Disposiciones generales. . (2024/199-2)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de programas formativos de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024

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supongan 50 horas de formación. Sólo será computable la formación impartida o autorizada
por las Administraciones Públicas.
Decimocuarto. Resolución.
1. La competencia para la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones
corresponde a la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional para
el Empleo, en virtud de la Orden de 24 de julio de 2024.
La resolución tendrá el siguiente contenido mínimo:
a) Relación ordenada por puntuación de entidades solicitantes beneficiarias e importe
concedido.
b) Relación ordenada de entidades solicitantes beneficiarias, con indicación de las
acciones formativas con el importe otorgado y la puntuación obtenida.
c) Relación ordenada de entidades solicitantes suplentes, con indicación de las
acciones formativas, su importe y la puntuación obtenida.
d) Relación ordenada de solicitudes desestimadas y desistidas con indicación de la causa.
e) Las partidas presupuestarias del gasto y, en su caso, su distribución plurianual.
f) La forma y secuencia del pago y los requisitos exigidos para su abono.
g) Las condiciones que, en su caso, se impongan a las personas o entidades beneficiarias.
h) El plazo y la forma de justificación por parte de las entidades beneficiarias del
cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención y de la aplicación de
los fondos recibidos.
i) Los términos en los que las entidades beneficiarias deben suministrar información
conforme a lo previsto en la normativa sobre transparencia y en el apartado 23.b).1.º del
Cuadro Resumen de las bases reguladoras.
2. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento será de 6
meses, a contar a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, según apartado 16 del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.

Decimosexto. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
1. Cumplir las obligaciones establecidas en el apartado 23.b) del Cuadro Resumen de
las bases reguladoras y las que se especifican en el artículo 9 de la Orden TMS/368/2019,
de 28 de marzo.
2. Impartir las acciones formativas directamente, sin que pueda subcontratarla con
terceros de conformidad con el artículo 17 de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
3. Asumir las condiciones de encargada del tratamiento de datos al que se hace
referencia en esta convocatoria y que quedan recogidas en el Cuadro II Encargado del
Tratamiento de Datos Personales (en adelante Cuadro II).
4. Cumplir con la legislación sectorial en materia financiera, fiscal, contable y laboral,
especialmente en lo referente a contabilidad de los gastos, abono de salarios al personal,
ingresos de las cotizaciones a la seguridad social y facturación.
5. Comunicar a la Delegación Territorial competente, con una antelación de al
menos 5 días, el contenido, fecha y horario de la sesión de sensibilización en igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Decimoquinto. Publicación.
Los actos administrativos de requerimiento de subsanación, trámite de audiencia,
propuesta de resolución provisional y resolución del procedimiento serán publicados
íntegramente en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/
formacion-empleo/empresa-entidad-fpe/paginas/subvenciones-desempleados-programaformativo-2024.html, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso,
esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.