5. Anuncios. . (2024/159-36)
Anuncio de 9 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, por el que se dispone la publicación de la Resolución de 30 de julio de 2024, sobre la Subsanación, Inscripción y Publicación de la «Modificación núm. 20 del Plan General de Ordenación Urbana relativa al ámbito del Suelo Urbanizable Ordenado SUO-ADP y Zona 9 del Suelo Urbano del Núcleo de Isla Canela del término municipal de Ayamonte», una vez acreditada la subsanación de las deficiencias indicadas en el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 159 - Viernes, 16 de agosto de 2024

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la suma de edificabilidades de los distintos usos principales o compatibles que
pudieran darse en cada parcela.
1.8.

Condiciones de volumen y forma de los edificios.
Se aplicarán las previstas en la ordenanza 23.

1.9.

Otras condiciones.
Se cumplirán las de las ordenanzas 24, 25, 26, 27 y 28.
Aparcamiento: se exigirá lo establecido en la legislación específica.

Ordenanza 2. Norma particular de las zonas RAH.
2.1.

Uso característico.
Hospedaje (hotel-apartamento, apartamentos turísticos). El uso principal puede
estar acompañado por otros, siendo el principal aquel al que se destine mayor
superficie útil.
Los establecimientos deberán cumplir con la legislación sectorial vigente de
aplicación, y en concreto las determinaciones del Decreto 194/2010, de 20 de abril,
de establecimientos de apartamentos turísticos.

2.2.

Usos compatibles.
Si el uso principal coincide con el característico (en este caso, hospedaje), la
compatibilidad de otros usos secundarios se determinará según la tabla siguiente:

Uso a implantar. Condiciones de compatibilidad.
VC

VU

C

O

S

A

E

I

VD

0

3

3

3

3

3

3

0

X

en donde

0 =
3

uso no permitido,
=

uso permitido, integrado en el mismo edificio y exclusivo del mismo

(guardería, residencia de personal de servicio, uso dotacional complementario del
hotelero, etc),
X = uso compatible en todo caso.
y

VC = vivienda colectiva,
VU = vivienda unifamiliar,
C = comercial,
O = oficinas y artesanía,
S = sanitario,

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00306461

A = asistencial,

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