Disposiciones generales. . (2024/516-1)
Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 16 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 50106/8
Artículo 7. Secretaría General Técnica.
A la persona titular de la Secretaría General Técnica le corresponden las atribuciones
previstas en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y, en particular, las
siguientes:
a) La administración general de la Consejería.
b) La organización y racionalización de las unidades y servicios de la Consejería, así
como las funciones de la Unidad de Igualdad de Género previstas en su normativa de
aplicación.
c) La elaboración del anteproyecto del presupuesto de la Consejería.
d) La gestión económica y presupuestaria, coordinando, a estos efectos, a los
distintos organismos dependientes de la Consejería, así como la gestión de la contratación
administrativa.
e) El control y seguimiento del inventario general de las obras, equipamientos e
instalaciones de la Consejería.
f) La asistencia jurídica, técnica y administrativa a los órganos de la Consejería.
g) La gestión de personal, sin perjuicio de las facultades de jefatura superior de
personal que ostenta la persona titular de la Viceconsejería.
h) La elaboración, tramitación e informe de las disposiciones generales de la
Consejería.
i) El desarrollo, mantenimiento y explotación de herramientas de seguimiento y
evaluación económica en el ámbito de las competencias de la Consejería.
j) Las funciones generales de registro y archivo central, sin perjuicio de lo previsto
en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, que establece
que las Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se
constituyen como unidades de servicios comunes, adscritas a la Consejería competente
en materia de administración pública.
k) Las funciones asignadas a la Unidad Antifraude en el Plan de Medidas antifraude
para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la
Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito de la Consejería de Salud y Consumo.
l) La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la
legislación vigente en materia de protección de datos.
m) La dirección funcional y supervisión de los Sistemas de Información en el ámbito
de la Consejería de Salud y Consumo, así como la responsabilidad funcional de los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307057
u) La promoción de las relaciones con las organizaciones sanitarias, asociaciones de
pacientes y sociedad civil en materia sociosanitaria.
v) Coordinación de las actuaciones que realicen en materia de humanización y
atención sociosanitaria.
w) Promoción de políticas de salud para la población infantojuvenil.
x) La ordenación, seguimiento, gestión y evaluación de las actuaciones de atención
infantil temprana en Andalucía.
y) Relación con las entidades prestadoras del servicio de atención infantil temprana.
z) Promoción de las relaciones con las entidades, asociaciones de pacientes y
sociedad civil en materia de atención infantil temprana.
aa) El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de infracciones en atención
temprana.
bb) La dirección y control del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas.
cc) La orientación, tutela y control técnico de la Fundación Pública Andaluza para la
integración del enfermo mental (FAISEM).
dd) Y en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que
expresamente le sean delegadas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 16 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 50106/8
Artículo 7. Secretaría General Técnica.
A la persona titular de la Secretaría General Técnica le corresponden las atribuciones
previstas en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y, en particular, las
siguientes:
a) La administración general de la Consejería.
b) La organización y racionalización de las unidades y servicios de la Consejería, así
como las funciones de la Unidad de Igualdad de Género previstas en su normativa de
aplicación.
c) La elaboración del anteproyecto del presupuesto de la Consejería.
d) La gestión económica y presupuestaria, coordinando, a estos efectos, a los
distintos organismos dependientes de la Consejería, así como la gestión de la contratación
administrativa.
e) El control y seguimiento del inventario general de las obras, equipamientos e
instalaciones de la Consejería.
f) La asistencia jurídica, técnica y administrativa a los órganos de la Consejería.
g) La gestión de personal, sin perjuicio de las facultades de jefatura superior de
personal que ostenta la persona titular de la Viceconsejería.
h) La elaboración, tramitación e informe de las disposiciones generales de la
Consejería.
i) El desarrollo, mantenimiento y explotación de herramientas de seguimiento y
evaluación económica en el ámbito de las competencias de la Consejería.
j) Las funciones generales de registro y archivo central, sin perjuicio de lo previsto
en el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, que establece
que las Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se
constituyen como unidades de servicios comunes, adscritas a la Consejería competente
en materia de administración pública.
k) Las funciones asignadas a la Unidad Antifraude en el Plan de Medidas antifraude
para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la
Comunidad Autónoma de Andalucía en el ámbito de la Consejería de Salud y Consumo.
l) La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la
legislación vigente en materia de protección de datos.
m) La dirección funcional y supervisión de los Sistemas de Información en el ámbito
de la Consejería de Salud y Consumo, así como la responsabilidad funcional de los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307057
u) La promoción de las relaciones con las organizaciones sanitarias, asociaciones de
pacientes y sociedad civil en materia sociosanitaria.
v) Coordinación de las actuaciones que realicen en materia de humanización y
atención sociosanitaria.
w) Promoción de políticas de salud para la población infantojuvenil.
x) La ordenación, seguimiento, gestión y evaluación de las actuaciones de atención
infantil temprana en Andalucía.
y) Relación con las entidades prestadoras del servicio de atención infantil temprana.
z) Promoción de las relaciones con las entidades, asociaciones de pacientes y
sociedad civil en materia de atención infantil temprana.
aa) El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de infracciones en atención
temprana.
bb) La dirección y control del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas.
cc) La orientación, tutela y control técnico de la Fundación Pública Andaluza para la
integración del enfermo mental (FAISEM).
dd) Y en general, todas aquellas que le atribuya la normativa vigente y las que
expresamente le sean delegadas.