Disposiciones generales. . (2024/197-4)
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
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Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024

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2.º Proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión Europea
de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la
ejecución de la operación, destinados al público o a quienes participen.
3.º Comunicarán por escrito a la persona trabajadora que los gastos correspondientes
a su contrato han sido cofinanciados por el Programa FSE+, conforme al modelo que se
establezca en la correspondiente convocatoria.
4.º Aceptarán su inclusión en la lista de operaciones prevista en el artículo 49.3 del
Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de
2021.
5.º Conservarán todos los documentos justificativos relacionados con la operación
que reciba ayuda del Programa FSE+ durante un plazo de cinco años, a partir del 31
de diciembre del año en que la autoridad de gestión del Programa Andalucía 20212027 efectúe el último pago a la persona o entidad local beneficiaria, en los términos
establecidos en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 24 de junio de 2021.
k) Entregarán los cuestionarios de datos cumplimentados por las personas
participantes, facilitados por el órgano gestor, para llevar a cabo la evaluación de los
objetivos de cada línea subvencionable, así como, en su caso, suministrarán con la
debida diligencia en tiempo y forma los datos que sean requeridos en cumplimiento de
las actuaciones de seguimiento, evaluación, verificación, control y auditoría promovidas
por los organismos competentes para el seguimiento y control del Programa FSE+
2021-2027. Los cuestionarios serán entregados al órgano gestor a través del sistema de
recogida de datos que se determinará en la correspondiente convocatoria.
l) Todas las demás obligaciones que se deriven de esta orden y demás normativa
aplicable.
2. Sin perjuicio de las obligaciones generales establecidas en el apartado anterior,
las entidades locales beneficiarias de la Línea 7 deberán cumplir, además, las siguientes
obligaciones específicas:
a) Llevar a cabo la selección de las personas participantes, según lo previsto en el
artículo 29.
b) Realizar una reserva de cuota del 10% del total de las contrataciones del proyecto
para personas con discapacidad. Esta reserva no será obligatoria cuando no se llegue
a un mínimo de diez contrataciones, sin perjuicio del cumplimiento de la reserva de
cuota a la que quede obligada como Administración Pública por la normativa vigente que
resulte de aplicación. Cuando el porcentaje sobre el total de contrataciones efectuadas
arroje un resultado decimal igual o superior a 0,6 deberá redondearse al alza hasta el
siguiente número entero. A los efectos de dar cumplimiento a esta cuota de reserva, las
entidades locales podrán presentar ofertas específicas para la contratación de personas
con discapacidad.
c) Formalizar el contrato en la modalidad prevista en el artículo 26.3 y grupo de
cotización concedido mediante resolución de concesión.
d) Realizar la tutorización de las personas contratadas cumplimentando los
correspondientes cuadernos de seguimiento de las tareas desarrolladas, que deberán
ser firmados tanto por el tutor o la tutora como por la persona participante contratada,
según modelos facilitados por el centro directivo competente.
La entidad local beneficiaria remitirá al órgano gestor copia digitalizada de los
correspondientes cuadernos de seguimiento. Asimismo, deberá hacer entrega a cada
persona participante contratada de un certificado individual de la experiencia profesional
en la iniciativa.
e) Entregar a cada una de las personas que vayan a ser contratadas el compromiso
de participación en las acciones de orientación del Servicio Andaluz de Empleo y recabar
de cada una de ellas su firma de manera individualizada. Asimismo, las personas
destinatarias que participen en estas sesiones de orientación deberán recibir justificante
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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