Autoridades y personal. . (2024/191-23)
Resolución de 1 de octubre de 2024, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P. por la que se convoca el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para los puestos incluidos en la Oferta de Empleo Público Adicional a la ordinaria del ejercicio 2022.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 191 - Martes, 1 de octubre de 2024
página 51101/30
notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona incluida en la Bolsa, tanto
los errores en su consignación, como la falta de comunicación de cualquier cambio de
domicilio, dirección de correo electrónico o teléfonos.
Los miembros de la Bolsa que deseen modificar alguno de los datos personales de
contacto por inexactitud, carácter incompleto o actualización de los mismos, deberán
enviar un correo electrónico a la dirección oferta.empleo.amaya@juntadeandalucia.es
solicitando el cambio.
6.2. Una vez generada la necesidad de contratación temporal de personal, se ofertará
la vacante a las personas incluidas en la Bolsa, por estricto orden de puntuación y en
base a la elección de destinos realizada en la solicitud. No procederá el llamamiento de
personas mientras se encuentren en activo en la Agencia, como consecuencia de ofertas
anteriores. La aceptación de una plaza y alta en la Agencia implicará la exclusión temporal
hasta la finalización del contrato del resto de las bolsas, perdiendo temporalmente el
derecho a ser llamado/a a otros puestos distintos.
6.3. Atendiendo a la circunstancia que la persona puede estar incluida en los dos
puestos de trabajo que integran la Bolsa de empleo, las penalizaciones aplicadas en
la gestión de los llamamientos, por no localizaciones o renuncias o bajas voluntarias,
estarán limitadas al puesto por el que ha sido llamado/a. No obstante, si en el momento
del llamamiento la persona tuviera opciones preferentes de atender una plaza en varios
de los puestos de la Bolsa, la penalización afectaría a todas ellas.
6.4. No localizaciones. El llamamiento a Bomberos/as Forestales para el ofrecimiento
de una vacante será mediante llamada telefónica. No contestada la llamada se realizarán
otros dos intentos más, con un intervalo mínimo de media hora, de no ser posible
establecer contacto en estos intentos, se registrará la primera «No Localización». Durante
la tentativa de localización, no atendida la primera llamada se iniciarán los trámites para
establecer contacto con el siguiente candidato/a, por su orden de puntuación, al objeto de
ofrecerle las vacantes disponibles. Establecido contacto con la siguiente persona de la
lista, el candidato/a no localizado perderá sus opciones preferentes sobre la plaza.
Se dejará constancia en la base de datos de gestión de la Bolsa de los intentos
fallidos de establecer contacto y se comunicará a la persona la «No Localización» con el
envío de una notificación en la dirección de correo electrónico facilitada en la solicitud. La
persona no localizada se mantendrá en el mismo orden de prelación hasta una segunda
tentativa de localización para cubrir una nueva necesidad, una vez transcurridas al menos
24 horas respecto de la primera No localización.
a) Cuando referido a la misma persona se intente sin éxito un nuevo llamamiento
en una segunda ocasión y no siendo posible localizarla, se le registre la segunda «No
localización», pasará a ocupar el último lugar en el orden de prelación de la Bolsa. El
cambio de orden, le será comunicado por escrito por el medio indicado con anterioridad
(correo electrónico y/o en los listados que puedan publicarse en la web de la Agencia
referidos a la actualización de la Bolsa).
b) Dada la primera vuelta a la Bolsa, si en una nueva ronda de turnos no fuera posible
localizar nuevamente a una persona incluida en la Bolsa (tercera No Localización), ello
supondrá la salida definitiva de la Bolsa.
6.5. Renuncias. La no aceptación o renuncia del puesto ofertado, formulada
expresamente en el llamamiento o no devolviendo la llamada una vez se ha realizado el
llamamiento y puesto en conocimiento las plazas a cubrir en el plazo de una hora, o no
presentándose a tomar posesión del puesto en la fecha acordada, supondrá el paso a
ocupar el último lugar en el orden de prelación de la Bolsa, salvo causa justificada, que
será valorada por el Comité de selección. La circunstancia de estar trabajando no se
considerará motivo que justifique la renuncia a un llamamiento.
Dada la primera vuelta a la Bolsa, si en una nueva ronda de turnos se produce una
segunda renuncia, ello supondrá la salida definitiva de la Bolsa de Empleo que será
comunicada por escrito, mediante los medios de notificación ya indicados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308050
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 51101/30
notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona incluida en la Bolsa, tanto
los errores en su consignación, como la falta de comunicación de cualquier cambio de
domicilio, dirección de correo electrónico o teléfonos.
Los miembros de la Bolsa que deseen modificar alguno de los datos personales de
contacto por inexactitud, carácter incompleto o actualización de los mismos, deberán
enviar un correo electrónico a la dirección oferta.empleo.amaya@juntadeandalucia.es
solicitando el cambio.
6.2. Una vez generada la necesidad de contratación temporal de personal, se ofertará
la vacante a las personas incluidas en la Bolsa, por estricto orden de puntuación y en
base a la elección de destinos realizada en la solicitud. No procederá el llamamiento de
personas mientras se encuentren en activo en la Agencia, como consecuencia de ofertas
anteriores. La aceptación de una plaza y alta en la Agencia implicará la exclusión temporal
hasta la finalización del contrato del resto de las bolsas, perdiendo temporalmente el
derecho a ser llamado/a a otros puestos distintos.
6.3. Atendiendo a la circunstancia que la persona puede estar incluida en los dos
puestos de trabajo que integran la Bolsa de empleo, las penalizaciones aplicadas en
la gestión de los llamamientos, por no localizaciones o renuncias o bajas voluntarias,
estarán limitadas al puesto por el que ha sido llamado/a. No obstante, si en el momento
del llamamiento la persona tuviera opciones preferentes de atender una plaza en varios
de los puestos de la Bolsa, la penalización afectaría a todas ellas.
6.4. No localizaciones. El llamamiento a Bomberos/as Forestales para el ofrecimiento
de una vacante será mediante llamada telefónica. No contestada la llamada se realizarán
otros dos intentos más, con un intervalo mínimo de media hora, de no ser posible
establecer contacto en estos intentos, se registrará la primera «No Localización». Durante
la tentativa de localización, no atendida la primera llamada se iniciarán los trámites para
establecer contacto con el siguiente candidato/a, por su orden de puntuación, al objeto de
ofrecerle las vacantes disponibles. Establecido contacto con la siguiente persona de la
lista, el candidato/a no localizado perderá sus opciones preferentes sobre la plaza.
Se dejará constancia en la base de datos de gestión de la Bolsa de los intentos
fallidos de establecer contacto y se comunicará a la persona la «No Localización» con el
envío de una notificación en la dirección de correo electrónico facilitada en la solicitud. La
persona no localizada se mantendrá en el mismo orden de prelación hasta una segunda
tentativa de localización para cubrir una nueva necesidad, una vez transcurridas al menos
24 horas respecto de la primera No localización.
a) Cuando referido a la misma persona se intente sin éxito un nuevo llamamiento
en una segunda ocasión y no siendo posible localizarla, se le registre la segunda «No
localización», pasará a ocupar el último lugar en el orden de prelación de la Bolsa. El
cambio de orden, le será comunicado por escrito por el medio indicado con anterioridad
(correo electrónico y/o en los listados que puedan publicarse en la web de la Agencia
referidos a la actualización de la Bolsa).
b) Dada la primera vuelta a la Bolsa, si en una nueva ronda de turnos no fuera posible
localizar nuevamente a una persona incluida en la Bolsa (tercera No Localización), ello
supondrá la salida definitiva de la Bolsa.
6.5. Renuncias. La no aceptación o renuncia del puesto ofertado, formulada
expresamente en el llamamiento o no devolviendo la llamada una vez se ha realizado el
llamamiento y puesto en conocimiento las plazas a cubrir en el plazo de una hora, o no
presentándose a tomar posesión del puesto en la fecha acordada, supondrá el paso a
ocupar el último lugar en el orden de prelación de la Bolsa, salvo causa justificada, que
será valorada por el Comité de selección. La circunstancia de estar trabajando no se
considerará motivo que justifique la renuncia a un llamamiento.
Dada la primera vuelta a la Bolsa, si en una nueva ronda de turnos se produce una
segunda renuncia, ello supondrá la salida definitiva de la Bolsa de Empleo que será
comunicada por escrito, mediante los medios de notificación ya indicados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308050
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