Disposiciones generales. . (2024/515-9)
Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49836/6
Artículo 8. Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad.
La Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad desempeñará, además de
las funciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 30 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, las siguientes:
a) La adecuación, seguimiento y gestión del Plan Forestal Andaluz, en especial en lo
referente a la protección y manejo de la cubierta vegetal, la naturalización y diversificación
de las masas forestales y la lucha contra la erosión y la desertización, así como las
actuaciones en la materia contempladas en la planificación ambiental estratégica.
b) La ordenación, conservación y protección del monte mediterráneo y el fomento de
su aprovechamiento multifuncional y sostenible, tanto de titularidad pública como privada.
c) La planificación y ejecución de las restauraciones forestales, incluidas las
hidrológico-forestales, salvo las que se lleven a cabo en el dominio público hidráulico.
d) La prevención y control de las plagas o enfermedades forestales, así como el
control y certificación de semillas, materiales forestales de reproducción y producciones
forestales.
e) El fomento de la primera transformación de productos forestales y el control de la
comercialización de madera en el ámbito de sus competencias.
f) La prevención de los incendios forestales y la restauración de sus efectos, en el
marco de la planificación preventiva en el terreno forestal a escala comarcal y regional
atribuida a la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias, así
como la lucha contra las enfermedades de la fauna silvestre y el uso de venenos.
g) El seguimiento, protección y conservación de la geodiversidad y biodiversidad, así
como las actuaciones que promuevan la conectividad ecológica, la gestión y regulación
de su aprovechamiento sostenible tanto en propiedades públicas como privadas y el
régimen de autorizaciones para la manipulación de las especies de fauna, flora y hongos
silvestres.
h) Apoyar la transición hacia una economía circular mediante el análisis de medidas
para reducir la contaminación por plásticos y microplásticos en el litoral.
i) La gestión de las actuaciones para la preservación de la biodiversidad marina, sin
perjuicio de las competencias en materia de uso, gestión y conservación sostenible de
los recursos marinos que corresponden a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural.
j) La ordenación, conservación, protección y seguimiento de las especies de caza y
pesca deportiva continental y el fomento de su aprovechamiento sostenible, tanto en la
propiedad pública como en la privada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306785
d) La coordinación en materia de ingresos públicos.
6. Le corresponde, además:
a) El régimen interior, la administración general y el archivo central de la Consejería.
b) Las compras y suministros, la gestión del parque móvil del departamento y la
conservación de los edificios, instalaciones y equipos.
c) La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la
legislación vigente en materia de protección de datos y de seguridad de la información.
d) La coordinación de actuaciones en materia de divulgación, así como la coordinación
de la elaboración y distribución de las publicaciones.
e) La dirección y gestión del centro de documentación y la biblioteca.
f) La coordinación de la publicidad institucional y de la imagen corporativa de la
Consejería, así como la coordinación y actualización del sitio web de la Consejería, sin
perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio
Climático sobre organización, gestión, estructuración y funcionamiento de la Red de
Información Medioambiental.
g) La organización y supervisión de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49836/6
Artículo 8. Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad.
La Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad desempeñará, además de
las funciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 30 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, las siguientes:
a) La adecuación, seguimiento y gestión del Plan Forestal Andaluz, en especial en lo
referente a la protección y manejo de la cubierta vegetal, la naturalización y diversificación
de las masas forestales y la lucha contra la erosión y la desertización, así como las
actuaciones en la materia contempladas en la planificación ambiental estratégica.
b) La ordenación, conservación y protección del monte mediterráneo y el fomento de
su aprovechamiento multifuncional y sostenible, tanto de titularidad pública como privada.
c) La planificación y ejecución de las restauraciones forestales, incluidas las
hidrológico-forestales, salvo las que se lleven a cabo en el dominio público hidráulico.
d) La prevención y control de las plagas o enfermedades forestales, así como el
control y certificación de semillas, materiales forestales de reproducción y producciones
forestales.
e) El fomento de la primera transformación de productos forestales y el control de la
comercialización de madera en el ámbito de sus competencias.
f) La prevención de los incendios forestales y la restauración de sus efectos, en el
marco de la planificación preventiva en el terreno forestal a escala comarcal y regional
atribuida a la Consejería competente en materia de protección civil y emergencias, así
como la lucha contra las enfermedades de la fauna silvestre y el uso de venenos.
g) El seguimiento, protección y conservación de la geodiversidad y biodiversidad, así
como las actuaciones que promuevan la conectividad ecológica, la gestión y regulación
de su aprovechamiento sostenible tanto en propiedades públicas como privadas y el
régimen de autorizaciones para la manipulación de las especies de fauna, flora y hongos
silvestres.
h) Apoyar la transición hacia una economía circular mediante el análisis de medidas
para reducir la contaminación por plásticos y microplásticos en el litoral.
i) La gestión de las actuaciones para la preservación de la biodiversidad marina, sin
perjuicio de las competencias en materia de uso, gestión y conservación sostenible de
los recursos marinos que corresponden a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural.
j) La ordenación, conservación, protección y seguimiento de las especies de caza y
pesca deportiva continental y el fomento de su aprovechamiento sostenible, tanto en la
propiedad pública como en la privada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306785
d) La coordinación en materia de ingresos públicos.
6. Le corresponde, además:
a) El régimen interior, la administración general y el archivo central de la Consejería.
b) Las compras y suministros, la gestión del parque móvil del departamento y la
conservación de los edificios, instalaciones y equipos.
c) La coordinación y seguimiento de las tareas necesarias para el cumplimiento de la
legislación vigente en materia de protección de datos y de seguridad de la información.
d) La coordinación de actuaciones en materia de divulgación, así como la coordinación
de la elaboración y distribución de las publicaciones.
e) La dirección y gestión del centro de documentación y la biblioteca.
f) La coordinación de la publicidad institucional y de la imagen corporativa de la
Consejería, así como la coordinación y actualización del sitio web de la Consejería, sin
perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio
Climático sobre organización, gestión, estructuración y funcionamiento de la Red de
Información Medioambiental.
g) La organización y supervisión de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.