Disposiciones generales. . (2024/162-1)
Resolución de 8 de agosto de 2024, de la Viceconsejería, por la que se aprueban las instrucciones para el desarrollo, la dirección y la coordinación del Plan General de Actuación de la Inspección Educativa y el Plan de Formación para el Perfeccionamiento y Actualización Profesional, para el curso escolar 2024-2025.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 162 - Miércoles, 21 de agosto de 2024
página 49618/16
la citada ley, en su artículo 48.3, sobre la fase de prácticas dentro del acceso al Cuerpo
de Inspectores de Educación, establece que «La evaluación de las prácticas deberá
garantizar que los aspirantes posean la adecuada preparación para llevar a cabo las
funciones atribuidas al Cuerpo de Inspectores de Educación». Asimismo, el punto 2 de
este mismo artículo determina que «Esta fase tendrá una duración mayor a un trimestre y
no superior a un curso y podrá incluir cursos de formación».
3. Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2023, por la que la que se realiza convocatoria
pública de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en
plazas vacantes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como
la Orden de 29 de noviembre de 2023, por la que se realiza convocatoria pública de
concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del
ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se establece como parte del
procedimiento selectivo, la fase de prácticas, que «valorará tanto el ejercicio profesional
de la Inspección como la realización de actividades de formación».
De acuerdo con lo expuesto en las bases 8.4 de la Orden de 20 de febrero de 2023
y 7.3 de la Orden de 29 de noviembre de 2023, el personal seleccionado podrá solicitar
de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos la exención de
la fase de prácticas siempre que acredite el desempeño de la Inspección Educativa con
carácter provisional al menos durante un año, y permanecer en el puesto de trabajo que
vinieran desempeñando.
4. Como concreción del desarrollo de esta fase de prácticas en el ámbito de los
Servicios Provinciales de Inspección de Educación, y de conformidad con las Órdenes
citadas de 20 de febrero de 2023, y de 29 de noviembre de 2023, en cada uno de los
Servicios de Inspección de las Delegaciones Territoriales en las que haya obtenido
destino el personal funcionario en prácticas, la planificación de dicha fase incluirá, al
menos, los siguientes elementos:
a) La adscripción a un Equipo de Inspección de Zona.
b) La asignación de un miembro del Cuerpo de Inspectores de Educación o del
Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa para desempeñar la
función de tutoría, preferentemente del Equipo de Inspección de zona correspondiente.
c) La asignación de centros docentes, con criterio internivelar, en los que realizarán
las funciones y atribuciones genéricas de la Inspección de Educación, conforme a lo
establecido en el Plan General de Actuación para el curso escolar correspondiente.
d) La adscripción a un área específica de trabajo estructural y a un área específica de
trabajo curricular.
e) La adscripción de cuantas tareas les sean encomendadas para el desarrollo
específico de la función inspectora.
Para la valoración de la fase de prácticas se constituirá una comisión integrada por
cinco miembros de la Inspección de Educación y nombrada, a propuesta de la Inspección
General de Educación, por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos.
El desarrollo de la evaluación de la fase de prácticas se realizará teniendo en cuenta las
directrices y plazos establecidos para la fase de prácticas en las órdenes de convocatoria
de los procesos selectivos, ya citadas y en la Resolución que emita la Dirección General
competente en materia de personal y gestión de los recursos humanos de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como las instrucciones, que en el
ámbito de sus competencias dicte el titular de la Inspección General de Educación.
5. La presente actuación se llevará a cabo con el personal funcionario que haya
superado la fase de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspección
de Educación, convocado por la Orden de 20 de febrero de 2023, y por el personal
seleccionado en el concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspección de
Educación, convocado por Orden de 29 de noviembre de 2023.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306568
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 49618/16
la citada ley, en su artículo 48.3, sobre la fase de prácticas dentro del acceso al Cuerpo
de Inspectores de Educación, establece que «La evaluación de las prácticas deberá
garantizar que los aspirantes posean la adecuada preparación para llevar a cabo las
funciones atribuidas al Cuerpo de Inspectores de Educación». Asimismo, el punto 2 de
este mismo artículo determina que «Esta fase tendrá una duración mayor a un trimestre y
no superior a un curso y podrá incluir cursos de formación».
3. Tanto en la Orden de 20 de febrero de 2023, por la que la que se realiza convocatoria
pública de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en
plazas vacantes del ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como
la Orden de 29 de noviembre de 2023, por la que se realiza convocatoria pública de
concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación en plazas del
ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se establece como parte del
procedimiento selectivo, la fase de prácticas, que «valorará tanto el ejercicio profesional
de la Inspección como la realización de actividades de formación».
De acuerdo con lo expuesto en las bases 8.4 de la Orden de 20 de febrero de 2023
y 7.3 de la Orden de 29 de noviembre de 2023, el personal seleccionado podrá solicitar
de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos la exención de
la fase de prácticas siempre que acredite el desempeño de la Inspección Educativa con
carácter provisional al menos durante un año, y permanecer en el puesto de trabajo que
vinieran desempeñando.
4. Como concreción del desarrollo de esta fase de prácticas en el ámbito de los
Servicios Provinciales de Inspección de Educación, y de conformidad con las Órdenes
citadas de 20 de febrero de 2023, y de 29 de noviembre de 2023, en cada uno de los
Servicios de Inspección de las Delegaciones Territoriales en las que haya obtenido
destino el personal funcionario en prácticas, la planificación de dicha fase incluirá, al
menos, los siguientes elementos:
a) La adscripción a un Equipo de Inspección de Zona.
b) La asignación de un miembro del Cuerpo de Inspectores de Educación o del
Cuerpo de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa para desempeñar la
función de tutoría, preferentemente del Equipo de Inspección de zona correspondiente.
c) La asignación de centros docentes, con criterio internivelar, en los que realizarán
las funciones y atribuciones genéricas de la Inspección de Educación, conforme a lo
establecido en el Plan General de Actuación para el curso escolar correspondiente.
d) La adscripción a un área específica de trabajo estructural y a un área específica de
trabajo curricular.
e) La adscripción de cuantas tareas les sean encomendadas para el desarrollo
específico de la función inspectora.
Para la valoración de la fase de prácticas se constituirá una comisión integrada por
cinco miembros de la Inspección de Educación y nombrada, a propuesta de la Inspección
General de Educación, por la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos
Humanos.
El desarrollo de la evaluación de la fase de prácticas se realizará teniendo en cuenta las
directrices y plazos establecidos para la fase de prácticas en las órdenes de convocatoria
de los procesos selectivos, ya citadas y en la Resolución que emita la Dirección General
competente en materia de personal y gestión de los recursos humanos de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, así como las instrucciones, que en el
ámbito de sus competencias dicte el titular de la Inspección General de Educación.
5. La presente actuación se llevará a cabo con el personal funcionario que haya
superado la fase de concurso-oposición para el acceso al Cuerpo de Inspección
de Educación, convocado por la Orden de 20 de febrero de 2023, y por el personal
seleccionado en el concurso de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspección de
Educación, convocado por Orden de 29 de noviembre de 2023.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306568
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía