Disposiciones generales. . (2024/515-3)
Decreto 164/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Extraordinario núm. 15 - Martes, 27 de agosto de 2024
página 49850/7
n) La utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación en la
modernización de los procedimientos administrativos, a excepción de las competencias
atribuidas a otros órganos de la Consejería, bajo las directrices, en su caso, de la
Consejería competente en la materia de simplificación y modernización de dichos
procedimientos.
ñ) La elaboración y aprobación de la nómina y la gestión de los seguros sociales del
personal dependiente de la Consejería.
o) Las propuestas de apertura de cuentas corrientes, tanto en Servicios Centrales
como en periféricos, y la formación de los expedientes y cuentas justificativas de todos
los ingresos y gastos para su envío a las Instituciones de control interno y externo
correspondientes.
p) La coordinación con la Consejería competente en materia de Administración
Pública en todo lo concerniente a las oficinas de asistencia en materia de registro, así
como, en general, la información al público, el archivo y los servicios auxiliares y todas
las dependencias de utilización común de los servicios centrales de la Consejería.
q) La coordinación de la gestión de los bienes de dominio público y patrimoniales
adscritos a la Consejería y el inventario y catalogación de los bienes muebles e inmuebles
de la misma.
r) Las cuestiones de régimen interior, en particular las relacionadas con los servicios
que aseguren el funcionamiento de las sedes centrales de la Consejería.
s) Las funciones que, en relación con el Registro de títulos académicos y
profesionales, atribuye la legislación vigente a la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
t) La elaboración de la propuesta de Plan Estratégico de Subvenciones de la
Consejería, con base en los programas definidos por los distintos órganos directivos,
para su posterior aprobación por la persona titular de la Consejería.
u) La coordinación, seguimiento y apoyo técnico de las actuaciones que en materia
de protección de datos lleven a cabo los órganos directivos centrales de la Consejería
como responsables de su tratamiento en sus respectivos ámbitos de competencia.
v) Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales,
le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que
tiene atribuidas.
w) La tramitación, preparación y elaboración de informes relativos a los procedimientos
de asistencia jurídica al personal dependiente de la Consejería y a los altos cargos de la
misma, y la tramitación de los procedimientos correspondientes al ejercicio de acciones
judiciales, sin perjuicio de los informes preceptivos que deban emitirse por otros órganos
directivos.
x) La coordinación de los ingresos no tributarios.
y) La dirección y la coordinación del asesoramiento a los centros docentes públicos
en materia de gestión económica.
z) La coordinación del Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos
administrativos y servicios que gestiona la Consejería.
aa) Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.
2. En relación con los fondos de la Unión Europea, corresponde a la Secretaría
General Técnica:
a) La coordinación y el seguimiento presupuestario de los ingresos procedentes de
fondos de la Unión Europea.
b) La coordinación de la gestión económica y presupuestaria y el control de la
ejecución del gasto de los fondos de la Unión Europea, coordinando a estos efectos a las
entidades instrumentales dependientes de la Consejería.
c) La supervisión y evaluación del funcionamiento regular y de la correcta aplicación
de las medidas de prevención, detección y corrección en relación con los riesgos que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306800
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 49850/7
n) La utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación en la
modernización de los procedimientos administrativos, a excepción de las competencias
atribuidas a otros órganos de la Consejería, bajo las directrices, en su caso, de la
Consejería competente en la materia de simplificación y modernización de dichos
procedimientos.
ñ) La elaboración y aprobación de la nómina y la gestión de los seguros sociales del
personal dependiente de la Consejería.
o) Las propuestas de apertura de cuentas corrientes, tanto en Servicios Centrales
como en periféricos, y la formación de los expedientes y cuentas justificativas de todos
los ingresos y gastos para su envío a las Instituciones de control interno y externo
correspondientes.
p) La coordinación con la Consejería competente en materia de Administración
Pública en todo lo concerniente a las oficinas de asistencia en materia de registro, así
como, en general, la información al público, el archivo y los servicios auxiliares y todas
las dependencias de utilización común de los servicios centrales de la Consejería.
q) La coordinación de la gestión de los bienes de dominio público y patrimoniales
adscritos a la Consejería y el inventario y catalogación de los bienes muebles e inmuebles
de la misma.
r) Las cuestiones de régimen interior, en particular las relacionadas con los servicios
que aseguren el funcionamiento de las sedes centrales de la Consejería.
s) Las funciones que, en relación con el Registro de títulos académicos y
profesionales, atribuye la legislación vigente a la Consejería de Desarrollo Educativo y
Formación Profesional.
t) La elaboración de la propuesta de Plan Estratégico de Subvenciones de la
Consejería, con base en los programas definidos por los distintos órganos directivos,
para su posterior aprobación por la persona titular de la Consejería.
u) La coordinación, seguimiento y apoyo técnico de las actuaciones que en materia
de protección de datos lleven a cabo los órganos directivos centrales de la Consejería
como responsables de su tratamiento en sus respectivos ámbitos de competencia.
v) Las actuaciones que, conforme a la normativa de protección de datos personales,
le correspondan como responsable del tratamiento en el ámbito de las competencias que
tiene atribuidas.
w) La tramitación, preparación y elaboración de informes relativos a los procedimientos
de asistencia jurídica al personal dependiente de la Consejería y a los altos cargos de la
misma, y la tramitación de los procedimientos correspondientes al ejercicio de acciones
judiciales, sin perjuicio de los informes preceptivos que deban emitirse por otros órganos
directivos.
x) La coordinación de los ingresos no tributarios.
y) La dirección y la coordinación del asesoramiento a los centros docentes públicos
en materia de gestión económica.
z) La coordinación del Registro de Procedimientos y Servicios de los procedimientos
administrativos y servicios que gestiona la Consejería.
aa) Cualesquiera otras competencias que le atribuya la legislación vigente.
2. En relación con los fondos de la Unión Europea, corresponde a la Secretaría
General Técnica:
a) La coordinación y el seguimiento presupuestario de los ingresos procedentes de
fondos de la Unión Europea.
b) La coordinación de la gestión económica y presupuestaria y el control de la
ejecución del gasto de los fondos de la Unión Europea, coordinando a estos efectos a las
entidades instrumentales dependientes de la Consejería.
c) La supervisión y evaluación del funcionamiento regular y de la correcta aplicación
de las medidas de prevención, detección y corrección en relación con los riesgos que
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306800
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía