3. Otras disposiciones. . (2024/188-50)
Resolución de 19 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Fútbol Americano.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 188 - Jueves, 26 de septiembre de 2024

página 50963/22

3. Se prohíbe terminantemente la toma de represalias contra cualquier persona que
comunique de buena fe, a los órganos Directivos de la Federación o a las autoridades, la
ocurrencia de estas prácticas.
TÍTULO X
NORMAS DE BUEN GOBIERNO RELATIVAS A ASPECTOS TÉCNICOS Y DEPORTIVOS
Artículo 42. Objetivo, alcance y requisitos generales.
Anualmente, junto con la elaboración del Presupuesto de la Federación, se deberá
elaborar un proyecto de planificación técnico-deportiva que incluirá, al menos, los
siguientes aspectos:
a) Establecimiento de los criterios de selección de deportistas de las selecciones
autonómicas.
b) Objetivos técnicos-deportivos a corto, medio y largo plazo.
c) Análisis de la temporada anterior.
d) Planificación de la temporada actual.
TÍTULO XI
ÓRGANO DE CONTROL

Artículo 44. Funciones.
Las funciones del Comité de Transparencia y Buen Gobierno son los siguientes:
a) Asistir, a través de uno de sus miembros a la Junta Directiva en sus funciones de
vigilancia y control del área económica de la Federación, mediante la revisión periódica
del cumplimiento de las disposiciones legales y normas internas aplicables a esta.
b) Evaluar el sistema de organización contable implantado en la Federación y la
completa y correcta aplicación a su gestión del presente Código de Buen Gobierno.
c) Garantizar la independencia del auditor externo de la Federación.
d) Servir de canal de comunicación entre la Federación y el Auditor, evaluar los
resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones
y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y este en relación con los principios
y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, proponiendo en su
caso las actuaciones que sean preciso adoptar.
e) Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos
legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
f) Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero
interno adoptados en la Federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación
y sustitución de los responsables.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307912

Artículo 43. Generalidades.
1. Todos los directivos, empleados de la FAFA, y restantes colaboradores internos,
vendrán obligados a poner en conocimiento por escrito, del control interno o del Órgano
de Control, de cuantos incumplimientos se produzcan respecto de los protocolos y
principios éticos, recogidos en los títulos anteriores del presente texto normativo.
2. El órgano de control del cumplimiento de las normas de procedimiento emanadas
en este Código en la Federación Andaluza de Fútbol Americano será el Comité de
Transparencia y Buen Gobierno.
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno es el órgano encargado de velar por
el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia
Pública de Andalucía y del Código de Buen Gobierno.