3. Otras disposiciones. . (2024/202-22)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se procede a la publicación del convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo y la entidad Cruz Roja Española para el desarrollo y ejecución del Programa de formación e inserción para mujeres víctimas de violencia de género o de trata y explotación sexual con compromiso de contratación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Miércoles, 16 de octubre de 2024
página 52149/12
C. Suscripción de compromisos de contratación.
Para promover la inserción laboral de las participantes, la entidad habrá de suscribir
los correspondientes compromisos de contratación de las mujeres formadas en el
programa, que se materializarán mediante la tramitación y firma del correspondiente
compromiso de contratación entre la entidad beneficiaria y las empresas y deberá
contener la siguiente información: perfiles de las personas para contratar; número de
personas que se comprometen a contratar; modalidad del contrato, duración y jornada e
identificación del centro de trabajo.
D. Inserción profesional de las mujeres participantes.
1. Cruz Roja Española deberá conseguir la inserción profesional de, al menos, 95 de
las mujeres participantes.
2. A los efectos del presente convenio, se considerará participante insertada aquella
mujer que complete el Itinerario de Inserción Social y Laboral y que, además, tenga uno
o varios contratos de trabajo, con una duración mínima de 6 meses (al menos 180 días
cotizados a la Seguridad Social), suscrito/s con posterioridad a la finalización del Itinerario
de Inserción Social y Laboral y dentro de la vigencia del presente convenio.
3. Los contratos de trabajo resultantes del respectivo compromiso de contratación
deberán realizarse en un puesto de trabajo adecuado y preferentemente relacionado
con la especialidad formativa cursada, entendiéndose que cumple con estos requisitos
aquel puesto de trabajo que tenga por objeto la realización de trabajos vinculados a los
conocimientos adquiridos en la capacitación profesional recibida.
Octava. Personal adscrito al programa.
Para el buen desarrollo del Programa Cruz Roja Española pondrá a disposición del
mismo, a nivel autonómico, los siguientes perfiles profesionales:
1. Un coordinador/a y/o responsable autonómico del programa. Las tareas que
desarrollará serán la revisión de la consecución del proyecto, estableciendo las líneas
de intervención, unificando procedimientos y desarrollando herramientas que permita la
correcta atención de la persona, en todos los ámbitos de la intervención. Establecerá las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309097
E. Acompañamiento a la inserción y seguimiento del programa.
1. Cruz Roja Española deberá realizar el acompañamiento de las participantes en
la incorporación e inicio de la relación laboral, mediante contactos con la trabajadora
y la empresa, que la entidad mantendrá de forma sistematizada y por distintos medios
(teléfono, mail, visita a la empresa, videoconferencia, etc. y cuya ejecución se acreditará
documentalmente.
La documentación acreditativa del cumplimiento de esta actuación deberá ser clara y
permitir la comprobación de las actuaciones efectivamente realizadas, y estará referida a
las actuaciones desarrolladas en el mes inmediatamente anterior.
2. La entidad deberá realizar el seguimiento del programa e informe de gestiones
sobre la ejecución realizada en el mes precedente, con la información detallada que
acredite su estado respecto de hitos y objetivos, y sobre el gasto en que se incurrió,
a través de los indicadores establecidos al efecto, incluido su reporte por los medios
informáticos habilitados con esta finalidad para el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
3. En todo caso, las actuaciones enmarcadas en el presente convenio estarán
sometidas al seguimiento, control y evaluación que se establezca para el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como las obligaciones específicas
relativas a la información y publicidad, control, verificación, seguimiento, evaluación y
demás obligaciones impuestas por la normativa interna y de la Unión Europea para el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE y cuya aplicación sea de obligado
cumplimiento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Miércoles, 16 de octubre de 2024
página 52149/12
C. Suscripción de compromisos de contratación.
Para promover la inserción laboral de las participantes, la entidad habrá de suscribir
los correspondientes compromisos de contratación de las mujeres formadas en el
programa, que se materializarán mediante la tramitación y firma del correspondiente
compromiso de contratación entre la entidad beneficiaria y las empresas y deberá
contener la siguiente información: perfiles de las personas para contratar; número de
personas que se comprometen a contratar; modalidad del contrato, duración y jornada e
identificación del centro de trabajo.
D. Inserción profesional de las mujeres participantes.
1. Cruz Roja Española deberá conseguir la inserción profesional de, al menos, 95 de
las mujeres participantes.
2. A los efectos del presente convenio, se considerará participante insertada aquella
mujer que complete el Itinerario de Inserción Social y Laboral y que, además, tenga uno
o varios contratos de trabajo, con una duración mínima de 6 meses (al menos 180 días
cotizados a la Seguridad Social), suscrito/s con posterioridad a la finalización del Itinerario
de Inserción Social y Laboral y dentro de la vigencia del presente convenio.
3. Los contratos de trabajo resultantes del respectivo compromiso de contratación
deberán realizarse en un puesto de trabajo adecuado y preferentemente relacionado
con la especialidad formativa cursada, entendiéndose que cumple con estos requisitos
aquel puesto de trabajo que tenga por objeto la realización de trabajos vinculados a los
conocimientos adquiridos en la capacitación profesional recibida.
Octava. Personal adscrito al programa.
Para el buen desarrollo del Programa Cruz Roja Española pondrá a disposición del
mismo, a nivel autonómico, los siguientes perfiles profesionales:
1. Un coordinador/a y/o responsable autonómico del programa. Las tareas que
desarrollará serán la revisión de la consecución del proyecto, estableciendo las líneas
de intervención, unificando procedimientos y desarrollando herramientas que permita la
correcta atención de la persona, en todos los ámbitos de la intervención. Establecerá las
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309097
E. Acompañamiento a la inserción y seguimiento del programa.
1. Cruz Roja Española deberá realizar el acompañamiento de las participantes en
la incorporación e inicio de la relación laboral, mediante contactos con la trabajadora
y la empresa, que la entidad mantendrá de forma sistematizada y por distintos medios
(teléfono, mail, visita a la empresa, videoconferencia, etc. y cuya ejecución se acreditará
documentalmente.
La documentación acreditativa del cumplimiento de esta actuación deberá ser clara y
permitir la comprobación de las actuaciones efectivamente realizadas, y estará referida a
las actuaciones desarrolladas en el mes inmediatamente anterior.
2. La entidad deberá realizar el seguimiento del programa e informe de gestiones
sobre la ejecución realizada en el mes precedente, con la información detallada que
acredite su estado respecto de hitos y objetivos, y sobre el gasto en que se incurrió,
a través de los indicadores establecidos al efecto, incluido su reporte por los medios
informáticos habilitados con esta finalidad para el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia.
3. En todo caso, las actuaciones enmarcadas en el presente convenio estarán
sometidas al seguimiento, control y evaluación que se establezca para el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como las obligaciones específicas
relativas a la información y publicidad, control, verificación, seguimiento, evaluación y
demás obligaciones impuestas por la normativa interna y de la Unión Europea para el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE y cuya aplicación sea de obligado
cumplimiento.