3. Otras disposiciones. . (2024/156-38)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 15 de abril de 2024, sobre el Plan de Sectorización Sector SUNS 1 Castellar Norte.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024
página 49246/8
• Artículo 3.3.1, apartado 2, «Desarrollo». Su contenido resulta contradictorio con lo
establecido en relación con los plazos de ejecución del sector.
• Título V. Se hace referencia a Plan Especial de Reforma Interior en lugar de Plan de
Sectorización con ordenación pormenorizada.
• Artículo 7.4.6 «Condiciones particulares de volumen y forma de la edificación».
Deberá aclararse la altura máxima en consonancia con la consideración expresada en el
párrafo anterior.
• Artículo 12.2 «Condiciones particulares». Los usos admisibles en el sistema general
de espacios libres han de limitarse a aquellos que coadyuven y estén al servicio de la
función primordial de esparcimiento de la población propia de estos espacios.
Las consideraciones efectuadas al articulado se han subsanado adecuadamente.
Respecto a los informes sectoriales:
- Deberán subsanarse las deficiencias señaladas en el informe del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de fecha 27/09/2023 y en el Informe del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) de fecha 03/10/2023 respecto al
cumplimiento de la normativa sectorial que regula el sector ferroviario.
Se aporta informe favorable de la E.P.E. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF) en el que se indica que se han corregido suficientemente todas las deficiencias
detectadas en el anterior informe.
CONCLUSIÓN
Una vez comprobado que las deficiencias recogidas en el Fundamento de Derecho
Tercero del Acuerdo de 15 de noviembre de 2023 de la Comisión Territorial de Ordenación
del Territorio y Urbanismo de Cádiz relativo al Plan de Sectorización del Sector SUNS 1
Castellar Norte han sido adecuadamente subsanadas, se emite informe favorable al
documento de cumplimiento presentado por el Ayuntamiento de Castellar de la Frontera.
ACUERDA
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa por su condición de
disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar su publicación, según prevé el artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y conforme
a los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306196
1.º Aprobar definitivamente el «Plan de Sectorización del Sector SUNS 1 Castellar
Norte» aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el 1 de febrero de 2024,
de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de
Ordenación Urbanística de Andalucía.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de
Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
3.º Publicar el presente Acuerdo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de
Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024
página 49246/8
• Artículo 3.3.1, apartado 2, «Desarrollo». Su contenido resulta contradictorio con lo
establecido en relación con los plazos de ejecución del sector.
• Título V. Se hace referencia a Plan Especial de Reforma Interior en lugar de Plan de
Sectorización con ordenación pormenorizada.
• Artículo 7.4.6 «Condiciones particulares de volumen y forma de la edificación».
Deberá aclararse la altura máxima en consonancia con la consideración expresada en el
párrafo anterior.
• Artículo 12.2 «Condiciones particulares». Los usos admisibles en el sistema general
de espacios libres han de limitarse a aquellos que coadyuven y estén al servicio de la
función primordial de esparcimiento de la población propia de estos espacios.
Las consideraciones efectuadas al articulado se han subsanado adecuadamente.
Respecto a los informes sectoriales:
- Deberán subsanarse las deficiencias señaladas en el informe del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de fecha 27/09/2023 y en el Informe del
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) de fecha 03/10/2023 respecto al
cumplimiento de la normativa sectorial que regula el sector ferroviario.
Se aporta informe favorable de la E.P.E. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF) en el que se indica que se han corregido suficientemente todas las deficiencias
detectadas en el anterior informe.
CONCLUSIÓN
Una vez comprobado que las deficiencias recogidas en el Fundamento de Derecho
Tercero del Acuerdo de 15 de noviembre de 2023 de la Comisión Territorial de Ordenación
del Territorio y Urbanismo de Cádiz relativo al Plan de Sectorización del Sector SUNS 1
Castellar Norte han sido adecuadamente subsanadas, se emite informe favorable al
documento de cumplimiento presentado por el Ayuntamiento de Castellar de la Frontera.
ACUERDA
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa por su condición de
disposición administrativa de carácter general, se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a aquel
en que tenga lugar su publicación, según prevé el artículo 20.3 del Decreto 36/2014, de 11
de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de
la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y conforme
a los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00306196
1.º Aprobar definitivamente el «Plan de Sectorización del Sector SUNS 1 Castellar
Norte» aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el 1 de febrero de 2024,
de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de
Ordenación Urbanística de Andalucía.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de
Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
3.º Publicar el presente Acuerdo, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de
Andalucía, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero.