Autoridades y personal. . (2024/200-23)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesorado Permanente Laboral (modalidad Profesor Contratado Doctor).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024
página 52023/4
5. Comisiones.
5.1. El presente concurso será resuelto por la Comisión constituida al efecto, en
la forma establecida en las Normas provisionales para adaptar el modo de elección de
las comisiones de selección y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos
docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (Acuerdo 6.4 de Consejo de Gobierno
de la Universidad de Sevilla de 20 de diciembre de 2023) y que se relacionan en el Anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que dispone que las autoridades
y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las
circunstancias que se señalan a continuación, se abstendrán de intervenir en el
procedimiento y lo comunicarán al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen
como motivos de abstención los siguientes:
- Tener interés personal en el asunto del que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
- Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidiad dentro del segundo con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandqatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.
- Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas
mencionadas en el apartado anterior.
- Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
- Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en
el asunto o haberle prestado en los dos últimos años, servicios profesionales de cualquier
tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
En los casos previstos anteriormente podrán promoverse recusación por parte de
los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento. El inciedente
de recusación será resuelto por el Rector en el plazo de tres días, una vez recabado el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308972
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el lista definitivo de aspirantes admitidos al concurso.
4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas
definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón Electrónico oficial de la Universidad
de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico (https://docentes.us.es – Oferta
de Empleo Público – Convocatorias). Asimismo, se comunicarán al Presidente de la
comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin de la vía administrativa y
contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme
a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien
potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, a tenor de lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administratico
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a
su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo
antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de
reposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024
página 52023/4
5. Comisiones.
5.1. El presente concurso será resuelto por la Comisión constituida al efecto, en
la forma establecida en las Normas provisionales para adaptar el modo de elección de
las comisiones de selección y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos
docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (Acuerdo 6.4 de Consejo de Gobierno
de la Universidad de Sevilla de 20 de diciembre de 2023) y que se relacionan en el Anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que dispone que las autoridades
y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las
circunstancias que se señalan a continuación, se abstendrán de intervenir en el
procedimiento y lo comunicarán al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen
como motivos de abstención los siguientes:
- Tener interés personal en el asunto del que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
- Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidiad dentro del segundo con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandqatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.
- Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas
mencionadas en el apartado anterior.
- Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
- Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en
el asunto o haberle prestado en los dos últimos años, servicios profesionales de cualquier
tipo y en cualquier circunstancia o lugar.
En los casos previstos anteriormente podrán promoverse recusación por parte de
los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento. El inciedente
de recusación será resuelto por el Rector en el plazo de tres días, una vez recabado el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el lista definitivo de aspirantes admitidos al concurso.
4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas
definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón Electrónico oficial de la Universidad
de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico (https://docentes.us.es – Oferta
de Empleo Público – Convocatorias). Asimismo, se comunicarán al Presidente de la
comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin de la vía administrativa y
contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme
a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o bien
potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, a tenor de lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administratico
Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente a
su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo
antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta del de
reposición.