3. Otras disposiciones. . (2024/172-13)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Atletismo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49978/5
VIII. Normas de actuación.
1. Retribuciones.
La Federación Andaluza de Atletismo no tiene ni realizará, salvo expresa autorización
de la Junta de Andalucía, contratos blindados, con indemnizaciones por encima de la
legislación vigente.
Salvo casos excepcionales que serán informados a la Junta de Andalucía, la
Federación Andaluza de Atletismo no abonará contra el presupuesto federativo gastos de
desplazamiento a personas que no tengan relación con la federación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306928
c) Garantizar la independencia del auditor externo de la Federación.
d) Servir de canal de comunicación entre la Federación y el Auditor, evaluar los
resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones
y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y éste en relación con los principios
y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, proponiendo en su
caso las actuaciones que sean preciso adoptar.
e) Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos
legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
f) Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero
interno adoptados en la federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación y
sustitución de los responsables.
g) Examinar el cumplimiento del Código de Buen Gobierno y, en general de las reglas
de gobierno de la Federación y hacer las propuestas necesarias para su mejora.
h) Considerar las sugerencias que le hagan llegar el Presidente, los miembros de
la Junta Directiva, así como informar y formular propuestas a la Junta Directiva sobre
medidas que considere oportunas en la actividad de auditoria y en el resto de las que
tuviera asignadas, así como en materia de cumplimiento de las normas legales sobre
información y exactitud de la misma.
i) Control de gastos de representación de cualquier miembro de la FAA.
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno, llevará a cabo reuniones de trabajo
siempre que lo considere necesario para el buen desempeño de sus funciones, previa
convocatoria del Presidente y, al menos, una vez al año antes de cada Asamblea.
El Presidente del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, como persona
independiente de la estructura jerárquico-laboral, efectuará los informes que considere
oportunos a dicho Comité sobre el grado de cumplimiento de los sistemas internos
descritos en el presente documento. Estos informes serán evaluados por el resto
de miembros del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, y se entregarán para su
conocimiento a la Junta Directiva.
La Junta Directiva propondrá las acciones necesarias para corregir las incidencias
que se plantean en los informes del Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
2.2. Composición del Comité de Transparencia y Buen Gobierno:
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesta por 4 miembros, que
serán nombrados por la Asamblea:
Presidente: A elegir de entre los 4 vocales elegidos por la asamblea.
Vocales: 4 miembros de la Asamblea General (1 por cada estamento).
A las reuniones del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, podrá asistir el
Presidente de la FAA y cualquier otro miembro de la estructura profesional como apoyo al
funcionamiento de la misma.
Bianualmente la Junta de Andalucía somete a la FAA a un exhaustivo control de
Auditoria o revisión contable, mediante la designación de un auditor externo. Los trabajos
de Auditoria externa incluyen la revisión de la liquidación del presupuesto federativo, las
justificaciones a la Junta de Andalucía, Memoria y Cuentas anuales, y especialmente
el Balance y Cuenta de Pérdidas y ganancias. También revisan los procedimientos
administrativos y contables empleados.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 49978/5
VIII. Normas de actuación.
1. Retribuciones.
La Federación Andaluza de Atletismo no tiene ni realizará, salvo expresa autorización
de la Junta de Andalucía, contratos blindados, con indemnizaciones por encima de la
legislación vigente.
Salvo casos excepcionales que serán informados a la Junta de Andalucía, la
Federación Andaluza de Atletismo no abonará contra el presupuesto federativo gastos de
desplazamiento a personas que no tengan relación con la federación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306928
c) Garantizar la independencia del auditor externo de la Federación.
d) Servir de canal de comunicación entre la Federación y el Auditor, evaluar los
resultados de cada auditoria y las respuestas del equipo de gestión a sus recomendaciones
y mediar en los casos de discrepancias entre aquellos y éste en relación con los principios
y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros, proponiendo en su
caso las actuaciones que sean preciso adoptar.
e) Revisar las cuentas de la Federación, vigilar el cumplimiento de los requerimientos
legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
f) Seguir el funcionamiento de los procedimientos y manuales de control financiero
interno adoptados en la federación, comprobar su cumplimiento y revisar la designación y
sustitución de los responsables.
g) Examinar el cumplimiento del Código de Buen Gobierno y, en general de las reglas
de gobierno de la Federación y hacer las propuestas necesarias para su mejora.
h) Considerar las sugerencias que le hagan llegar el Presidente, los miembros de
la Junta Directiva, así como informar y formular propuestas a la Junta Directiva sobre
medidas que considere oportunas en la actividad de auditoria y en el resto de las que
tuviera asignadas, así como en materia de cumplimiento de las normas legales sobre
información y exactitud de la misma.
i) Control de gastos de representación de cualquier miembro de la FAA.
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno, llevará a cabo reuniones de trabajo
siempre que lo considere necesario para el buen desempeño de sus funciones, previa
convocatoria del Presidente y, al menos, una vez al año antes de cada Asamblea.
El Presidente del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, como persona
independiente de la estructura jerárquico-laboral, efectuará los informes que considere
oportunos a dicho Comité sobre el grado de cumplimiento de los sistemas internos
descritos en el presente documento. Estos informes serán evaluados por el resto
de miembros del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, y se entregarán para su
conocimiento a la Junta Directiva.
La Junta Directiva propondrá las acciones necesarias para corregir las incidencias
que se plantean en los informes del Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
2.2. Composición del Comité de Transparencia y Buen Gobierno:
El Comité de Transparencia y Buen Gobierno estará compuesta por 4 miembros, que
serán nombrados por la Asamblea:
Presidente: A elegir de entre los 4 vocales elegidos por la asamblea.
Vocales: 4 miembros de la Asamblea General (1 por cada estamento).
A las reuniones del Comité de Transparencia y Buen Gobierno, podrá asistir el
Presidente de la FAA y cualquier otro miembro de la estructura profesional como apoyo al
funcionamiento de la misma.
Bianualmente la Junta de Andalucía somete a la FAA a un exhaustivo control de
Auditoria o revisión contable, mediante la designación de un auditor externo. Los trabajos
de Auditoria externa incluyen la revisión de la liquidación del presupuesto federativo, las
justificaciones a la Junta de Andalucía, Memoria y Cuentas anuales, y especialmente
el Balance y Cuenta de Pérdidas y ganancias. También revisan los procedimientos
administrativos y contables empleados.