Disposiciones generales. . (2024/162-1)
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 162 - Miércoles, 21 de agosto de 2024

página 49618/21

Formación Profesional, en al menos un 80% de centros durante el período de
vigencia del Plan.
Indicador 27. Número de visitas realizadas a centros privados que imparten
Formación Profesional.
Indicador 28. Número de aspectos supervisados que se cumplen a lo largo de la
actuación Prioritaria 1.
Indicador 29. Número de requerimientos realizados a los centros privados que
imparten Formación Profesional.

OE4.1. Integrar las actuaciones de la Inspección, dotándolas de un carácter sistémico a
través del Sistema de Información Séneca.
Indicador 30. Grado de satisfacción de los miembros de la inspección educativa
para medir su satisfacción por la simplificación administrativa y el
uso eficiente del Sistema de Información Séneca.
OE4.2. V
 incular la Información, datos y evidencias extraídas de las actuaciones de
la Inspección con la memoria de autoevaluación de los centros, permitiendo
establecer correlación entre la evaluación externa e interna.
Indicador 31. 
Porcentaje de propuestas de la inspección educativa que son
incorporadas en el plan de mejora del centro. Efectos de las
actuaciones de la inspección educativa.
Indicador 32. Grado de percepción de los centros educativos y de la inspección
educativa sobre la eficacia del proceso de comunicación y
vinculación de datos.
OE4.3. 
Adaptar la memoria de autoevaluación de los centros a los procesos que
desarrollan, dentro de los ámbitos que establece la normativa, haciendo la
misma más integral, operativa y eficiente.
Indicador 33. Nivel de satisfacción de los centros sobre la utilidad y efectividad
de la integración de las actuaciones de la inspección con el
proceso de autoevaluación de los centros.
OE4.4. Potenciar la operatividad del Sistema de Información Séneca para el acceso
a Información, documentos y reportes vinculados a las diferentes actuaciones,
con el fin de facilitar el desarrollo de las mismas.
Indicador 34. Número de actuaciones integradas, agilizadas y mejoradas dentro
del Sistema de Información Séneca. Evolución anual.
OE5.2. Promover la evaluación de la Inspección Educativa de Andalucía a través de los
mecanismos que la normativa establece, incorporando procesos participativos,
dirigido todo hacia la mejora en sus actuaciones.
Indicador 35. Medición de los indicadores de resultados. Grado de desarrollo de
los objetivos estratégicos. Evolución anual.
Indicador 36. Identificación de logros y dificultades para su incorporación a la
Memoria de Inspección.
OE5.4. C
 olaborar con otras instituciones, estableciendo alianzas e impulsando procesos
de innovación en la Inspección de Educación.
Indicador 37. N
 úmero de instituciones y misión de las mismas con las que se
han establecido vínculos y alianzas.
Indicador 38. Efectos de los vínculos y alianzas con instituciones en los procesos
de innovación de la inspección educativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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LE.4. Simplificación administrativa como principio rector de la inspección educativa en
el desarrollo de sus funciones y en su relación con los centros, contribuyéndose a la
reducción de la burocratización (OB.2, OB.6).