3. Otras disposiciones. . (2024/174-37)
Resolución de 30 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Bolos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 174 - Viernes, 6 de septiembre de 2024
página 50055/8
5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
5.1. Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones de la
Ley 1/2014, de 24 de junio, y del código de buen gobierno, debiéndose establecer por la
Asamblea General el procedimiento interno que será de aplicación para dicho control.
Estará compuesto por un mínimo de tres miembros y un máximo de cinco, cuya
designación y cese corresponde a la Asamblea General. De entre sus integrantes se
designará al Presidente/a y Secretario/a.
5.2. Será designado por la Asamblea general a propuesta de la Presidencia, de la
Junta directiva, o de un tercio de los miembros de la propia Asamblea. Estará asistido
si así lo considera el propio Órgano, por el resto de los órganos de la FAB, y por las
entidades que presten los servicios de asesoramiento contable y jurídico a la FAB.
5.3. La designación tendrá carácter permanente y renovable durante cada legislatura
ordinaria, si bien, revocable mediante la designación de nuevo miembro por parte de la
Asamblea general.
5.4. Ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer a la Asamblea, la adopción de recomendaciones, guías de buenas
prácticas en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, así como
los medios necesarios para su aplicabilidad.
b) Emitir informes sobre las cuestiones que le someta la Asamblea o la Junta Directiva.
c) Poner en conocimiento de la Junta Directiva, cualquier incumplimiento detectado
sobre la normativa de aplicación en transparencia y el buen gobierno federativo.
d) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o por la Asamblea
general en la materia de su competencia.
5.5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno actuará por denuncia de algún
miembro de la FAB, bien de oficio siempre que lo considere necesario para el buen
desempeño de sus funciones, o a la vista de un informe derivado de sus actuaciones
considere la necesidad de dar traslado al órgano disciplinario de la Federación. Si
se detecta alguna incidencia o incumplimiento de las prácticas de buen gobierno o
transparencia, dará traslado por cinco días a las partes interesadas a fin de que aleguen
lo que a su derecho convenga. Posteriormente procederá a valorar los escritos de las
partes, practicar las pruebas que estime pertinentes y en un plazo de treinta días desde
la recepción de la documentación, emitir informe, que será notificado por la secretaría
general de la FAB en el plazo de cinco días a las partes intervinientes y se entregará para
su conocimiento a la Junta directiva de la FAB.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307005
- Las facturas recibidas de los diferentes proveedores se centralizarán en la Secretaría
General y el responsable de la contabilidad, quiénes recabarán los vistos buenos de las
áreas o departamentos que haya encargado el servicio o material.
- Una vez verificada la conformidad del responsable, se procederá a su contabilización
y entrará en el circuito de pagos de la FAB. Si la factura no es conforme, el responsable
de su pedido solicitará las oportunas correcciones del proveedor, y hará las gestiones
necesarias para acomodar la factura a la realidad del pedido.
- Proceso contable. La FAB cumple estrictamente lo estipulado en el Plan Contable
adaptado a Federaciones Deportivas. Una vez los documentos contables llegan a la FAB,
van directamente al responsable de la contabilidad, que los codifica y controla según
presupuesto y se comprueba la autorización.
- Una vez autorizado, se incluye en la previsión de los pagos.
- Todos los asientos debidamente archivados son custodiados en el responsable de la
contabilidad, así como el resto de documentación sensible o confidencial (nóminas, libros
mayores, extractos bancarios, etc.).
E) Sistema presupuestario y de gestión.
- La FAB sigue el sistema de presupuesto, seguimiento, liquidación y justificación
respetando en todo momento la legalidad sobre dichas cuestiones.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 174 - Viernes, 6 de septiembre de 2024
página 50055/8
5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
5.1. Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de las disposiciones de la
Ley 1/2014, de 24 de junio, y del código de buen gobierno, debiéndose establecer por la
Asamblea General el procedimiento interno que será de aplicación para dicho control.
Estará compuesto por un mínimo de tres miembros y un máximo de cinco, cuya
designación y cese corresponde a la Asamblea General. De entre sus integrantes se
designará al Presidente/a y Secretario/a.
5.2. Será designado por la Asamblea general a propuesta de la Presidencia, de la
Junta directiva, o de un tercio de los miembros de la propia Asamblea. Estará asistido
si así lo considera el propio Órgano, por el resto de los órganos de la FAB, y por las
entidades que presten los servicios de asesoramiento contable y jurídico a la FAB.
5.3. La designación tendrá carácter permanente y renovable durante cada legislatura
ordinaria, si bien, revocable mediante la designación de nuevo miembro por parte de la
Asamblea general.
5.4. Ejercerá las siguientes funciones:
a) Proponer a la Asamblea, la adopción de recomendaciones, guías de buenas
prácticas en materia de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, así como
los medios necesarios para su aplicabilidad.
b) Emitir informes sobre las cuestiones que le someta la Asamblea o la Junta Directiva.
c) Poner en conocimiento de la Junta Directiva, cualquier incumplimiento detectado
sobre la normativa de aplicación en transparencia y el buen gobierno federativo.
d) Aquellas otras que le sean atribuidas por norma de rango legal o por la Asamblea
general en la materia de su competencia.
5.5. El Comité de Transparencia y Buen Gobierno actuará por denuncia de algún
miembro de la FAB, bien de oficio siempre que lo considere necesario para el buen
desempeño de sus funciones, o a la vista de un informe derivado de sus actuaciones
considere la necesidad de dar traslado al órgano disciplinario de la Federación. Si
se detecta alguna incidencia o incumplimiento de las prácticas de buen gobierno o
transparencia, dará traslado por cinco días a las partes interesadas a fin de que aleguen
lo que a su derecho convenga. Posteriormente procederá a valorar los escritos de las
partes, practicar las pruebas que estime pertinentes y en un plazo de treinta días desde
la recepción de la documentación, emitir informe, que será notificado por la secretaría
general de la FAB en el plazo de cinco días a las partes intervinientes y se entregará para
su conocimiento a la Junta directiva de la FAB.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307005
- Las facturas recibidas de los diferentes proveedores se centralizarán en la Secretaría
General y el responsable de la contabilidad, quiénes recabarán los vistos buenos de las
áreas o departamentos que haya encargado el servicio o material.
- Una vez verificada la conformidad del responsable, se procederá a su contabilización
y entrará en el circuito de pagos de la FAB. Si la factura no es conforme, el responsable
de su pedido solicitará las oportunas correcciones del proveedor, y hará las gestiones
necesarias para acomodar la factura a la realidad del pedido.
- Proceso contable. La FAB cumple estrictamente lo estipulado en el Plan Contable
adaptado a Federaciones Deportivas. Una vez los documentos contables llegan a la FAB,
van directamente al responsable de la contabilidad, que los codifica y controla según
presupuesto y se comprueba la autorización.
- Una vez autorizado, se incluye en la previsión de los pagos.
- Todos los asientos debidamente archivados son custodiados en el responsable de la
contabilidad, así como el resto de documentación sensible o confidencial (nóminas, libros
mayores, extractos bancarios, etc.).
E) Sistema presupuestario y de gestión.
- La FAB sigue el sistema de presupuesto, seguimiento, liquidación y justificación
respetando en todo momento la legalidad sobre dichas cuestiones.