Disposiciones generales. . (2024/197-4)
Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
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Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024

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personas de forma que se les facilite la entrada al mercado laboral, tanto ordinario como
protegido, y el mantenimiento en el puesto de trabajo de aquellas que tienen mayores
dificultades para ello, tales como las personas con discapacidad y las que se encuentran
en situación de riesgo y/o exclusión social; y apoyar a las empresas andaluzas, de tal
manera que se contribuya a mejorar su competitividad.
Del mismo modo, la Comunidad Autónoma Andaluza aprueba el Plan Estratégico
para el Impulso y la Modernización de la Economía Social en Andalucía para el periodo
2023-2026, cuyo programa 17 se incardina en los objetivos de creación de empleo de
calidad y estable, así como en el de desarrollo local en el ámbito de la economía social.
Concretamente, a través del empleo de jóvenes en las empresas de este sector.
El Programa Emplea-T, regulado al amparo de la presente orden, se enmarca
dentro de este contexto normativo y estratégico con el objetivo de fomentar el empleo
y la competitividad empresarial, implementando actuaciones que faciliten la mejora de
la empleabilidad y favorezcan la inserción laboral, con especial atención a colectivos
vulnerables por tener estos mayor dificultad para acceder al mercado laboral.
Si bien, en las últimas estadísticas del mercado de trabajo, Andalucía llegó a tener
una evolución positiva tanto en la afiliación como en la contratación y la ocupación, los
datos de desempleo registrado han mostrado un avance menos optimista. En términos
interanuales, las tasas de crecimiento siguen favoreciendo levemente a la región, con un
crecimiento del 3,1% frente al 2,8% nacional, implicando que en un año se han creado en
Andalucía algo más de 100.000 ocupaciones, casi el 17% de las creadas a nivel nacional,
que han sido 588.000.
No obstante, es objetivo prioritario y urgente de nuestra Comunidad Autónoma
abordar las necesidades de las personas desempleadas, así como establecer unas
bases sólidas para su inserción laboral sostenible.
En este contexto laboral, es esencial implementar medidas que revitalicen el tejido
productivo andaluz, reactiven la actividad empresarial, promuevan la creación de empleo
estable de calidad y faciliten el acceso al trabajo de las personas desempleadas, al
mismo tiempo que se reduzca la temporalidad mediante el fomento de la contratación
indefinida ordinaria.
Estas medidas se suman a las sucesivas iniciativas que se han ido implementando
anteriormente por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para impulsar
la contratación indefinida ordinaria. Debemos mencionar las convocadas recientemente al
amparo de la Orden de 3 de junio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva,
dirigidas a impulsar la recuperación y generación del empleo estable en Andalucía, que
ha permitido la contratación indefinida de más de 35.000 personas desempleadas, así
como las medidas recogidas en el Decreto-ley 27/2021, de 14 de diciembre, por el que se
aprueban con carácter urgente medidas de empleo en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia para Andalucía, que ha proporcionado a 1.100 personas
jóvenes desempleadas que han finalizado su etapa educativa las primeras experiencias
en el empleo, en el seno de los servicios prestados por las Administraciones y entidades
del sector público andaluz.
Con este propósito se presenta esta orden, por la que se regula la concesión de
subvenciones para activar el mercado laboral, fomentar la recuperación de la actividad
laboral e impulsar la creación de empleo estable e indefinido, y de calidad, en todos los
sectores productivos, mediante la contratación indefinida ordinaria de personas jóvenes
desempleadas, así como de personas desempleadas pertenecientes a colectivos
vulnerables que presentan mayores dificultades para acceder al mercado de trabajo.
Para ello, en el marco de esta orden se regulan las siguientes líneas de subvenciones:
• Línea 1. Incentivo a la primera contratación indefinida ordinaria por parte de
personas trabajadoras autónomas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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