Disposiciones generales. . (2024/178-2)
Resolución de 5 de septiembre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a personas que participen en programas formativos financiados por la Universidad Pablo de Olavide.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 178 - Jueves, 12 de septiembre de 2024

página 50318/6

Décima segunda. Ordenación, instrucción.
Todos los actos de comunicación que deban efectuarse en virtud de las convocatorias
que se publiquen conforme a estas bases reguladoras se realizarán mediante publicación
sustitutiva de la notificación personal a través de su inserción en el Tablón Oficial de
la Universidad Pablo de Olavide (https://upo.gob.es/teo), sin perjuicio de los actos de
comunicación individual que fuere conveniente realizar en casos singulares.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución, declarando
aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, con
indicación expresa de la causa de exclusión.
Las personas que queden excluidas o que no figuren en la relación de personas
admitidas, dispondrán del plazo establecido para subsanar el defecto que causare la
exclusión o la omisión.
Aquellas personas que no subsanen su exclusión o no presenten una alegación
justificando su derecho a ser incluidas en la lista de admitidos, serán definitivamente
excluidas del proceso de selección. Por lo tanto, cada solicitante deberá comprobar no
solo que su nombre no figura en la lista de excluidos, sino también que aparece en la lista
de admitidos.
La comisión de selección correspondiente, previo estudio y valoración de las
solicitudes presentadas y admitidas y aplicando el baremo, elaborará propuesta de
resolución. En la propuesta de concesión se asignará a cada persona beneficiaria el
destino donde prestará la colaboración, atendiendo, en la medida de lo posible, a las
prioridades manifestadas en la solicitud, y en función de la disponibilidad de cada uno de
los destinos relacionados en la convocatoria, por orden de puntuación de las personas
solicitantes.
Los candidatos y las candidatas dispondrán del plazo establecido en la convocatoria
para la presentación de alegaciones.
Resueltas las alegaciones, la comisión de selección elevará su propuesta de
resolución definitiva al órgano competente, indicando las personas seleccionadas y
ordenadas por puntuación.
El órgano competente, según la propuesta que realice la comisión correspondiente,
resuelve la adjudicación de las plazas, con el nombre de las personas seleccionadas
y la fecha de incorporación, así como una lista ordenada de candidatos/as posibles
para vacantes o suplencias, para la gestión de las bajas por revocación o renuncias. La
comisión de selección podrá establecer un mínimo de puntuación para las solicitudes a
incluir dentro de dicha lista.
La resolución de adjudicación se publicará en un plazo no superior a dos meses
en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, contados desde la
publicación de la convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Décima primera. Plazos y presentación de solicitudes.
Las solicitudes se tramitarán en formato electrónico, utilizando el modelo de
solicitud que se establezca en la convocatoria. A dicho formulario se adjuntará toda la
documentación preceptiva en formato electrónico.
Será posible optar por más de un destino en la presentación de la solicitud, la cual
será única. Se podrá añadir nueva documentación mientras el plazo de solicitudes esté
abierto. Si una persona presenta más de una solicitud, solo se considerará la última
registrada por fecha y hora; las demás solicitudes serán excluidas.
Deberán indicar sus destinos preferidos para su colaboración en el anexo adjunto a
cada convocatoria, donde encontrarán la lista de destinos disponibles. Deberán priorizar
sus preferencias, ordenándolas según las instrucciones establecidas en la convocatoria
correspondiente.