Disposiciones generales. . (2024/518-1)
Corrección de errata del Decreto 197/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula el Sistema Local de Protección Civil en los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 174, de 6.9.2024).
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 18 - Viernes, 6 de septiembre de 2024
página 50273/16
2. El distintivo del voluntariado de protección civil se ubicará centrado en el capó y en
las puertas delanteras del vehículo.
3. Debajo del distintivo, se dispondrá la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL», pudiendo
ocupar las puertas laterales delanteras y traseras del vehículo.
4. En la parte frontal del vehículo, dispuesto a la inversa con objeto de poder ser leído
desde un espejo retrovisor, se colocará la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL».
5. En la parte trasera del vehículo, con objeto de poder ser leído por los vehículos de
circulen detrás, se dispondrá la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL».
6. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja,
y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto y fácilmente identificable.
7. Alrededor del vehículo se ubicará un damero reflectante de color naranja.
8. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros
distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación del carácter
del vehículo.
Artículo 42. Motocicletas, ciclomotores y bicicletas.
1. Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas empleadas en el servicio de la
Agrupación serán de color blanco.
2. En un lugar visible las motocicletas, ciclomotores y bicicletas llevarán el distintivo
del voluntariado de protección civil y la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL».
3. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja,
y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto y fácilmente identificable.
4. En el perímetro de las motocicletas, ciclomotores y bicicletas se ubicará un damero
reflectante de color naranja.
5. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros
distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación del carácter
del vehículo.
Artículo 44. Instalaciones.
1. A efectos de lo dispuesto en el presente decreto, las instalaciones pueden ser fijas
o móviles.
2. En las instalaciones fijas, tales como edificios, locales o sedes, se dispondrá a
la entrada de cartelería con el distintivo del voluntariado de protección civil. Debajo del
distintivo, se ubicará la inscripción «AGRUPACIÓN LOCAL DEL VOLUNTARIADO DE
PROTECCIÓN CIVIL».
3. Las instalaciones móviles, tales como hinchables, carpas o tiendas de campaña
atenderán a los colores internacionales de protección civil en color azul y naranja. En
lugar visible se dispondrá el distintivo del voluntariado de protección civil y la inscripción
«PROTECCIÓN CIVIL».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307222
Artículo 43. Embarcaciones.
1. A lo largo de las embarcaciones se ubicará una franja de color naranja
suficientemente visible, cuyo grosor será proporcional a la altura del costado de la
embarcación, respetando, en todo caso, la normativa sobre señalización náutica.
2. En la parte trasera de las bandas de babor y de estribor se dispondrá el distintivo
del voluntariado de protección civil.
3. En las bandas de babor y de estribor, en lugar visible, se dispondrá la inscripción
«PROTECCIÓN CIVIL».
4. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja,
y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto y fácilmente identificable.
5. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros
distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación del carácter
de la embarcación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 18 - Viernes, 6 de septiembre de 2024
página 50273/16
2. El distintivo del voluntariado de protección civil se ubicará centrado en el capó y en
las puertas delanteras del vehículo.
3. Debajo del distintivo, se dispondrá la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL», pudiendo
ocupar las puertas laterales delanteras y traseras del vehículo.
4. En la parte frontal del vehículo, dispuesto a la inversa con objeto de poder ser leído
desde un espejo retrovisor, se colocará la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL».
5. En la parte trasera del vehículo, con objeto de poder ser leído por los vehículos de
circulen detrás, se dispondrá la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL».
6. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja,
y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto y fácilmente identificable.
7. Alrededor del vehículo se ubicará un damero reflectante de color naranja.
8. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros
distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación del carácter
del vehículo.
Artículo 42. Motocicletas, ciclomotores y bicicletas.
1. Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas empleadas en el servicio de la
Agrupación serán de color blanco.
2. En un lugar visible las motocicletas, ciclomotores y bicicletas llevarán el distintivo
del voluntariado de protección civil y la inscripción «PROTECCIÓN CIVIL».
3. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja,
y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto y fácilmente identificable.
4. En el perímetro de las motocicletas, ciclomotores y bicicletas se ubicará un damero
reflectante de color naranja.
5. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros
distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación del carácter
del vehículo.
Artículo 44. Instalaciones.
1. A efectos de lo dispuesto en el presente decreto, las instalaciones pueden ser fijas
o móviles.
2. En las instalaciones fijas, tales como edificios, locales o sedes, se dispondrá a
la entrada de cartelería con el distintivo del voluntariado de protección civil. Debajo del
distintivo, se ubicará la inscripción «AGRUPACIÓN LOCAL DEL VOLUNTARIADO DE
PROTECCIÓN CIVIL».
3. Las instalaciones móviles, tales como hinchables, carpas o tiendas de campaña
atenderán a los colores internacionales de protección civil en color azul y naranja. En
lugar visible se dispondrá el distintivo del voluntariado de protección civil y la inscripción
«PROTECCIÓN CIVIL».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307222
Artículo 43. Embarcaciones.
1. A lo largo de las embarcaciones se ubicará una franja de color naranja
suficientemente visible, cuyo grosor será proporcional a la altura del costado de la
embarcación, respetando, en todo caso, la normativa sobre señalización náutica.
2. En la parte trasera de las bandas de babor y de estribor se dispondrá el distintivo
del voluntariado de protección civil.
3. En las bandas de babor y de estribor, en lugar visible, se dispondrá la inscripción
«PROTECCIÓN CIVIL».
4. Para la rotulación se utilizará el tipo de fuente Arial Narrow, en color azul o naranja,
y se dispondrá de forma que sea proporcional al objeto y fácilmente identificable.
5. Si en aplicación de las normas de identidad corporativa se debieran ubicar otros
distintivos o rotulación se realizará de modo que no dificulte la identificación del carácter
de la embarcación.