Disposiciones generales. . (2024/516-1)
Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo.
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Extraordinario núm. 16 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024
página 50106/6
g) La dirección estratégica de los Sistemas de Información, en el ámbito de la
Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
h) Seguimiento y evaluación de las políticas de calidad de la Consejería.
i) La dirección estratégica de las entidades de investigación biomédica adscritas a la
Consejería de Salud y Consumo.
j) La definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación en
el ámbito de actuación de la Consejería, la aplicación y la promoción de la transferencia
de tecnología en este sector, así como la compra pública innovadora en materia de salud,
sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías en esta materia.
k) La dirección, ejecución y evaluación de las políticas de acreditación y certificación
de calidad en el ámbito de competencias de la Consejería en coordinación con las
sociedades científicas y los colegios profesionales.
l) La planificación estratégica de las políticas de formación, desarrollo profesional y
acreditación de profesionales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
m) La coordinación con las diferentes Universidades de Andalucía en materia de
formación de grado, postgrado e investigación en salud, así como la gestión y seguimiento
de los Convenios suscritos con las Universidades o con otras instituciones públicas o
privadas en materia de formación e investigación, en coordinación con la Consejería
competente en materia de universidades.
n) La elaboración y fomento de políticas de innovación organizativa, asistencial,
tecnológica y de transformación digital en el ámbito de la Consejería, así como la
promoción de proyectos de innovación tecnológica en colaboración con los sectores
académicos e industriales.
ñ) La coordinación de la política de investigación biosanitaria con la Estrategia de
Investigación, Desarrollo e Innovación de la Junta de Andalucía.
o) El diseño y coordinación de una estrategia de excelencia en materia de salud
pública, investigación, desarrollo e innovación en salud.
p) La planificación y coordinación de la formación de especialistas en Ciencias de la
Salud en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
q) La planificación estratégica de los programas de formación continuada de
profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en el marco definido por las
políticas de calidad y acreditación de competencias.
r) El seguimiento y control de las entidades de investigación biomédica adscritas a la
Consejería de Salud y Consumo.
s) La autorización de los proyectos de investigación biomédica, de conformidad con
lo dispuesto en la normativa vigente.
t) Las acreditaciones profesionales en materia sanitaria de competencia de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
u) La habilitación para el ejercicio profesional, la certificación y el reconocimiento de
las cualificaciones profesionales obtenidas en los Estados miembros de la Unión Europea
que, en razón de la materia, correspondan a la Consejería de Salud y Consumo.
v) Desarrollo y evaluación de los programas de formación continuada de los
profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en el marco definido por las
políticas de calidad y acreditación de competencias.
w) La evaluación de las tecnologías sanitarias y el desarrollo de los proyectos de
evaluación de dichas tecnologías sobre los productos, equipos, técnicas y procedimientos
clínicos, así como de los sistemas organizativos en los que se desarrolla la atención
sanitaria, de acuerdo a criterios de seguridad, eficacia, efectividad y eficiencia, y en base
a su valoración ética, clínica, económica y social.
x) La orientación, tutela y control técnico de la Escuela Andaluza de Salud Pública,
S.A., y la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00307057
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 50106/6
g) La dirección estratégica de los Sistemas de Información, en el ámbito de la
Consejería de Salud y Consumo y del Servicio Andaluz de Salud, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a la Agencia Digital de Andalucía.
h) Seguimiento y evaluación de las políticas de calidad de la Consejería.
i) La dirección estratégica de las entidades de investigación biomédica adscritas a la
Consejería de Salud y Consumo.
j) La definición de las líneas prioritarias de investigación, desarrollo e innovación en
el ámbito de actuación de la Consejería, la aplicación y la promoción de la transferencia
de tecnología en este sector, así como la compra pública innovadora en materia de salud,
sin perjuicio de las competencias de otras Consejerías en esta materia.
k) La dirección, ejecución y evaluación de las políticas de acreditación y certificación
de calidad en el ámbito de competencias de la Consejería en coordinación con las
sociedades científicas y los colegios profesionales.
l) La planificación estratégica de las políticas de formación, desarrollo profesional y
acreditación de profesionales en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
m) La coordinación con las diferentes Universidades de Andalucía en materia de
formación de grado, postgrado e investigación en salud, así como la gestión y seguimiento
de los Convenios suscritos con las Universidades o con otras instituciones públicas o
privadas en materia de formación e investigación, en coordinación con la Consejería
competente en materia de universidades.
n) La elaboración y fomento de políticas de innovación organizativa, asistencial,
tecnológica y de transformación digital en el ámbito de la Consejería, así como la
promoción de proyectos de innovación tecnológica en colaboración con los sectores
académicos e industriales.
ñ) La coordinación de la política de investigación biosanitaria con la Estrategia de
Investigación, Desarrollo e Innovación de la Junta de Andalucía.
o) El diseño y coordinación de una estrategia de excelencia en materia de salud
pública, investigación, desarrollo e innovación en salud.
p) La planificación y coordinación de la formación de especialistas en Ciencias de la
Salud en el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
q) La planificación estratégica de los programas de formación continuada de
profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en el marco definido por las
políticas de calidad y acreditación de competencias.
r) El seguimiento y control de las entidades de investigación biomédica adscritas a la
Consejería de Salud y Consumo.
s) La autorización de los proyectos de investigación biomédica, de conformidad con
lo dispuesto en la normativa vigente.
t) Las acreditaciones profesionales en materia sanitaria de competencia de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
u) La habilitación para el ejercicio profesional, la certificación y el reconocimiento de
las cualificaciones profesionales obtenidas en los Estados miembros de la Unión Europea
que, en razón de la materia, correspondan a la Consejería de Salud y Consumo.
v) Desarrollo y evaluación de los programas de formación continuada de los
profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía, en el marco definido por las
políticas de calidad y acreditación de competencias.
w) La evaluación de las tecnologías sanitarias y el desarrollo de los proyectos de
evaluación de dichas tecnologías sobre los productos, equipos, técnicas y procedimientos
clínicos, así como de los sistemas organizativos en los que se desarrolla la atención
sanitaria, de acuerdo a criterios de seguridad, eficacia, efectividad y eficiencia, y en base
a su valoración ética, clínica, económica y social.
x) La orientación, tutela y control técnico de la Escuela Andaluza de Salud Pública,
S.A., y la Fundación Pública Andaluza Progreso y Salud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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