Disposiciones generales. . (2024/515-9)
Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
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Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49836/4
c) La conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de
la biodiversidad de Andalucía.
d) La gestión integrada de la calidad ambiental, incluida la responsabilidad
medioambiental y reparación de daños al medio ambiente, excluido el medio hídrico,
así como la propuesta de designación del órgano competente para la tramitación de los
expedientes administrativos de exigencia de responsabilidad medioambiental cuando
afecte a más de una provincia y en el caso de pluralidad de recursos naturales afectados,
así como la coordinación con otras administraciones competentes.
e) El impulso y conocimiento de las iniciativas y actuaciones que se realicen por la
Junta de Andalucía en aras al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS) y la Agenda 2030, particularmente en lo que se refiere a la consecución de una
gobernanza global de dicha Agenda, así como la representación ante las instituciones o
instancias nacionales o internacionales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la
Consejería competente en materia de coordinación de la acción exterior de la Junta de
Andalucía.
4. En particular, corresponden a la Secretaría General el ejercicio de las siguientes
funciones:
a) La definición, planificación y desarrollo de las acciones frente al cambio climático y
para la transición a un nuevo modelo energético.
b) La tramitación, resolución y seguimiento de las inscripciones en el Sistema Andaluz
de Compensación de Emisiones, así como el impulso y coordinación de los proyectos de
compensación de carbono forestal, azul y otras metodologías emergentes.
c) El desarrollo operativo del Plan Andaluz de Acción por el Clima y su seguimiento.
d) La planificación y coordinación de medidas para la acción climática y ejecución de
su planificación desde el sector privado y el ámbito local.
e) El impulso y coordinación de las actividades de I+D+i, en colaboración con
Universidades y otros centros de investigación en el ámbito de sus competencias, así
como de la Red de Observatorios de Cambio Climático de Andalucía, en coordinación
con la Consejería competente en materia de universidades, investigación e innovación.
f) La programación y planificación estratégica en materia ambiental, así como
la evaluación ambiental estratégica de planes y programas, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otro centro directivo en relación con los instrumentos de
ordenación urbanística.
g) Mejorar la gestión del espacio en el mar, mediante el fomento y la coordinación
del diálogo de los usuarios del mar, las partes interesadas y los científicos en materia
relacionadas con los océanos, mares y litoral, estimulando y promoviendo el intercambio
cooperativo de ideas para el uso sostenible del medio marino, sin perjuicio de las
competencias en materia de uso, gestión y conservación sostenible de los recursos
marinos que corresponden a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural.
h) Contribuir a alcanzar los objetivos de neutralidad climática y contaminación cero en
el ámbito marino.
i) La organización, gestión, estructuración y funcionamiento de la Red de Información
Ambiental (REDIAM), para la integración y difusión de toda la información alfanumérica,
gráfica o de cualquier otro tipo sobre el medio ambiente en Andalucía, generada por todo
tipo de centros productores de información ambiental en la Comunidad Autónoma, para
ser utilizada en la gestión, la investigación, la difusión pública y la toma de decisiones,
así como el establecimiento de las líneas de actuación de la Consejería en materia de
producción de información estadística y cartográfica.
j) La programación, promoción y fomento de actividades de educación, formación y
sensibilización ambiental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306785
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 49836/4
c) La conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de
la biodiversidad de Andalucía.
d) La gestión integrada de la calidad ambiental, incluida la responsabilidad
medioambiental y reparación de daños al medio ambiente, excluido el medio hídrico,
así como la propuesta de designación del órgano competente para la tramitación de los
expedientes administrativos de exigencia de responsabilidad medioambiental cuando
afecte a más de una provincia y en el caso de pluralidad de recursos naturales afectados,
así como la coordinación con otras administraciones competentes.
e) El impulso y conocimiento de las iniciativas y actuaciones que se realicen por la
Junta de Andalucía en aras al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS) y la Agenda 2030, particularmente en lo que se refiere a la consecución de una
gobernanza global de dicha Agenda, así como la representación ante las instituciones o
instancias nacionales o internacionales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la
Consejería competente en materia de coordinación de la acción exterior de la Junta de
Andalucía.
4. En particular, corresponden a la Secretaría General el ejercicio de las siguientes
funciones:
a) La definición, planificación y desarrollo de las acciones frente al cambio climático y
para la transición a un nuevo modelo energético.
b) La tramitación, resolución y seguimiento de las inscripciones en el Sistema Andaluz
de Compensación de Emisiones, así como el impulso y coordinación de los proyectos de
compensación de carbono forestal, azul y otras metodologías emergentes.
c) El desarrollo operativo del Plan Andaluz de Acción por el Clima y su seguimiento.
d) La planificación y coordinación de medidas para la acción climática y ejecución de
su planificación desde el sector privado y el ámbito local.
e) El impulso y coordinación de las actividades de I+D+i, en colaboración con
Universidades y otros centros de investigación en el ámbito de sus competencias, así
como de la Red de Observatorios de Cambio Climático de Andalucía, en coordinación
con la Consejería competente en materia de universidades, investigación e innovación.
f) La programación y planificación estratégica en materia ambiental, así como
la evaluación ambiental estratégica de planes y programas, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otro centro directivo en relación con los instrumentos de
ordenación urbanística.
g) Mejorar la gestión del espacio en el mar, mediante el fomento y la coordinación
del diálogo de los usuarios del mar, las partes interesadas y los científicos en materia
relacionadas con los océanos, mares y litoral, estimulando y promoviendo el intercambio
cooperativo de ideas para el uso sostenible del medio marino, sin perjuicio de las
competencias en materia de uso, gestión y conservación sostenible de los recursos
marinos que corresponden a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural.
h) Contribuir a alcanzar los objetivos de neutralidad climática y contaminación cero en
el ámbito marino.
i) La organización, gestión, estructuración y funcionamiento de la Red de Información
Ambiental (REDIAM), para la integración y difusión de toda la información alfanumérica,
gráfica o de cualquier otro tipo sobre el medio ambiente en Andalucía, generada por todo
tipo de centros productores de información ambiental en la Comunidad Autónoma, para
ser utilizada en la gestión, la investigación, la difusión pública y la toma de decisiones,
así como el establecimiento de las líneas de actuación de la Consejería en materia de
producción de información estadística y cartográfica.
j) La programación, promoción y fomento de actividades de educación, formación y
sensibilización ambiental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306785
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía