Disposiciones generales. . (2024/190-1)
Orden de 23 de septiembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades públicas andaluzas, para el desarrollo de proyectos en materia de conciliación y corresponsabilidad en el marco del Plan Corresponsables, en el ámbito de las competencias de la Consejería, y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51192/16
8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colabora/s:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado:
8.e) Condiciones de solvencia y eficacia:
No se establecen.
Se establecen las siguientes condiciones:
8.f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a) Posibilidad de Subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo: Hasta un 20% del presupuesto aceptado.
No
9.b) En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Ninguna
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
00308141
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d)1º del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 30 de septiembre de 2024
página 51192/16
8.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de entidad/es colabora/s:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 7.4 del Texto Articulado:
8.e) Condiciones de solvencia y eficacia:
No se establecen.
Se establecen las siguientes condiciones:
8.f) Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o
contrato:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:
8.g) Funciones y obligaciones de la/s entidad/es colaboradora/s:
9.- Subcontratación (Artículo 8).
9.a) Posibilidad de Subcontratación:
Sí. Porcentaje máximo: Hasta un 20% del presupuesto aceptado.
No
9.b) En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
Ninguna
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
00308141
En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d)1º del artículo 8 del Texto
Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja