de 3 meses, por la participación en las siguientes actuaciones: Itinerario
personalizado de inserción y diagnóstico de empleabilidad, Acciones de recuperación y
motivación personal, Talleres de alfabetización y empoderamiento digital, Talleres sobre
herramientas de búsqueda activa de empleo, Acciones para el conocimiento del mercado
laboral y ajuste profesional, Tutorías individualizadas y acompañamiento en el proceso de
recuperación y autonomía personal y profesional.
b) Las participantes percibirán una ayuda de 960 €/mes, durante el período máximo
de 6 meses, por la participación en las actuaciones de Capacitación Profesional.
c) La percepción simultánea de ambas ayudas es incompatible. Las mujeres
participantes una vez que comiencen la Capacitación Profesional dejarán de percibir la
ayuda de 500 €/mes, pasando a percibir la cantidad de 960 €/mes.
d) El importe total de las ayudas de participación será como máximo de 1.648.020 €.
2. Itinerario de inserción social y laboral:
b) El importe máximo total de los costes del itinerario de inserción social y laboral
será de 1.179.360 €.
3. Costes para otros gastos del programa:
En este concepto se incluyen los gastos generados por el desarrollo de las siguientes
actuaciones que se consideran necesarias para la ejecución y seguimiento del Programa:
prospección empresarial, gestión de la colocación y suscripción de compromisos de
contratación, acompañamiento y dinamización, gestión y seguimiento del Programa de
formación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género según el siguiente
desglose:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309097
a) Por la atención a las mujeres participantes, mediante la realización y ejecución del
itinerario de inserción social y laboral, la entidad tendrá derecho a percibir una cuantía en
concepto de coste del itinerario, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Se abonará el importe de 10 €/hora por cada hora de formación impartida a
cada mujer participante en el programa. En este coste están incluidos todos los gastos
necesarios para poder llevar a cabo las actuaciones de inserción social y laboral, entre
otros, los gastos de personal, gastos indirectos, suministros, seguros.
b) El número de horas impartidas para ser considerada participante no podrá
ser inferior a 312, viniendo limitado el número máximo de horas impartidas por la
disponibilidad presupuestaria existente. De no conseguirse el número mínimo de horas
previsto, el importe económico será minorado de forma proporcional.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Miércoles, 16 de octubre de 2024
página 52149/14
programas en cada una de las inversiones atenderá al coste unitario obtenido conforme
a la metodología desarrollada en el Estudio de costes del proyecto formación con
compromiso de contratación e inserción profesional para mujeres víctimas de violencia
de género, de trata o explotación sexual de la Inversión I2 del Componente 23, validado
por la Intervención General del Estado (IGAE), y que será el módulo de referencia para la
justificación del gasto, según lo indicado en el Anexo III en el que se indica que el Coste
unitario de la inversión del componente 23 (Programas de formación e inserción para
mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual con compromiso
de contratación) será de 20.000 € máximo, de acuerdo con la siguiente distribución:
1. Ayuda de participación para las mujeres:
1.º La realización de las actuaciones que configuran el itinerario de inserción social
y laboral implica una ayuda a las mujeres participantes, que la entidad abonará a éstas
mensualmente, previa justificación individual de asistencia. En este caso, como entidad
colaboradora Cruz Roja Española debe cumplir los requisitos señalados en el artículo 117
del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
2.º Esta ayuda tendrá una duración máxima de 9 meses y se distribuirá según las
acciones formativas que desarrollen las participantes:
a) Las participantes percibirán una ayuda de 500 €/mes, durante el período
máximo de 3 meses, por la participación en las siguientes actuaciones: Itinerario
personalizado de inserción y diagnóstico de empleabilidad, Acciones de recuperación y
motivación personal, Talleres de alfabetización y empoderamiento digital, Talleres sobre
herramientas de búsqueda activa de empleo, Acciones para el conocimiento del mercado
laboral y ajuste profesional, Tutorías individualizadas y acompañamiento en el proceso de
recuperación y autonomía personal y profesional.
b) Las participantes percibirán una ayuda de 960 €/mes, durante el período máximo
de 6 meses, por la participación en las actuaciones de Capacitación Profesional.
c) La percepción simultánea de ambas ayudas es incompatible. Las mujeres
participantes una vez que comiencen la Capacitación Profesional dejarán de percibir la
ayuda de 500 €/mes, pasando a percibir la cantidad de 960 €/mes.
d) El importe total de las ayudas de participación será como máximo de 1.648.020 €.
2. Itinerario de inserción social y laboral:
b) El importe máximo total de los costes del itinerario de inserción social y laboral
será de 1.179.360 €.
3. Costes para otros gastos del programa:
En este concepto se incluyen los gastos generados por el desarrollo de las siguientes
actuaciones que se consideran necesarias para la ejecución y seguimiento del Programa:
prospección empresarial, gestión de la colocación y suscripción de compromisos de
contratación, acompañamiento y dinamización, gestión y seguimiento del Programa de
formación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género según el siguiente
desglose:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309097
a) Por la atención a las mujeres participantes, mediante la realización y ejecución del
itinerario de inserción social y laboral, la entidad tendrá derecho a percibir una cuantía en
concepto de coste del itinerario, de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Se abonará el importe de 10 €/hora por cada hora de formación impartida a
cada mujer participante en el programa. En este coste están incluidos todos los gastos
necesarios para poder llevar a cabo las actuaciones de inserción social y laboral, entre
otros, los gastos de personal, gastos indirectos, suministros, seguros.
b) El número de horas impartidas para ser considerada participante no podrá
ser inferior a 312, viniendo limitado el número máximo de horas impartidas por la
disponibilidad presupuestaria existente. De no conseguirse el número mínimo de horas
previsto, el importe económico será minorado de forma proporcional.