5. Anuncios. . (2024/172-27)
Anuncio de 22 de agosto de 2024, del Ayuntamiento de Puerto Real (Cádiz), de bases generales reguladoras de los procesos de selección de personal mediante acceso libre. (PP. 9354/2024).
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Número 172 - Miércoles, 4 de septiembre de 2024

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Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas,
en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Puerto Real las
calificaciones obtenidas, ordenadas alfabéticamente.
La lista de las personas aprobadas en la fase de oposición con sus respectivas
calificaciones finales se publicará en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal.
Las alegaciones a dichas calificaciones finales se harán conforme a estas bases.
7.2.2. Fase de concurso.
La fase de concurso se iniciará una vez finalizada la fase de oposición (solo para las
plazas convocadas por el sistema de concurso-oposición) y consistirá en la valoración de
los méritos acreditados por las personas aspirantes que hayan superado los ejercicios
de la fase oposición, previamente alegados y justificados conforme a lo regulado en el
apartado de solicitudes en el Anexo II.
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar
la fase de oposición.
Se valorarán, en la fase de concurso, salvo que en las bases específicas se
establezcan otros criterios, los siguientes méritos:
a) Experiencia profesional.
b) Formación.
A. Experiencia profesional (máximo 30 puntos):
Se valorará el tiempo de servicio prestado en las distintas Administraciones
Públicas, así como la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria,
de conformidad con lo dispuesto al respecto en el artículo 39 de la Ley 50/98, de 30 de
diciembre, de medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
La puntuación máxima para obtener en este apartado será de 30 puntos a distribuir
de la siguiente forma:
a) Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier administración pública
de carácter local, en puestos con igual categoría y/o del mismo grupo/subgrupo de
pertenencia a la plaza que se convoca: 0,10 puntos. No se tendrán en cuenta fracciones
inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días naturales.
b) Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier administración pública
de carácter autonómico o estatal, en puestos con igual categoría y/o del mismo grupo/
subgrupo de pertenencia a la plaza que se convoca: 0,05 puntos. No se tendrán en
cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días naturales.
c) Por cada mes completo de servicios prestados en superior plaza en la administración
pública de carácter local, en puesto superior categoría y/o de superior grupo/subgrupo de
pertenencia a la plaza que se convoca: 0,03 puntos por mes trabajado. No se tendrán en
cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días naturales.
d) Por cada mes completo de servicios prestado en igual plaza en la empresa privada
por cuenta ajena mediante contrato laboral, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera
otros servicios que hayan sido prestados bajo cualquier otra relación (contrato de servicios,
suministros, trabajos autónomos, etc.): 0,02 puntos por mes de trabajo. No se tendrán en
cuenta fracciones inferiores a un mes, entendiendo un mes por 30 días naturales.
B. Formación (máximo 10 puntos):
B.1. Académica (máximo 5 puntos):
Otras titulaciones académicas oficiales, o equivalentes, distintas a la exigida para el
acceso a la plaza ofertada, relacionadas directamente con la plaza a la que se opta y
reguladas por el ordenamiento jurídico vigente en materia educativa:
- Doctorado 3 puntos.
- Máster 2 puntos.
- Grado 1,5 puntos.
- Técnico Superior 0,5 puntos.
- Bachiller o Técnico Medio 0,25 puntos.
- ESO 0,10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía