Disposiciones generales. . (2024/515-8)
Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Deporte.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024

página 49848/4

Artículo 5. Secretaría General de Innovación Cultural y Museos.
1. A la persona titular de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, con
rango de Viceconsejero o Viceconsejera, le corresponde, sin perjuicio de las competencias
asignadas a la persona titular de la Viceconsejería, la dirección, coordinación y control de
la actividad de la Consejería en materia de promoción e innovación cultural, industrias
culturales, fomento de la lectura, creación literaria, promoción del libro y museos.
2. En particular le corresponden las siguientes competencias:
a) El diseño de las estrategias y recursos en materia de teatro, música, artes plásticas,
flamenco, danza, cinematografía, artes audiovisuales, museos y conjuntos culturales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306798

Artículo 4. Viceconsejería.
1. A la persona titular de la Viceconsejería le corresponde la dirección y coordinación
de las secretarías generales y demás órganos directivos, ostentando la jefatura superior
de todo el personal de la Consejería. Asimismo, asumirá las funciones específicas que
la persona titular de la Consejería expresamente le delegue y las demás previstas en
el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
2. Le corresponde, en particular, la relación con las demás Consejerías y entidades,
la coordinación administrativa entre los distintos órganos de la misma, y su supervisión y
control, tanto en los servicios centrales como en los periféricos.
3. Del mismo modo, corresponde a la persona titular de la Viceconsejería velar por
el cumplimiento de las decisiones adoptadas por la persona titular de la Consejería, así
como el seguimiento de la ejecución de los programas de la misma.
4. Le corresponde igualmente velar por la transversalidad en el cumplimiento del
principio de igualdad entre mujeres y hombres en todas las actuaciones de la Consejería
y, en su caso, de entidades instrumentales.
5. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 de la Ley 1/2014, de 24 de
junio, de Transparencia Pública de Andalucía, depende de la Viceconsejería la Unidad
de Transparencia. Corresponde asimismo a la Viceconsejería la coordinación general en
materia de transparencia de la Consejería, sin perjuicio de las competencias asignadas
en dicha materia por la normativa vigente a los distintos órganos directivos.
6. Así mismo y en materia de memoria democrática, le corresponden las competencias
recogidas en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de
Andalucía, en relación con la memoria democrática, y en particular, las funciones de
planificación, dirección, coordinación, control técnico y propuesta de actuación en materia
de memoria democrática.
7. Se le atribuye a la Viceconsejería la planificación, dirección, impulso y coordinación
de la información, comunicación y difusión de la Consejería y de sus servicios y entes
adscritos, así como la elaboración y publicación de la producción estadística y cartográfica
de la Consejería .
8. Así mismo, le corresponden las competencias de coordinación y seguimiento de las
tareas necesarias para el cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección
de datos.
9. Dependerán orgánicamente de la Viceconsejería:
a) Secretaría General de Innovación Cultural y Museos.
b) Secretaría General de Patrimonio Histórico y Documental.
c) Secretaría General para el Deporte.
d) Secretaría General Técnica.
10. Las competencias de la Viceconsejería en materia de memoria democrática
recogidas en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, en relación con la memoria democrática, se
ejercerán a través del Comisionado para la Concordia.
11. A través de la Viceconsejería queda adscrito orgánicamente a la Consejería de
Cultura y Deporte, el Patronato de la Alhambra y Generalife.