3. Otras disposiciones. . (2024/172-13)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Atletismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024

página 49978/6

3. Manual de Procedimientos.
3.1. Compra de productos y contratación de servicios.
Para la compra de productos o la contratación de servicios con terceros, sin límites
de importe, se cumplimentará la solicitud de autorización de gastos (según los modelos
aprobados), que deberá contener toda la información relativa al gasto cuya autorización
se solicita así como información adicional referente a las formas de pago. Deberá ir
firmado por la persona que solicita el mismo. Se considerará autorizado una vez tenga el
visto bueno de Secretario General o Interventor, y, en los casos en que así se determine,
del Presidente.
El Área de Administración informará sobre la imputación presupuestaria de los gastos
solicitados y sobre el grado de ejecución a la fecha de las partidas afectadas por las
solicitudes
Se requiere a las personas que vayan a realizar alguna compra, para que soliciten
más de un presupuesto de los diferentes servicios a comprar o contratar, y que, de
manera razonada propongan su elección.
No será necesario este trámite cuando se trate de reposición de material ordinario o
de servicios anuales ya contratados en conjunto al comienzo de cada ejercicio.
Todas las autorizaciones de gastos, deberán ser entregadas en el Área de
Administración, con objeto de que puedan atenderse correctamente los compromisos con
los proveedores y que se icen, en su caso, las modificaciones presupuestarias necesarias.
3.2. Funcionamiento de la Caja de efectivo.
El Cajero realizará, al menos, un arqueo mensual coincidiendo con el último día
hábil de cada mes. Este arqueo obtendrá el visto bueno del Interventor y del Secretario
General.
3.2.1. Pagos en efectivo y adelantos de Caja.
Todos los pagos que se realicen por la Caja de la FAA deberán de contar con carácter
previo con la autorización del Presidente, Secretario General o Interventor en el propio
documento antes de ser hechos efectivos.
Deberán estar perfectamente identificados sus conceptos y firmados por quien
pretenda su cobro.
Se determina un importe máximo de 1.000 euros para los pagos en efectivo que se
realicen a las personas relacionadas con la FAA (atletas, entrenadores, jueces, personal
médico, diverso personal colaborador en organización de competiciones, personal FAA),
con excepción de las provisiones de fondo para los jefes de equipo de expediciones,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306928

2. Control de la gestión ordinaria.
La Federación Andaluza de Atletismo aplica un manual de procedimientos con los
siguientes contenidos:
a) Sistema de autorización de operaciones donde se fija quiénes deben autorizar con
su firma, en función de su cuantía, cada una de las operaciones que realice la Federación.
b) Segregación de funciones en el que ninguna persona interviene en todas las fases
de una transacción
c) Tratamiento de la información y de la documentación contable, con establecimiento
de soportes documentales de las operaciones realizadas, su custodia y el circuito que
recorren desde el inicio hasta el término de la operación.
d) Riguroso sistema presupuestario y de gestión.
El Manual de Procedimientos queda incorporado a este documento, y será
actualizado cuantas veces sea necesario con las decisiones que sobre el Manual tomen
los diferentes órganos de gobierno de la FAA a propuesta del Comité de Transparencia y
Buen Gobierno, las recomendaciones que pudieran sugerir los Auditores Externos, y las
novedades legales que pudieran serle de aplicación.
En todo caso, la FAA emitirá, al menos, una actualización anual, en la que incorporará
los requisitos variables del año en que el Manual sea de aplicación.