Disposiciones generales. . (2024/199-2)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca en el año 2024 la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación de la oferta formativa de programas formativos de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024

página 52040/6

5. El representante legal, presentará una declaración responsable incluida en
la solicitud, haciendo constar que no percibirá subvenciones para la realización de
acciones formativas que excedan de su capacidad de gestión, a la vista de la duración
de dichas acciones formativas, instalaciones y medios disponibles. En el conjunto de la
convocatoria no se podrá conceder la impartición de formación por un volumen superior
aproximado a 2.100 horas lectivas anuales en una misma aula, debiendo indicarse en la
solicitud el número de aulas/talleres inscritos en cada centro para la impartición de las
especialidades formativas solicitadas.

Décimo. Criterios de valoración de solicitudes.
1. De los criterios de valoración de solicitudes previstos en el apartado 12.a) del
Cuadro Resumen de las bases reguladoras serán de aplicación los siguientes:
I. Adecuación de la oferta formativa.
a) Adecuación a los sectores y especialidades formativas prioritarias.
b) Adecuación de la oferta formativa por el número de habitantes del municipio donde
se imparta en modalidad presencial la acción formativa.
II. Capacidad técnica.
a) Personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la ejecución de la
actividad formativa solicitada.
b) Equilibrio en el personal formador o tutor formador en plantilla previsto para la
ejecución de la actividad formativa solicitada.
c) Formación en género e igualdad de oportunidades del personal formador o tutor
formador en plantilla previsto para la ejecución de la actividad formativa solicitada.
e) Calidad de gestión, por implantación de un sistema o modelo de calidad vigente
para la gestión/actividad de la Formación Profesional para el empleo.
III. Valoración positiva de acciones formativas ejecutadas.
b) Valoración del grado de cumplimiento de objetivos.
A efectos de valorar los resultados de participación en las tres últimas programaciones
finalizadas de Formación Profesional para el empleo de los Servicios Públicos de Empleo,
en la presente convocatoria se tendrán en cuenta las comprendidas en el horizonte
temporal [2009-2023].
2. En el supuesto de empate en la valoración de baremación se priorizarán conforme
al apartado 12.b) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras .
3. En esta convocatoria no se establecen criterios negativos de valoración.
4. Ninguna entidad podrá percibir subvenciones para la realización de programaciones
formativas que superen el 10% del crédito presupuestario consignado en la presente
convocatoria para cada provincia.
5. Los criterios de valoración deberán cumplirse a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el final de la ejecución de las acciones
formativas.
Decimoprimero. Órganos competentes.
1. Se estará a lo establecido en los apartados 10.b) y 13 del Cuadro Resumen de las
bases reguladoras y en la Orden de 24 de julio de 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Noveno. Subsanación de solicitudes.
1. Se realizará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del texto articulado
de las bases reguladoras tipo.
Asimismo, podrán ser objeto de requerimiento para su subsanación aquellas solicitudes,
que habiendo cumplimentado el Anexo I Bis, lo hayan hecho sin que conste la suficiente
información para efectuar una valoración correcta. En este caso, la falta de subsanación o
la subsanación insuficiente determinarán la no valoración del criterio afectado.
2. Dicha subsanación se presentará de forma telemática en la dirección electrónica
referida en el resuelve octavo, a través del aplicativo de gestión.