3. Otras disposiciones. . (2024/170-12)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Urbaser, S.A., en el Complejo Medioambiental Sur de Europa, Finca Madajal del Busto, s/n, Ctra. Los Barrios-Jimena (Cádiz), mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 2 de septiembre de 2024

página 49943/2

La Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo en fecha 23 de agosto de 2024 ha solicitado las propuestas de servicios
mínimos a las partes afectadas por el presente conflicto: empresa y sindicato convocante,
al objeto de ser oídas con carácter previo y preceptivo a la fijación de los servicios
mínimos necesarios y con el fin último de consensuar dichos servicios. Con fecha 26 de
agosto de 2024, se recibieron las propuestas de todas las partes afectadas.
Por parte del Sindicato UGT FICA Campo de Gibraltar se indica que en la Planta
Urbaser Complejo Medioambiental Sur de Europa no se trabaja los fines de semana
ni los festivos, por lo que no se propone ningún servicio mínimo para los mismos. Se
hace propuesta únicamente de un maquinista de vertedero, en turno de mañana para la
retirada de residuos.
Con respecto a la Bolsa de Almacenaje de Lixiviados, la encargada es una empresa
externa que solo presta servicio los días entre semana, cuando se está trabajando en la
planta. El Sindicato considera que no hay que fijar servicios mínimos y que en el caso
que se considere necesario debido a la contaminación ambiental, sería suficiente con 1
trabajador en turno de mañana.
La empresa hace la siguiente propuesta:
Urbaser, S.A. presenta una propuesta detallada de los trabajadores que necesita para
prestar dicho servicio y concreta que precisan un total de 60 trabajadores para realizarlo,
lo que representa una solicitud de servicios mínimos del 81,50% de la plantilla.
Vistas las propuestas de las partes, la Delegación Territorial de esta Consejería
en Cádiz procede a elaborar la correspondiente propuesta de regulación de servicios
mínimos, que eleva a esta Dirección General en fecha 28 de agosto de 2024, que se
considera adecuada siguiendo los criterios de regulación en las últimas huelgas
convocadas en otras localidades de Andalucía para los mismos servicios de tratamiento
de residuos sólidos urbanos y de envases ligeros urbanos. Se establecen los servicios
mínimos que constan en el anexo de esta resolución en base a los siguientes criterios:
Primero. La empresa afectada es la encargada de realizar el servicio de tratamiento
de residuos sólidos urbanos y el tratamiento de envases ligeros urbanos del Complejo
Medioambiental Sur de Europa, Finca Madajal del Busto, s/n, Ctra. Los Barrios-Jimena
(Cádiz) que incluyen las localidades de Algeciras, La Línea, Los Barrios, San Roque,
Jimena, Castellar, Tarifa y San Martín del Tesorillo, procesándose además los residuos
generados en la ciudad autónoma de Ceuta y en Gibraltar. En dicho centro de trabajo se
gestionan los residuos industriales peligrosos y no peligrosos producidos por diversas
empresas de la comarca, por lo que su interrupción afectaría a bienes y derechos
constitucionalmente protegidos, como son el derecho a la salud y al medio ambiente,
recogidos en los artículos 43 y 45 de la Constitución Española.
Segundo. La huelga es de carácter indefinido por lo que puede generar una
acumulación de residuos, y materia orgánica susceptible de descomposición, suponiendo
riesgo para la salud de los ciudadanos en general.

Cuarto. Los precedentes administrativos, consentidos o no impugnados, son los
servicios mínimos establecidos en las siguientes resoluciones de esta Dirección General:
Resolución de 19 de junio de 2018 (BOJA número 123, 27 de junio de 2018), por la que
se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta la empresa Bioreciclaje de
Cádiz, S.A., en el vertedero de Miramundo, Resolución de 6 de abril de 2021, por la que
se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa Urbaser, S.A.,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306893

Tercero. La empresa presta servicios a más de 270.000 habitantes de los
mencionados municipios, sin incluir Ceuta y Gibraltar.