Autoridades y personal. . (2024/191-29)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convocan procesos selectivos de acceso libre para ingreso en diferentes especialidades y opciones del Cuerpo de Ayudantes Técnicos de la Administración General de la Junta de Andalucía.
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Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51272/15
de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública, salvo cuando las circunstancias del proceso
selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de
oferta de vacantes, la presentación de la documentación preceptiva y petición de
destinos, se sustituyan por un acto único mediante comparecencias de las personas
seleccionadas, bien presenciales, bien electrónicas, incluyendo las audioconferencias y
las videoconferencias, garantizando en todas ellas la verificación de la identidad de las
personas que participen en dicho acto único.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las peticiones de destino se
presentarán a través de la página web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico), conforme al modelo y procedimiento
que se detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la presente base.
4. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior, la
persona seleccionada habrá de adjuntar la siguiente documentación:
a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio con competencias en materia
de Educación y Formación Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales o bien
certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el caso de títulos no universitarios
oficiales. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de
personal funcionario del cuerpo y especialidad u opción convocados, conforme al modelo
que se incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del cuerpo y especialidad u opción.
d) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido
por la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso
del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el
desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad u opción a que
se aspira.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta
de Andalucía, el certificado de capacidad será recabado por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública siempre que la persona aspirante preste su
consentimiento en la correspondiente solicitud de petición de destinos. En caso contrario
o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en
la materia de otras Administraciones Públicas, la persona aspirante deberá aportar
inexcusablemente el referido certificado de capacidad junto con la solicitud de petición
de destinos.
e) En el caso de que las personas aspirantes soliciten puestos de trabajo con la
característica singular «Contacto habitual con Menores» deberán formular, conforme al
modelo que se incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes,
la correspondiente declaración responsable de no haber sido condenadas por sentencia
firme en los términos establecidos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308221
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 51272/15
de la presente base, que habrá de ir dirigida a la persona titular de la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública, salvo cuando las circunstancias del proceso
selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de
oferta de vacantes, la presentación de la documentación preceptiva y petición de
destinos, se sustituyan por un acto único mediante comparecencias de las personas
seleccionadas, bien presenciales, bien electrónicas, incluyendo las audioconferencias y
las videoconferencias, garantizando en todas ellas la verificación de la identidad de las
personas que participen en dicho acto único.
3. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, las peticiones de destino se
presentarán a través de la página web del empleado público de Andalucía
(https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico), conforme al modelo y procedimiento
que se detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la presente base.
4. A la petición de destino realizada en la forma prevista en el apartado anterior, la
persona seleccionada habrá de adjuntar la siguiente documentación:
a) Copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia
del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos
Universitarios Oficiales» en la sede electrónica del Ministerio con competencias en materia
de Educación y Formación Profesional en el caso de títulos Universitarios oficiales o bien
certificado obtenido en la misma Sede Electrónica en el caso de títulos no universitarios
oficiales. Asimismo, se podrá adjuntar copia electrónica auténtica de la certificación
supletoria provisional que dispone el artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de
personal funcionario del cuerpo y especialidad u opción convocados, conforme al modelo
que se incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes.
En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitada
o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que
impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
c) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas habituales del cuerpo y especialidad u opción.
d) En el caso de aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido
por la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía, o en su caso
del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad para el
desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad u opción a que
se aspira.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta
de Andalucía, el certificado de capacidad será recabado por la Dirección General
de Recursos Humanos y Función Pública siempre que la persona aspirante preste su
consentimiento en la correspondiente solicitud de petición de destinos. En caso contrario
o cuando la documentación haya de ser expedida por órganos con competencia en
la materia de otras Administraciones Públicas, la persona aspirante deberá aportar
inexcusablemente el referido certificado de capacidad junto con la solicitud de petición
de destinos.
e) En el caso de que las personas aspirantes soliciten puestos de trabajo con la
característica singular «Contacto habitual con Menores» deberán formular, conforme al
modelo que se incluya en la publicación en BOJA de la resolución de oferta de vacantes,
la correspondiente declaración responsable de no haber sido condenadas por sentencia
firme en los términos establecidos en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308221
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía