5. Anuncios. . (2024/159-36)
Anuncio de 9 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, por el que se dispone la publicación de la Resolución de 30 de julio de 2024, sobre la Subsanación, Inscripción y Publicación de la «Modificación núm. 20 del Plan General de Ordenación Urbana relativa al ámbito del Suelo Urbanizable Ordenado SUO-ADP y Zona 9 del Suelo Urbano del Núcleo de Isla Canela del término municipal de Ayamonte», una vez acreditada la subsanación de las deficiencias indicadas en el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 159 - Viernes, 16 de agosto de 2024

página 49511/26

g) Canalizaciones de telecomunicación.
h) Parques, jardines y acondicionamiento de espacios libres.
i) Alumbrado público.
j) Señalizaciones y marcas.
k) Otras obras de urbanización.
4.2.

Se entiende por "proyectos generales de obras de urbanización" los que tengan
previsto el acondicionamiento, en una o varias fases, de un polígono o unidad de
actuación, así como los que contemplen cualquier otra operación urbanizadora
integrada que incluya todos o varios de los grupos de obras señalados en el
apartado anterior o, en todo caso, la apertura o reforma del viario.
Los restantes proyectos de obra ordinaria de urbanización se considerarán
"parciales" y se denominarán por su objeto u objetos específicos.

4.3.

Los proyectos de obra ordinaria de urbanización, generales o parciales, deberán
resolver el enlace de los servicios urbanísticos del ámbito que comprenden con los
generales del núcleo urbano a los que se conecten, para lo cual verificarán que
éstos tienen la suficiente dotación o capacidad.

4.4.

Los proyectos de obra ordinaria de urbanización contendrán los documentos
señalados en el artículo 69 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, con el
detalle y complementos que requiera la completa definición ejecutiva de las obras
que comprendan.
Justificarán el cumplimiento del Decreto 3787/1970 de 19 de diciembre, sobre
requisitos mínimos de infraestructura en los alojamientos turísticos.
Justificarán,

asimismo,

mediante

las

certificaciones

oportunas,

que

el

Ayuntamiento ha recibido las obras de infraestructura general que correspondan,
de acuerdo con el Plan de Etapas del POU.

Y/o, en su caso, que se está

tramitando simultáneamente el proyecto que corresponda a las obras de
infraestructura general, necesarias para la etapa en cuestión.
En todo caso, incluirán además los documentos siguientes:
a) Plano a escala mínima 1:2.000 en el que se fijen claramente los límites del
proyecto de urbanización, la situación de las obras, los límites de los espacios
viales, los parques y jardines de uso público y los espacios abiertos y libres de
uso privado, las construcciones, plantaciones o instalaciones que hayan de
públicos o de interés social y las previstas para edificación privada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306461

derribarse, talarse o trasladarse, las parcelas para equipamientos de servicios