Autoridades y personal. . (2024/178-32)
Resolución de 6 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en las Oficinas Judiciales de Vera y Sanlúcar de Barrameda.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024
página 50305/2
Segunda. Régimen de participación.
1. Podrá participar el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Auxilio Judicial,
cualquiera que sea su situación administrativa, con excepción de los que se encuentren en
alguna de las situaciones previstas en el apartado 2, siempre que reúna las condiciones
generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que
termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta
la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de
destino.
2. No podrá participar en el presente concurso:
a) El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia sin derecho a
reserva de puesto de trabajo.
b) El personal que se encuentre en suspensión firme, mientras dure la suspensión.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en
la que se le impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata
de falta grave o muy grave, respectivamente.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en el
artículo 46.1 del mismo.
Cuarta. Valoración de méritos.
1. La valoración de los méritos se efectuará con sujeción a lo establecido en los
siguientes apartados y de acuerdo con las reglas recogidas en el Anexo IV.
2. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se referirá a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso.
3. La Secretaría General de Servicios Judiciales aportará de oficio la certificación de
la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación correspondiente, de los funcionarios
que tengan destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Aquellas personas que no
tuviesen destino dentro de dicho ámbito territorial deberán aportar certificación, expedida
por el órgano competente, de la antigüedad acreditada.
4. Los méritos específicos recogidos en el Anexo IV de los funcionarios que tengan
destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acreditarán con la Hoja de
Acreditación de Datos de SIRHUS. Los méritos del concepto 161 (Experiencia en gestión
de aplicaciones informáticas Judiciales/fiscales), concepto 125 (Oficinas de registro y
reparto), concepto 133 (Oficinas de atención al público), concepto 130 (Oficinas de depósito)
y concepto 131 (Oficinas de archivo), se acreditarán mediante certificación de los titulares
de la jefatura de las fiscalías o de los responsables técnicos procesales de los centros de
destino donde las personas aspirantes hayan realizado las funciones.
5. La alegación de los méritos específicos no incluidos en la hoja de acreditación
de datos y los del personal funcionario con destino fuera de la Comunidad Autónoma
de Andalucía deberá realizarse en el modelo que figura como Anexo III de esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307254
Tercera. Puesto de trabajo ofertado.
1. En el citado anexo se hacen constar los datos referentes al puesto de trabajo,
sus requisitos, y así mismo se indica el complemento general del puesto, complemento
específico, cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos correspondientes.
2. La descripción del puesto y la información relativa a la naturaleza de las funciones
y tareas encomendadas se encuentran en la Orden de 9 de octubre de 2023, por la que
se determina la estructura de las oficinas judiciales de los partidos judiciales con cuatro
juzgados de primera instancia e instrucción en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
se implantan las oficinas judiciales de Vera, Sanlúcar de Barrameda y Santa Fe y se
aprueban inicialmente sus relaciones de puestos de trabajo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024
página 50305/2
Segunda. Régimen de participación.
1. Podrá participar el personal funcionario perteneciente al Cuerpo de Auxilio Judicial,
cualquiera que sea su situación administrativa, con excepción de los que se encuentren en
alguna de las situaciones previstas en el apartado 2, siempre que reúna las condiciones
generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria, en la fecha en que
termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta
la resolución definitiva del concurso, sin ninguna limitación por razón de la localidad de
destino.
2. No podrá participar en el presente concurso:
a) El personal funcionario que se encuentre en situación de excedencia sin derecho a
reserva de puesto de trabajo.
b) El personal que se encuentre en suspensión firme, mientras dure la suspensión.
c) El personal sancionado con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en
la que se le impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata
de falta grave o muy grave, respectivamente.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia aprobado por el Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, no regirá la limitación referente al tiempo para concursar establecida en el
artículo 46.1 del mismo.
Cuarta. Valoración de méritos.
1. La valoración de los méritos se efectuará con sujeción a lo establecido en los
siguientes apartados y de acuerdo con las reglas recogidas en el Anexo IV.
2. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se referirá a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso.
3. La Secretaría General de Servicios Judiciales aportará de oficio la certificación de
la antigüedad en el Cuerpo, así como la puntuación correspondiente, de los funcionarios
que tengan destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Aquellas personas que no
tuviesen destino dentro de dicho ámbito territorial deberán aportar certificación, expedida
por el órgano competente, de la antigüedad acreditada.
4. Los méritos específicos recogidos en el Anexo IV de los funcionarios que tengan
destino en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acreditarán con la Hoja de
Acreditación de Datos de SIRHUS. Los méritos del concepto 161 (Experiencia en gestión
de aplicaciones informáticas Judiciales/fiscales), concepto 125 (Oficinas de registro y
reparto), concepto 133 (Oficinas de atención al público), concepto 130 (Oficinas de depósito)
y concepto 131 (Oficinas de archivo), se acreditarán mediante certificación de los titulares
de la jefatura de las fiscalías o de los responsables técnicos procesales de los centros de
destino donde las personas aspirantes hayan realizado las funciones.
5. La alegación de los méritos específicos no incluidos en la hoja de acreditación
de datos y los del personal funcionario con destino fuera de la Comunidad Autónoma
de Andalucía deberá realizarse en el modelo que figura como Anexo III de esta
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307254
Tercera. Puesto de trabajo ofertado.
1. En el citado anexo se hacen constar los datos referentes al puesto de trabajo,
sus requisitos, y así mismo se indica el complemento general del puesto, complemento
específico, cuerpo al que está adscrito, y los méritos específicos correspondientes.
2. La descripción del puesto y la información relativa a la naturaleza de las funciones
y tareas encomendadas se encuentran en la Orden de 9 de octubre de 2023, por la que
se determina la estructura de las oficinas judiciales de los partidos judiciales con cuatro
juzgados de primera instancia e instrucción en la Comunidad Autónoma de Andalucía,
se implantan las oficinas judiciales de Vera, Sanlúcar de Barrameda y Santa Fe y se
aprueban inicialmente sus relaciones de puestos de trabajo.