3. Otras disposiciones. . (2024/190-54)
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se dispone la publicación de la Orden de 20 de noviembre de 2023, por la que se resuelve la aprobación definitiva de la Modificación del PGOU de Córdoba relativa a la zona para ampliación del PP I-8 «El Álamo» con usos logísticos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51185/4
Quinto. Con fecha de 7 de noviembre de 2023, el Servicio de Planeamiento
Urbanístico de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda
Urbana ha emitido informe favorable a la aprobación definitiva de la presente modificación,
señalando, no obstante, una serie de subsanaciones técnicas a realizar en el documento.
Sexto. En base a dicho informe, con fecha de 8 de noviembre de 2023, la Dirección
General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana propuso la aprobación
definitiva de la modificación, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias
técnicas señaladas en el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, es de aplicación
al presente expediente la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía (LOUA).
Segundo. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda es el
órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación
Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural de los
municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias de nivel 1 en el
sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de conformidad
con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la LOUA; en relación con el artículo 4.3.a) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio
y Urbanismo, así como el artículo 10.1 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías y el artículo 1 del Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda.
Tercero. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Córdoba, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la citada Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo
4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, y a propuesta de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
SE DISPONE
Segundo. El Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento en el que consten
exclusivamente las correcciones de las deficiencias indicadas en el apartado anterior;
el Pleno del Ayuntamiento deberá tomar conocimiento de este documento para su
presentación ante la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308134
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Córdoba denominada
«Innovación del PGOU Zona para ampliación del PP I-8 “El Álamo” con usos logísticos»,
según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Córdoba en sesión de
2 de noviembre de 2022, de acuerdo con el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo no obstante realizarse
las subsanaciones técnicas en el documento señaladas en el informe del Servicio de
Planeamiento Urbanístico de 7 de noviembre de 2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51185/4
Quinto. Con fecha de 7 de noviembre de 2023, el Servicio de Planeamiento
Urbanístico de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda
Urbana ha emitido informe favorable a la aprobación definitiva de la presente modificación,
señalando, no obstante, una serie de subsanaciones técnicas a realizar en el documento.
Sexto. En base a dicho informe, con fecha de 8 de noviembre de 2023, la Dirección
General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana propuso la aprobación
definitiva de la modificación, a reserva de la simple subsanación de las deficiencias
técnicas señaladas en el informe del Servicio de Planeamiento Urbanístico.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, es de aplicación
al presente expediente la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de
Andalucía (LOUA).
Segundo. La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda es el
órgano competente para la aprobación definitiva de los Planes Generales de Ordenación
Urbanística, así como sus innovaciones cuando afecten a la ordenación estructural de los
municipios identificados como ciudades principales y ciudades medias de nivel 1 en el
sistema de ciudades del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, de conformidad
con los artículos 31.2.B.a) y 32.4 de la LOUA; en relación con el artículo 4.3.a) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio
y Urbanismo, así como el artículo 10.1 del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías y el artículo 1 del Decreto 160/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda.
Tercero. El expediente se tramita como Modificación del Plan General de Ordenación
Urbanística de Córdoba, de conformidad con los artículos 36 y 38 de la citada Ley 7/2002,
de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
En virtud de todo ello, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo
4.3.a) del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, y a propuesta de la Dirección General de Ordenación del
Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana,
SE DISPONE
Segundo. El Ayuntamiento deberá elaborar un nuevo documento en el que consten
exclusivamente las correcciones de las deficiencias indicadas en el apartado anterior;
el Pleno del Ayuntamiento deberá tomar conocimiento de este documento para su
presentación ante la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308134
Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del PGOU de Córdoba denominada
«Innovación del PGOU Zona para ampliación del PP I-8 “El Álamo” con usos logísticos»,
según el documento aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Córdoba en sesión de
2 de noviembre de 2022, de acuerdo con el artículo 33.2.b) de la Ley 7/2002, de 17 de
diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo no obstante realizarse
las subsanaciones técnicas en el documento señaladas en el informe del Servicio de
Planeamiento Urbanístico de 7 de noviembre de 2023.