3. Otras disposiciones. . (2024/179-32)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del convenio colectivo de la empresa Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024
página 50406/31
- Nivel 3.
Los puestos incluidos en este nivel desarrollan actuaciones relacionadas con el
apoyo técnico general y/o apoyo técnico especializado a la toma de decisiones, teniendo
asignadas entre otras las siguientes tareas y funciones: tareas técnicas complejas con
objetivos particulares y globales definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de
interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Para este grupo los requisitos formativos serán titulación superior universitaria o
equivalente, completado con experiencia en su ámbito profesional.
Se encuadran en este nivel los perfiles: Técnico de soporte a la gestión y Técnico
especialista.
Grupo profesional II.
Se integran en este grupo profesional los puestos de trabajo que realizan actuaciones
técnicas con objetivos particulares y globales definidos, o que tienen contenido intelectual
o de interrelación humana, actuando con autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Se requiere titulación universitaria de grado medio o equivalente completado con
experiencia en su sector profesional.
Se engloba en este grupo el nivel 4.
Así mismo se encuadran en este nivel los perfiles: Técnico de soporte a la gestión y
Técnico especialista.
Grupo profesional IV.
Se integran en este grupo profesional los puestos de trabajo dedicados a actuaciones
que se ejecutan con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con
instrucciones específicas. Pueden requerir preferentemente esfuerzo físico y/o atención,
con escasa formación o conocimientos muy elementales y que ocasionalmente pueden
necesitar de un pequeño período de adaptación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307354
Grupo profesional III.
Atendiendo al nivel de formación requerida y de las funciones y dependencia de los
puestos, se distinguen los siguientes niveles:
- Nivel 5.
Se integran en este grupo profesional los puestos que realizan trabajos de ejecución
autónoma que exijan, habitualmente iniciativa y razonamiento por parte de las personas
encargadas de su ejecución, comportando bajo supervisión la responsabilidad de éstas.
Se integran entre otras las funciones de secretaría de dirección, tareas administrativas de
diversa índole y aquellas propias de los grados formativos requeridos.
Requisitos formativos: bachiller, titulación técnica de grado medio y superior de ciclos
formativos, titulación profesional o equivalente o conocimientos equivalentes mediante el
correspondiente certificado de profesionalidad.
Se encuadran en este nivel los perfiles: Profesional especialista y de Soporte
administrativo.
- Nivel 6.
Se integran en este nivel los puestos de trabajo dedicados a actuaciones que se
ejecutan bajo dependencia de mandos o de profesionales de más alta cualificación dentro
la estructura de la agencia, normalmente con alto grado de supervisión, pero con ciertos
conocimientos profesionales. Se le asigna entre otras las siguientes tareas y funciones:
tareas de ayuda o auxilio a los niveles superiores de las áreas donde esté adscrito o
adscrita.
Requisitos formativos: bachiller, titulación técnica de grado medio de ciclos formativos
o conocimientos equivalentes mediante el correspondiente certificado de profesionalidad.
Se encuadran en este nivel los perfiles: Profesional especialista y de Soporte
administrativo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024
página 50406/31
- Nivel 3.
Los puestos incluidos en este nivel desarrollan actuaciones relacionadas con el
apoyo técnico general y/o apoyo técnico especializado a la toma de decisiones, teniendo
asignadas entre otras las siguientes tareas y funciones: tareas técnicas complejas con
objetivos particulares y globales definidos, o que tienen un alto contenido intelectual o de
interrelación humana, actuando con alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Para este grupo los requisitos formativos serán titulación superior universitaria o
equivalente, completado con experiencia en su ámbito profesional.
Se encuadran en este nivel los perfiles: Técnico de soporte a la gestión y Técnico
especialista.
Grupo profesional II.
Se integran en este grupo profesional los puestos de trabajo que realizan actuaciones
técnicas con objetivos particulares y globales definidos, o que tienen contenido intelectual
o de interrelación humana, actuando con autonomía, iniciativa y responsabilidad.
Se requiere titulación universitaria de grado medio o equivalente completado con
experiencia en su sector profesional.
Se engloba en este grupo el nivel 4.
Así mismo se encuadran en este nivel los perfiles: Técnico de soporte a la gestión y
Técnico especialista.
Grupo profesional IV.
Se integran en este grupo profesional los puestos de trabajo dedicados a actuaciones
que se ejecutan con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con
instrucciones específicas. Pueden requerir preferentemente esfuerzo físico y/o atención,
con escasa formación o conocimientos muy elementales y que ocasionalmente pueden
necesitar de un pequeño período de adaptación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307354
Grupo profesional III.
Atendiendo al nivel de formación requerida y de las funciones y dependencia de los
puestos, se distinguen los siguientes niveles:
- Nivel 5.
Se integran en este grupo profesional los puestos que realizan trabajos de ejecución
autónoma que exijan, habitualmente iniciativa y razonamiento por parte de las personas
encargadas de su ejecución, comportando bajo supervisión la responsabilidad de éstas.
Se integran entre otras las funciones de secretaría de dirección, tareas administrativas de
diversa índole y aquellas propias de los grados formativos requeridos.
Requisitos formativos: bachiller, titulación técnica de grado medio y superior de ciclos
formativos, titulación profesional o equivalente o conocimientos equivalentes mediante el
correspondiente certificado de profesionalidad.
Se encuadran en este nivel los perfiles: Profesional especialista y de Soporte
administrativo.
- Nivel 6.
Se integran en este nivel los puestos de trabajo dedicados a actuaciones que se
ejecutan bajo dependencia de mandos o de profesionales de más alta cualificación dentro
la estructura de la agencia, normalmente con alto grado de supervisión, pero con ciertos
conocimientos profesionales. Se le asigna entre otras las siguientes tareas y funciones:
tareas de ayuda o auxilio a los niveles superiores de las áreas donde esté adscrito o
adscrita.
Requisitos formativos: bachiller, titulación técnica de grado medio de ciclos formativos
o conocimientos equivalentes mediante el correspondiente certificado de profesionalidad.
Se encuadran en este nivel los perfiles: Profesional especialista y de Soporte
administrativo.