Disposiciones generales. . (2024/177-2)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024
página 50241/24
☐ 2.Sí. Documentación a presentar para la aplicación de los criterios objetivos de valoración
14.c) Documentación justificativa a presentar junto al formulario Anexo II (Artículo 19)
☐ No
☑ Sí. Documentación a presentar para la aplicación de los criterios objetivos de valoración
Documentación a presentar acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las
declaraciones responsables:
1. Documentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante:
a) Para las personas físicas solicitantes y sus representantes, la documentación acreditativa de la
identidad (DNI o NIE) solo será necesaria en el caso de que la persona interesada se oponga a
su consulta a través del Sistema de Verificación de Identidad. Tampoco será necesario
acreditar la identidad si es el propio solicitante el que firma la solicitud mediante un sistema
de firma de los previstos en artículo 10.2 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre.
b) En el caso de solicitudes presentadas por personas jurídicas:
1. Documento del número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad.
2. Documentación acreditativa de la capacidad de representación.
3. Escritura o documento constitutivo de la persona jurídica y estatutos sociales de la
misma, donde conste que su objeto principal es el ejercicio de la actividad agraria; así
como sus ulteriores modificaciones debidamente inscritas en el Registro correspondiente.
En el caso de que el objeto social fuese mas amplio, Certificado de la Agencia Estatal
acreditativo de que no se está ejerciendo otra actividad distinta a la agraria.
4. Nombramiento de los Administradores o personas que ejercen el control de la
administración o gestión de la entidad e inscripción de los mismos en su caso.
2. Autorización emitida por la persona solicitante en favor de tercera persona para la firma y
presentación electrónica, en su caso. En el supuesto de que la solicitud se presente a través de una
Entidad Habilitada conforme al artículo 9 de este cuadro resumen, no será necesario aportar este
documento, debiendo permanecer el mismo en poder de la entidad habilitada.
3. En el caso que la persona interesada se oponga a la consulta de los datos de IRPF por el órgano
gestor, la declaración del IRPF relativa a los últimos 5 periodos impositivos con plazo de
presentación vencido en el momento de presentar la solicitud de ayuda; en el caso de que no se
hubiese presentado alguna declaración en dichas anualidades, certificado de la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria (AEAT) sobre tal extremo.
4. En el caso que la persona interesada se oponga a la consulta de los datos de alta en el RETA por el
órgano gestor, informe de vida laboral a fecha de presentación de la solicitud de ayuda, o
posterior.
6. En su caso, documentación acreditativa de contar con las autorizaciones, licencias y permisos
exigibles en función de las actuaciones incluidas en el Plan Empresarial o, en su defecto, de
tenerlas solicitadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307190
5. La capacitación profesional se acreditará, en su caso, mediante la presentación de algunos de los
siguientes documentos:
• Diploma o certificado de incorporación a la empresa agraria, emitido por el Instituto Andaluz
de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
(IFAPA) o los centros adscritos al mismo, relacionado con la orientación productiva del Plan
Empresarial.
• Certificación de haber superado las pruebas de capataz agrícola.
• Título académico de Formación Profesional de primer o segundo grado de la rama agraria.
• Título de Técnico Profesional de grado medio o superior, de la rama agraria.
• Título de Ingeniería Técnica Agrícola, Ingeniería Técnica Forestal, Ingeniería agronómica,
Ingeniería de Montes, Veterinaria o de grados y máster en estas áreas del conocimiento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024
página 50241/24
☐ 2.Sí. Documentación a presentar para la aplicación de los criterios objetivos de valoración
14.c) Documentación justificativa a presentar junto al formulario Anexo II (Artículo 19)
☐ No
☑ Sí. Documentación a presentar para la aplicación de los criterios objetivos de valoración
Documentación a presentar acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las
declaraciones responsables:
1. Documentación acreditativa de la identidad de la persona solicitante:
a) Para las personas físicas solicitantes y sus representantes, la documentación acreditativa de la
identidad (DNI o NIE) solo será necesaria en el caso de que la persona interesada se oponga a
su consulta a través del Sistema de Verificación de Identidad. Tampoco será necesario
acreditar la identidad si es el propio solicitante el que firma la solicitud mediante un sistema
de firma de los previstos en artículo 10.2 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre.
b) En el caso de solicitudes presentadas por personas jurídicas:
1. Documento del número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad.
2. Documentación acreditativa de la capacidad de representación.
3. Escritura o documento constitutivo de la persona jurídica y estatutos sociales de la
misma, donde conste que su objeto principal es el ejercicio de la actividad agraria; así
como sus ulteriores modificaciones debidamente inscritas en el Registro correspondiente.
En el caso de que el objeto social fuese mas amplio, Certificado de la Agencia Estatal
acreditativo de que no se está ejerciendo otra actividad distinta a la agraria.
4. Nombramiento de los Administradores o personas que ejercen el control de la
administración o gestión de la entidad e inscripción de los mismos en su caso.
2. Autorización emitida por la persona solicitante en favor de tercera persona para la firma y
presentación electrónica, en su caso. En el supuesto de que la solicitud se presente a través de una
Entidad Habilitada conforme al artículo 9 de este cuadro resumen, no será necesario aportar este
documento, debiendo permanecer el mismo en poder de la entidad habilitada.
3. En el caso que la persona interesada se oponga a la consulta de los datos de IRPF por el órgano
gestor, la declaración del IRPF relativa a los últimos 5 periodos impositivos con plazo de
presentación vencido en el momento de presentar la solicitud de ayuda; en el caso de que no se
hubiese presentado alguna declaración en dichas anualidades, certificado de la Agencia Estatal de
la Administración Tributaria (AEAT) sobre tal extremo.
4. En el caso que la persona interesada se oponga a la consulta de los datos de alta en el RETA por el
órgano gestor, informe de vida laboral a fecha de presentación de la solicitud de ayuda, o
posterior.
6. En su caso, documentación acreditativa de contar con las autorizaciones, licencias y permisos
exigibles en función de las actuaciones incluidas en el Plan Empresarial o, en su defecto, de
tenerlas solicitadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307190
5. La capacitación profesional se acreditará, en su caso, mediante la presentación de algunos de los
siguientes documentos:
• Diploma o certificado de incorporación a la empresa agraria, emitido por el Instituto Andaluz
de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica
(IFAPA) o los centros adscritos al mismo, relacionado con la orientación productiva del Plan
Empresarial.
• Certificación de haber superado las pruebas de capataz agrícola.
• Título académico de Formación Profesional de primer o segundo grado de la rama agraria.
• Título de Técnico Profesional de grado medio o superior, de la rama agraria.
• Título de Ingeniería Técnica Agrícola, Ingeniería Técnica Forestal, Ingeniería agronómica,
Ingeniería de Montes, Veterinaria o de grados y máster en estas áreas del conocimiento.