Autoridades y personal. . (2024/197-14)
Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de un puesto de Jefe/a de Unidad de Prevención de Riesgos Laborales, como Encargo Complementario de Funciones en el Hospital Universitario Costa del Sol de Marbella (Málaga).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024

página 51765/9

La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
1.1.2. La experiencia en puestos directivos del Sistema Nacional de Salud de: Dirección
Económico-Administrativa y/o de Servicios Generales, Subdirecciones EconómicoAdministrativa y/o de Servicios Generales a través de nombramiento o concurso público,
habiendo alcanzado los objetivos planteados, todo ello acreditado por la Dirección
Gerencia del centro correspondiente o del responsable superior en la Consejería de Salud
o el Servicio Andaluz de Salud: 2 puntos por año, hasta un máximo de 10 puntos.
1.1.3. La experiencia en puestos de gestión y servicios en el Sistema Nacional de
Salud, a través de nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos
planteados, se valorará de acuerdo con los siguientes criterios: 2 puntos por año de
servicios prestados para los grupos de A1/ A2 y 1 punto por año para los grupos C1C2-E. Máximo 15 puntos.
1.1.4. Servicios prestados en el Sistema Nacional de Salud en cualquier otra
categoría básica, puesto Directivo o Cargo Intermedio no descrito anteriormente, a través
de nombramiento o concurso público, habiendo alcanzado los objetivos planteados: 0,50
puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos.
1.1.5. Servicios prestados en cualquier otra categoría básica, puesto Directivo o Cargo
Intermedio similares en otras administraciones públicas, a través de nombramiento o
concurso público: 0,50 puntos por año de servicios prestados hasta un máximo de 5 puntos.
Desempeño:
1.1.6. Cumplimiento de los objetivos individuales en la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, se valoraran de acuerdo con los siguientes criterios:
a) 1 punto por año si el cumplimiento está entre 70% y 80%, hasta un máximo de
5 puntos.
En caso de no disponer de Objetivos individuales se tomará el de la UGC, el Servicio
o centro
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años.
1.1.7. Cumplimiento de los objetivos globales de la UGC, el Servicio o centro en el
que ha desarrollado su trabajo, una vez aplicado el factor de corrección, se valoraran de
acuerdo con los siguientes criterios:
a) 0,5 puntos por año si el cumplimiento está entre 65% y 70%, hasta un máximo de
2,5 puntos.
b) 1 punto por año si el cumplimiento es superior al 70%, hasta un máximo de 5 puntos.
Se contabilizará a partir de los acuerdos de gestión de los últimos 5 años y para
tiempos inferiores a un año, de forma proporcional.
1.1.8. Innovaciones significativas en la organización del área de gestión y servicios,
en el diseño y ejecución de programas de calidad, de seguridad y salud laboral, procesos,
o en el uso/consumo de recursos, iniciadas o mantenidas en los últimos diez años, con
resultados contrastados, según informe de la Dirección de División correspondiente,
mediante informe razonado que acredite los cambios propuestos e implantados por el
candidato. Estos deben haber tenido un efecto constatable en la mejora de la gestión,
en la calidad, en la salud laboral, en la eficiencia del uso de los recursos y/o en los
resultados obtenidos. En todo caso, tendrán que haber supuesto, en su conjunto, una
mejora sustancial sobre la situación de origen. A juicio del tribunal, y en relación directa
con el puesto al que se opta, este ítem será valorado desde 0 a 10 puntos.
1.1.9. Por formar parte de las distintas Comisiones de Calidad, Comités de Seguridad
y Salud, o grupos de trabajo constituidas en centros sanitarios o en los Servicios de
Apoyo: 0,25 puntos por cada año, hasta un máximo de 2,5 puntos. La certificación deberá
extenderse por el Director Económico-Administrativo y/o de Servicios Generales o por el
Subdirector correspondiente de los Servicios de Apoyo o Director General, y en la misma
debe constar el número anual de sesiones de las Comisiones a la que ha asistido y la
actividad que ha desempeñado en la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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b) 2 puntos por año si el cumplimiento es superior al 80%, hasta un máximo de 10 puntos.