Disposiciones generales. . (2024/197-4)
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51790/8
Artículo 2. Régimen Jurídico.
1. Las subvenciones concedidas al amparo de la presente orden se regirán, además
de por lo previsto en las presentes bases reguladoras, por las siguientes normas o
aquellas que las sustituyan:
a) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
b) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
c) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera, y su Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como
las demás normas básicas que desarrollen la ley.
d) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
e) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
f) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
g) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
h) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
i) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo
con lo establecido en su disposición final decimocuarta.
j) Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de
su inclusión social, y en el ámbito autonómico, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los
Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
k) Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, de acuerdo con lo establecido en su
disposición final decimocuarta.
l) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente.
m) Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, de acuerdo con lo
dispuesto en su disposición final única.
n) Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma
laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de
trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en su disposición final cuarta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308739
• Línea 3. Incentivo a la conversión de contratos indefinidos ordinarios de jornada
parcial a jornada completa por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad
por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 5. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas que hayan
realizado prácticas no laborales en el marco del Programa de Experiencias Profesionales
para el Empleo (EPES) por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 6. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes
menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de
personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 7. Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30
años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de corporaciones
locales.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51790/8
Artículo 2. Régimen Jurídico.
1. Las subvenciones concedidas al amparo de la presente orden se regirán, además
de por lo previsto en las presentes bases reguladoras, por las siguientes normas o
aquellas que las sustituyan:
a) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento
de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos).
b) Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
c) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera, y su Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, así como
las demás normas básicas que desarrollen la ley.
d) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
e) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
f) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno, de acuerdo con lo establecido en su disposición final octava.
g) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
h) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
i) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo
con lo establecido en su disposición final decimocuarta.
j) Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de
su inclusión social, y en el ámbito autonómico, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los
Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
k) Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, de acuerdo con lo establecido en su
disposición final decimocuarta.
l) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía vigente.
m) Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, de acuerdo con lo
dispuesto en su disposición final única.
n) Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma
laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de
trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en su disposición final cuarta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308739
• Línea 3. Incentivo a la conversión de contratos indefinidos ordinarios de jornada
parcial a jornada completa por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 4. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas con discapacidad
por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 5. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas que hayan
realizado prácticas no laborales en el marco del Programa de Experiencias Profesionales
para el Empleo (EPES) por parte de personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 6. Incentivo a la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes
menores de 30 años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de
personas trabajadoras autónomas y pymes.
• Línea 7. Incentivo para el fomento del empleo de personas jóvenes menores de 30
años beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil por parte de corporaciones
locales.