Disposiciones generales. . (2024/174-2)
Orden de 30 de agosto de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Andalucía.
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Número 174 - Viernes, 6 de septiembre de 2024

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ii. D
 eclaración responsable sobre la solicitud o concesión de otras subvenciones o
ayudas para la misma finali-dad procedentes de otras administraciones o entes
públicos o privados, nacionales o internacionales, con relación detallada de las
mismas e indicación de la entidad concedente y del importe o, en su caso, la no
concurrencia con otras subvenciones o ayudas.
iii. De no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones para ser persona
beneficiaria de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 116 del
Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía.
iv. D
 e no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier otro ingreso de derecho
público de la Junta de Andalucía, salvo que se trate de deudas aplazadas,
fraccionadas o cuya ejecución estuviese suspendida.
v. D
 eclaración responsable de la titularidad del bien o autorización a favor del
beneficiario, en el caso de proyectos que impliquen inversiones en inmuebles de
naturaleza rústica o urbana.
vi. P
 ara el caso de entidades empresariales y empresarios autónomos, declaración
responsable de la entidad o persona solicitante, de que no ha recibido ayuda
de minimis. En el supuesto de haber recibido ayuda de minimis, declaración
responsable de que cumple lo establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831
de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 y en el apartado 7 del artículo 9 de
las presentes bases, indicando para ello la entidad concedente, la fecha de la
concesión y los importes.
vii. D
 eclaración responsable de no haber iniciado la actividad con anterioridad a la
presentación de la solicitud de subvención.
viii. Declaración responsable de la veracidad de los datos reflejados en la solicitud.
b) Datos sobre la actividad, proyecto, comportamiento o situación para la que se
solicita la subvención:
i. U
 na memoria descriptiva, de carácter técnico, donde se concreten suficiente y
detalladamente las actuaciones para las que se ha solicitado ayuda, localización
así como cronograma que indique la fecha prevista de inicio y de fin de
actuaciones referidas.
ii. Objetivos y resultados a conseguir.
iii. Un presupuesto detallado donde se indiquen las partidas y conceptos referidos
en la memoria anterior, así como un desglose por tipología de gastos.
iv. C
 ualquier información adicional, o ampliación de los anteriores, que se exija en
la correspondiente convocatoria.
2. La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación según tipo de
solicitante recogidos en el artículo 4 de las presentes:
1.º Entidades locales:
i. C
 ertificado expedido por el órgano competente, según la normativa de régimen
local aplicable, en el que se indique el acuerdo por el que se decide solicitar la
ayuda, así como la designación de la persona que actuará como representante.
2.º Entidades empresariales y empresarios autónomos:
i. D
 ocumentos acreditativos de la actividad empresarial. En los casos de
sociedades mercantiles, se aportará copia de la escritura de constitución inscrita
en el Registro Mercantil y/o estatutos constitutivos de la empresa donde conste
la localización de su sede social.
ii. S
 i el solicitante actúa mediante representante se acompañará documentación
acreditativa de la representación.
iii. En el caso de empresarios autónomos, certificado de empadronamiento, que
será necesario aportar, en el caso de que ejercite su derecho de oposición
a realizar la consulta de sus datos de residencia a través del Sistema de
Verificación de Residencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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