3. Otras disposiciones. . (2024/179-32)
Resolución de 9 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del convenio colectivo de la empresa Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024
página 50406/26
e) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que pudieran interesar
a su afiliación y al personal en general, la agencia pondrá a disposición del sindicato,
cuya representación ostente el delegado o delegada, un tablón de anuncios que deberá
colocarse en el centro de trabajo y en el lugar donde se garantice, en la medida de lo
posible, un adecuado acceso al mismo por toda la plantilla.
f) Los delegados y delegadas ceñirán sus tareas a la realización de las funciones que
les sean propias.
Artículo 46. Medidas de conflicto.
Con carácter previo a la adopción de la medida de huelga o paro parcial, las partes se
obligan a someterse a la conciliación y arbitraje del Sistema Extrajudicial de Resolución
de Conflictos Colectivos de la Junta de Andalucía.
CAPÍTULO X
Prevención de riesgos laborales y salud laboral
Artículo 48. Plan de prevención de riesgos laborales.
El sistema de prevención de riesgos se integrará en la política de planificación y
gestión general de la agencia. Para ello, los instrumentos de planificación plurianual y/o
anual contemplarán las acciones que procedan en desarrollo del plan de prevención de
riesgos laborales.
La agencia, a través del plan de prevención de riesgos laborales, establecerá
el modo de actuación, es decir, de estructuración y organización de la prevención de
riesgos laborales en el IAPH. Estas actuaciones implicarán definir las funciones y
responsabilidades que debe asumir en este sentido cada miembro de esta organización.
Dicho plan desarrollará entre otras, las siguientes cuestiones:
-Política de prevención de riesgos laborales del IAPH.
- Organización de la actividad preventiva.
- Funciones y responsabilidades.
- Actividades:
• Evaluación de riesgos.
• Planificación de la actividad preventiva.
• Información de los riesgos a la plantilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307354
Artículo 47. Principios generales.
La agencia establecerá un entorno laboral seguro y agradable, y tomará las medidas
adecuadas para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
El personal de la agencia tiene derecho a una protección eficaz de su integridad física
y a una adecuada política de seguridad y salud en el trabajo, así como el correlativo
deber de observar y poner en práctica las medidas de prevención de riesgos que se
adopten legal y reglamentariamente. Tiene, asimismo, el derecho a participar en la
formulación de la política de prevención de la agencia y en el control de las medidas
adoptadas en desarrollo de las mismas, a través de sus representantes legales y del
comité de seguridad y salud.
En cumplimiento del deber de protección, la agencia deberá garantizar la seguridad
y la salud del personal a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Igualmente la agencia está obligada a garantizar una formación teórica y práctica
suficiente y adecuada en materia preventiva, al igual que cuando se produzcan cambios
de actividades, tareas o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios de puesto de
trabajo.
Corresponde a cada persona trabajadora velar por el cumplimiento de las medidas de
prevención que en cada caso sean adoptadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 13 de septiembre de 2024
página 50406/26
e) Con la finalidad de facilitar la difusión de aquellos avisos que pudieran interesar
a su afiliación y al personal en general, la agencia pondrá a disposición del sindicato,
cuya representación ostente el delegado o delegada, un tablón de anuncios que deberá
colocarse en el centro de trabajo y en el lugar donde se garantice, en la medida de lo
posible, un adecuado acceso al mismo por toda la plantilla.
f) Los delegados y delegadas ceñirán sus tareas a la realización de las funciones que
les sean propias.
Artículo 46. Medidas de conflicto.
Con carácter previo a la adopción de la medida de huelga o paro parcial, las partes se
obligan a someterse a la conciliación y arbitraje del Sistema Extrajudicial de Resolución
de Conflictos Colectivos de la Junta de Andalucía.
CAPÍTULO X
Prevención de riesgos laborales y salud laboral
Artículo 48. Plan de prevención de riesgos laborales.
El sistema de prevención de riesgos se integrará en la política de planificación y
gestión general de la agencia. Para ello, los instrumentos de planificación plurianual y/o
anual contemplarán las acciones que procedan en desarrollo del plan de prevención de
riesgos laborales.
La agencia, a través del plan de prevención de riesgos laborales, establecerá
el modo de actuación, es decir, de estructuración y organización de la prevención de
riesgos laborales en el IAPH. Estas actuaciones implicarán definir las funciones y
responsabilidades que debe asumir en este sentido cada miembro de esta organización.
Dicho plan desarrollará entre otras, las siguientes cuestiones:
-Política de prevención de riesgos laborales del IAPH.
- Organización de la actividad preventiva.
- Funciones y responsabilidades.
- Actividades:
• Evaluación de riesgos.
• Planificación de la actividad preventiva.
• Información de los riesgos a la plantilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307354
Artículo 47. Principios generales.
La agencia establecerá un entorno laboral seguro y agradable, y tomará las medidas
adecuadas para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
El personal de la agencia tiene derecho a una protección eficaz de su integridad física
y a una adecuada política de seguridad y salud en el trabajo, así como el correlativo
deber de observar y poner en práctica las medidas de prevención de riesgos que se
adopten legal y reglamentariamente. Tiene, asimismo, el derecho a participar en la
formulación de la política de prevención de la agencia y en el control de las medidas
adoptadas en desarrollo de las mismas, a través de sus representantes legales y del
comité de seguridad y salud.
En cumplimiento del deber de protección, la agencia deberá garantizar la seguridad
y la salud del personal a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Igualmente la agencia está obligada a garantizar una formación teórica y práctica
suficiente y adecuada en materia preventiva, al igual que cuando se produzcan cambios
de actividades, tareas o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios de puesto de
trabajo.
Corresponde a cada persona trabajadora velar por el cumplimiento de las medidas de
prevención que en cada caso sean adoptadas.