Autoridades y personal. . (2024/178-32)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024

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resolución, que acompañará a la solicitud. Dichos méritos deberán ser acreditados de
manera documental mediante las correspondientes certificaciones, títulos, justificantes o
cualquier otro medio documental, debidamente compulsados.
6. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por
el personal concursante, podrá recabar de las personas candidatas las aclaraciones o,
en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación
de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren
precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Quinta. Fases del concurso y puntuación.
1. El concurso constará de dos fases:
a) Primera fase: Comprobación y valoración de méritos generales: Antigüedad.
b) Segunda fase: Valoración de méritos específicos.
En este apartado se tendrán en cuenta los méritos específicos, adecuados a las
características y contenido del puesto de trabajo descrito en el Anexo I, valorándose las
aptitudes concretas a través de conocimientos, experiencia y aquellos otros elementos
que garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del puesto.
2. En caso de empate en la puntuación final se establece, como criterio de desempate,
la prioridad de la persona del sexo cuya presencia en el cuerpo correspondiente sea
inferior al cincuenta por ciento en el momento de la publicación de la convocatoria.
Sexta. Solicitudes.
1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso irán dirigidas a la Secretaría
General de Servicios Judiciales y se ajustarán a los modelos publicados como Anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del
día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía y en el Boletín Oficial del Estado. Si no se lograra la simultaneidad de
publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace
electrónico:
https://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaadministracionlocalyfuncionpublica/
servicios/procedimientos/detalle/10596.html
4. Las personas participantes podrán solicitar el puesto singularizado descrito en el
Anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para ese puesto de trabajo.
5. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación.
6. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias.
Séptima. Comisión de Valoración.
Los méritos serán valorados por una Comisión de Valoración compuesta por los
siguientes miembros:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00307254

Presidente:
Titular: Don Rafael Navarro Sánchez.
Suplente: Doña Belén Pérez Sánchez.
Vocales:
Titulares:
(Secretaria) Doña María Lería Peñafuerte.
Doña Ana María Cabanillas Barroso.
Doña M.ª Carmen Castro Medina.
Don Diego Díaz Benítez.
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