Disposiciones generales. . (2024/177-2)
Orden de 5 de septiembre de 2024, por la que se modifica la Orden de 8 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras aplicables a las Intervenciones de Desarrollo Rural no SIGC de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (Intervenciones 7202.02, 7202.05, 7202.06 y 7202.07) y se modifica la Orden de 21 de octubre de 2019, relativa al procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, en relación a la inclusión de las Intervenciones 6961.1, 7132, 7161.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024
página 50241/22
☐ Se establecen las siguientes condiciones:
9.f). Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o contrato:
☑ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes:
9.g). Funciones y obligaciones de la/s entidad/es habilitadas/s:
10.- Subcontratación (Artículo 10).
10.a). Posibilidad de subcontratación:
☐ Sí. Porcentaje máximo:
☑ No.
10.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
☐ Ninguna.
☐ En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 10 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
☐ En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 10 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
11.- Solicitudes y escritos (Artículos 10,13 y 14).
11.a). Obtención del formulario:
☑ En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
☑ En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
11.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes: A la persona titular de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera
11.c) Direcciones electrónicas y registros donde se podrán presentar las solicitudes:
☑ En el Registro Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la página
web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
☑ En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
12.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículos 2 y 12).
12.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
12.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
☐ El plazo de presentación es:
☑ El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.c) La resolución prevista en el artículo 2.7 del Texto Articulado será publicada en:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307190
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 177 - Miércoles, 11 de septiembre de 2024
página 50241/22
☐ Se establecen las siguientes condiciones:
9.f). Particularidades y contenido que, en su caso, se establecen para el convenio de colaboración o contrato:
☑ No se establecen.
☐ Se establecen las siguientes:
9.g). Funciones y obligaciones de la/s entidad/es habilitadas/s:
10.- Subcontratación (Artículo 10).
10.a). Posibilidad de subcontratación:
☐ Sí. Porcentaje máximo:
☑ No.
10.b). En caso afirmativo, documentación a presentar junto con la solicitud de autorización para la
subcontratación:
☐ Ninguna.
☐ En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 3.b) del artículo 10 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
☐ En el supuesto de solicitudes de autorizaciones previstas en el apartado 7.d).1.ª, del artículo 10 del
Texto Articulado, se deberá presentar la siguiente documentación:
11.- Solicitudes y escritos (Artículos 10,13 y 14).
11.a). Obtención del formulario:
☑ En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
☑ En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
11.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes: A la persona titular de la Dirección General de la Producción
Agrícola y Ganadera
11.c) Direcciones electrónicas y registros donde se podrán presentar las solicitudes:
☑ En el Registro Electrónico único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la página
web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
☑ En la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
12.- Convocatoria y plazo para la presentación de solicitudes (Artículos 2 y 12).
12.a) Además de lo establecido en el artículo 12.1 del Texto Articulado, la convocatoria y su extracto se
publicarán en:
Convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html
12.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
☐ El plazo de presentación es:
☑ El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.
12.c) La resolución prevista en el artículo 2.7 del Texto Articulado será publicada en:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307190
El extracto de la convocatoria:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25659.html