Disposiciones generales. . (2024/197-4)
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51790/7
Asimismo, con la finalidad de garantizar el principio de seguridad jurídica, la
elaboración de esta norma se ha realizado de manera coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, para generar un marco normativo
estable, optando por un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia no
competitiva atendiendo al objeto de las subvenciones y a las personas destinatarias de
las mismas.
En aplicación del principio de eficiencia, la norma solo impone las cargas
administrativas estrictamente necesarias para garantizar la idoneidad de su concesión.
En cuanto al principio de transparencia, toda la documentación de inicio de tramitación
de la presente disposición normativa, así como los informes preceptivos que conforman
el procedimiento de elaboración, han sido accesibles a la ciudadanía a través del Portal
de Transparencia de la Junta de Andalucía, en los términos establecidos en el artículo
13.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en el
artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Incentivos
para el Empleo y Competitividad Empresarial, y en uso de las competencias y facultades
conferidas en el artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26.2.a) de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Artículo 1. Objeto.
1. Constituye el objeto de esta orden aprobar las bases reguladoras para la concesión
de las subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la
inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, Programa Emplea-T.
Las subvenciones están dirigidas a financiar, por parte de personas trabajadoras
autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, el fomento de la contratación
indefinida ordinaria de personas desempleadas menores de 30 años, personas mayores
de 45 años, personas con discapacidad, personas desempleadas de larga duración,
así como personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de
Garantía Juvenil. También se incluye la conversión de contratos indefinidos ordinarios de
jornada parcial a jornada completa y el fomento de la contratación de personas jóvenes
menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en las
corporaciones locales.
2. En el marco de esta orden, se establecen las siguientes líneas de subvenciones
dirigidas a los colectivos recogidos en el apartado anterior, con especial atención a
la incorporación de las mujeres al mercado laboral en la Comunidad Autónoma de
Andalucía:
• Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de
personas trabajadoras autónomas.
• Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias
por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida
ordinaria por parte de pymes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308739
Disposiciones generales y ámbito de aplicación
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51790/7
Asimismo, con la finalidad de garantizar el principio de seguridad jurídica, la
elaboración de esta norma se ha realizado de manera coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, para generar un marco normativo
estable, optando por un procedimiento de concesión en régimen de concurrencia no
competitiva atendiendo al objeto de las subvenciones y a las personas destinatarias de
las mismas.
En aplicación del principio de eficiencia, la norma solo impone las cargas
administrativas estrictamente necesarias para garantizar la idoneidad de su concesión.
En cuanto al principio de transparencia, toda la documentación de inicio de tramitación
de la presente disposición normativa, así como los informes preceptivos que conforman
el procedimiento de elaboración, han sido accesibles a la ciudadanía a través del Portal
de Transparencia de la Junta de Andalucía, en los términos establecidos en el artículo
13.1 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, y en el
artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno.
En su virtud, a propuesta de la persona titular de la Dirección General de Incentivos
para el Empleo y Competitividad Empresarial, y en uso de las competencias y facultades
conferidas en el artículo 118.1 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía, los artículos 44.2 y 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de
octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26.2.a) de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
CAPÍTULO I
Artículo 1. Objeto.
1. Constituye el objeto de esta orden aprobar las bases reguladoras para la concesión
de las subvenciones públicas, en régimen de concurrencia no competitiva, para la
inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, Programa Emplea-T.
Las subvenciones están dirigidas a financiar, por parte de personas trabajadoras
autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, el fomento de la contratación
indefinida ordinaria de personas desempleadas menores de 30 años, personas mayores
de 45 años, personas con discapacidad, personas desempleadas de larga duración,
así como personas jóvenes menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de
Garantía Juvenil. También se incluye la conversión de contratos indefinidos ordinarios de
jornada parcial a jornada completa y el fomento de la contratación de personas jóvenes
menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en las
corporaciones locales.
2. En el marco de esta orden, se establecen las siguientes líneas de subvenciones
dirigidas a los colectivos recogidos en el apartado anterior, con especial atención a
la incorporación de las mujeres al mercado laboral en la Comunidad Autónoma de
Andalucía:
• Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de
personas trabajadoras autónomas.
• Línea 2. Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias
por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida
ordinaria por parte de pymes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308739
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