Disposiciones generales. . (2024/193-2)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la autorización del uso y aprovechamiento especial temporal y gratuito de los huertos agroecológicos del Parque del Alamillo y la convocatoria para su adjudicación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51427/4
Octava. Renovación de autorizaciones, solicitudes y procedimiento para el otorgamiento
de las autorizaciones de uso de los huertos.
1. El procedimiento aplicable para la adjudicación de las autorizaciones que habiliten
para la ocupación de los huertos urbanos y faculten para su uso y disfrute, será el sorteo
público en régimen de concurrencia, dado el número limitado de las mismas.
No obstante, a los interesados que hayan sido adjudicatarios de un huerto urbano
en la anterior convocatoria, se les reconoce la posibilidad de renovación. La renovación
de dichas parcelas enumeradas en la clausula tercera de las presentes bases estará
condicionada a que la soliciten en los plazos previstos, y siempre que:
- Se mantengan los requisitos por los cuales se les otorgó la parcela.
- No se hayan incumplido las condiciones de uso y funcionamiento de los huertos
conforme al apartado IV de las presentes bases.
En caso de que los antiguos adjudicatarios no opten a su renovación, dichas parcelas
pasarían automáticamente a sorteo para su adjudicación.
El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Dirección General
de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.
El sistema para la nueva adjudicación de las parcelas disponibles se realizará
mediante sorteo público entre todas las solicitudes admitidas, excluidas las parcelas
de renovación, dentro del plazo habilitado a tal efecto. El plazo máximo para resolver
el procedimiento será de cuatro meses. Podrá considerarse desestimada la solicitud en
caso de no notificarse resolución dentro de ese plazo.
2. El procedimiento de renovación y nueva adjudicación se iniciará de oficio mediante
convocatoria pública que será objeto de publicación, al igual que las presentes bases
reguladoras, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda https://lajunta.es/51ade, y
en el propio Parque del Alamillo. El plazo para presentar solicitudes será de 15 días a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía.
3. Los interesados deberán presentar la solicitud de renovación o de nueva
adjudicación conforme al formulario que se acompaña a las bases (Anexo II) y que
se podrá cumplimentar a través del siguiente enlace a la Ventanilla Electrónica del
procedimiento:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=CFATV_25612
En caso de ser una entidad, deberá acompañar a la solicitud acta del acuerdo de la
misma sobre la participación en el uso y aprovechamiento especial temporal y gratuito de
terrenos públicos dedicados a huertos sociales agroecológicos en el Parque del Alamillo
y de designación de la representación (Anexo III). Las solicitudes deberán presentarse
preferentemente a través del enlace a la Ventanilla Electrónica arriba reflejado, si bien
se puede presentar en cualquier registro de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, u otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se iniciará la fase de instrucción
en la que se analizarán las solicitudes presentadas, tanto de renovación como de nueva
adjudicación, requiriéndose a las personas interesadas por un plazo de 10 días en el
caso de que sea necesaria la subsanación de defectos en la documentación presentada.
5. Concluido el plazo de subsanación de solicitudes, en su caso, se elaborará la lista
provisional de solicitantes admitidos que se incluyen en el mismo y en la que conste,
nombre, apellidos y DNI de la persona representante del grupo y/o de la entidad sin
ánimo de lucro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308376
III. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES DE USO
DE LOS HUERTOS SOCIALES AGROECOLÓGICOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 3 de octubre de 2024
página 51427/4
Octava. Renovación de autorizaciones, solicitudes y procedimiento para el otorgamiento
de las autorizaciones de uso de los huertos.
1. El procedimiento aplicable para la adjudicación de las autorizaciones que habiliten
para la ocupación de los huertos urbanos y faculten para su uso y disfrute, será el sorteo
público en régimen de concurrencia, dado el número limitado de las mismas.
No obstante, a los interesados que hayan sido adjudicatarios de un huerto urbano
en la anterior convocatoria, se les reconoce la posibilidad de renovación. La renovación
de dichas parcelas enumeradas en la clausula tercera de las presentes bases estará
condicionada a que la soliciten en los plazos previstos, y siempre que:
- Se mantengan los requisitos por los cuales se les otorgó la parcela.
- No se hayan incumplido las condiciones de uso y funcionamiento de los huertos
conforme al apartado IV de las presentes bases.
En caso de que los antiguos adjudicatarios no opten a su renovación, dichas parcelas
pasarían automáticamente a sorteo para su adjudicación.
El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Dirección General
de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana.
El sistema para la nueva adjudicación de las parcelas disponibles se realizará
mediante sorteo público entre todas las solicitudes admitidas, excluidas las parcelas
de renovación, dentro del plazo habilitado a tal efecto. El plazo máximo para resolver
el procedimiento será de cuatro meses. Podrá considerarse desestimada la solicitud en
caso de no notificarse resolución dentro de ese plazo.
2. El procedimiento de renovación y nueva adjudicación se iniciará de oficio mediante
convocatoria pública que será objeto de publicación, al igual que las presentes bases
reguladoras, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la página web de la
Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda https://lajunta.es/51ade, y
en el propio Parque del Alamillo. El plazo para presentar solicitudes será de 15 días a
partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía.
3. Los interesados deberán presentar la solicitud de renovación o de nueva
adjudicación conforme al formulario que se acompaña a las bases (Anexo II) y que
se podrá cumplimentar a través del siguiente enlace a la Ventanilla Electrónica del
procedimiento:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto?codProcedimiento=CFATV_25612
En caso de ser una entidad, deberá acompañar a la solicitud acta del acuerdo de la
misma sobre la participación en el uso y aprovechamiento especial temporal y gratuito de
terrenos públicos dedicados a huertos sociales agroecológicos en el Parque del Alamillo
y de designación de la representación (Anexo III). Las solicitudes deberán presentarse
preferentemente a través del enlace a la Ventanilla Electrónica arriba reflejado, si bien
se puede presentar en cualquier registro de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, u otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se iniciará la fase de instrucción
en la que se analizarán las solicitudes presentadas, tanto de renovación como de nueva
adjudicación, requiriéndose a las personas interesadas por un plazo de 10 días en el
caso de que sea necesaria la subsanación de defectos en la documentación presentada.
5. Concluido el plazo de subsanación de solicitudes, en su caso, se elaborará la lista
provisional de solicitantes admitidos que se incluyen en el mismo y en la que conste,
nombre, apellidos y DNI de la persona representante del grupo y/o de la entidad sin
ánimo de lucro.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308376
III. PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LAS AUTORIZACIONES DE USO
DE LOS HUERTOS SOCIALES AGROECOLÓGICOS