Autoridades y personal. . (2024/169-27)
Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se regula la organización de la fase de prácticas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, Maestros y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, convocado por Orden de 12 de diciembre de 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 169 - Viernes, 30 de agosto de 2024

página 49946/8

Séptimo. Evaluación de la fase de prácticas.
Concluidas las actuaciones previstas en los apartados anteriores, las comisiones de
evaluación de centros previa convocatoria por parte de la presidencia, estudiará y valorará
la documentación presentada por el personal funcionario en prácticas y el contenido de
los diferentes informes.
Se considerará como criterio básico para la calificación del citado personal poseer las
capacidades personales y la competencia profesional necesarias para liderar de forma
autónoma la dinámica del aula y desarrollar adecuadamente el proceso de enseñanza
y aprendizaje del alumnado dentro del marco normativo de la Administración educativa
andaluza.
Las comisiones de evaluación de centros, de forma colegiada, otorgarán la calificación
de «apto» o «no apto». La calificación de «no apto» deberá motivarse mediante un
informe detallado que se adjuntará al acta de calificación final. La no realización o la no
superación de alguno de los dos cursos obligatorios, aun siendo por causas justificadas,
significará automáticamente una calificación de «no apto», que no deberá justificarse más
que por este hecho, e implicará la necesidad de repetir la fase de prácticas completa.
Dichas comisiones de centro se basarán para la calificación en los siguientes
extremos:
a) Informe de evaluación de la Inspección educativa sobre la aptitud para la docencia.
b) Informe de la Dirección del centro.
c) Informe del tutor o tutora de prácticas.
d) Valoración del proyecto de trabajo y de la memoria final.
e) Certificación de los Centros de Profesorado de haber superado los dos cursos de
formación.
Los informes mencionados en los apartados a), b) y c) tendrán especial relevancia en
la calificación del personal en prácticas, debiéndose motivar la calificación de «no apto».
Para conformar su criterio de manera colegiada según lo dispuesto en el artículo 17.5 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con respecto a
la superación de la fase de prácticas, el informe sobre la aptitud para la docencia tendrá
especial relevancia.
Las actas para la emisión de la calificación del personal en prácticas se confeccionarán
conforme lo establecido en el artículo 18 de la referida Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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parte de la formación aquellos funcionarios en prácticas que tengan acreditado un nivel
de CDD igual o superior.
4. Curso voluntario para los tutores en prácticas.
La Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, con la colaboración
de los Centros del Profesorado y la Inspección General de Educación, desarrollará
y realizará durante la primera quincena del mes de octubre de 2024, un curso sobre
nociones básicas relativas a la observación docente entre pares y medidas o planes de
acogida para los nuevos docentes que se incorporan al centro. Dicho curso se realizará
en formato telemático y constará de una sesión de 3 horas de duración.
El citado curso será impartido por inspectores e inspectoras de educación y estará
dirigido a las personas que ejercen la tutoría de prácticas que podrán solicitar de forma
voluntaria su participación.
6.3. Memoria final.
El personal funcionario en prácticas elaborará una memoria final que consistirá
en la descripción de las actividades realizadas durante la fase de prácticas, así como
en la valoración personal del desarrollo de dicha fase. Dicha valoración deberá incluir
propuestas de mejora de su propia práctica docente. La citada memoria se entregará y
registrará en el centro donde el personal realice las prácticas antes del 29 de noviembre
de 2024, para su inclusión en el informe final, y se remitirá por vía electrónica a la
presidencia de la correspondiente comisión de evaluación de centro.