Disposiciones generales. . (2024/177-2)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024

página 50241/23

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
13.- Criterios de valoración (Artículos 13 y 16).
13.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
1. El Plan Empresarial contempla la instalación del joven solicitante en una explotación prioritaria
conforme a lo establecido en el articulo 4 de la Ley 19/1995, de 4 de julio. 8 puntos.
2. El Plan Empresarial contempla que la persona joven se instale en una explotación certificada en
agricultura o ganadería ecológica, o en producción integrada, para las producciones que supongan, al
menos, la generación de 0,5 UTAs en base a los indicadores técnicos económicos publicados junto a
la convocatoria de ayudas. 2 puntos.
3. El Plan Empresarial contempla la instalación de la persona joven solicitante en una explotación que
total o parcialmente esté ubicada en términos municipales con dificultades naturales según lo
dispuesto en el artículo 71 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2
de diciembre de 2021; o en zonas con dificultades naturales de montaña y otras zonas con dificultades
diferentes a las de montaña. 1 punto.
4. El Plan Empresarial contempla la instalación de la persona joven solicitante en una explotación que
contemple producciones que supongan, al menos, la generación de 0,5 UTAs en base a los indicadores
técnicos económicos publicados junto a la convocatoria de ayudas, de cultivos bajo invernadero o
macrotúnel, o que se acoja al Sistema Importante del Patrimonio Agrícola Mundial (SIPAM) Uva Pasa
de Málaga. 1 punto.
5. La persona solicitante se instala como titular no exclusivo mediante el acceso a la titularidad
compartida. 1 punto.
6. La persona solicitante es de sexo mujer. 1 punto.
Puntuación máxima de la solicitud de ayuda: 14 puntos.
Puntuación mínima: 3 puntos. Cuando no se alcance al menos 3 puntos en la valoración de la solicitud no se
alcanzará la condición de persona beneficiaria de estas ayudas.
Los criterios objetivos de valoración para la concesión de la subvención, a excepción del criterio 6, deben
cumplirse a fecha de finalización del plazo para la correcta ejecución del Plan Empresarial.
En el caso de que la persona solicitante sea una persona jurídica, la valoración de la solicitud se hará respecto
de la persona física que cumple los requisitos exigidos para el acceso a la ayuda.
13.b) Priorización en caso de empate:
En el caso de que se produzca un empate en las valoraciones establecidas anteriormente, y de que no exista
crédito suficiente para atender todas las solicitudes con idéntica puntuación, tendrán preferencia aquellas
solicitudes que obtengan mayor puntuación en el criterio 1; si continúa el empate tendrán preferencia
aquellas solicitudes que obtengan mayor puntuación en el criterio 2, y así sucesivamente con el resto de los
criterios. En caso de persistir el empate, tendrán preferencia las solicitudes con menor importe de ayuda a
conceder.
14.- Documentación justificativa a presentar (Artículos 13 y 16).

14.b) Documentación justificativa para la aplicación de los criterios objetivos de valoración (Artículos 13 y 16)
☑ 1.No

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00307190

14.a) Documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos (Artículo 13)
☑ 1.Declaración responsable de que cumplen los requisitos exigidos
☑ 2.Documentación justificativa a presentar: El Plan Empresarial, de acuerdo al modelo que se
publicará junto a la correspondiente convocatoria de ayudas.