3. Otras disposiciones. . (2024/156-38)
Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 15 de abril de 2024, sobre el Plan de Sectorización Sector SUNS 1 Castellar Norte.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 156 - Lunes, 12 de agosto de 2024

página 49246/16

Artículo 3.3.3. Gastos de urbanización.
A los efectos de determinar los costes de urbanización y su repercusión proporcional
a los distintos propietarios en el desarrollo del sistema de actuación previsto, los gastos
de urbanización incluirán los siguientes conceptos:
1. Obras de vialidad, comprendiendo las de movimiento de tierras, explanación,
compactación, afirmado y pavimentación de las calzadas, acerados, encintados y
construcción de las canalizaciones en el subsuelo para los distintos servicios.
2. Obras de instalación y funcionamiento del suministro de agua potable y su
distribución domiciliaria, instalación de hidrantes contra incendios y de riego, así como las
de saneamiento, pluviales y aguas negras, que incluyen la construcción de los colectores
generales, en la proporción que le corresponda al área.
3. Obras de suministro, conducción y distribución de energía eléctrica, así
como la instalación completa de alumbrado público, de los servicios de telefonía y
telecomunicaciones, y distribución de gas que se prevean.
4. Obras de urbanización, plantación y jardinería de los espacios libres y vías públicas,
incluyendo su amueblamiento urbano.
5. Redacción técnica del planeamiento de desarrollo preciso para la ordenación
detallada del Proyecto de Urbanización.
6. Gestión del sistema de actuación previsto, incluidos los gastos financieros.
7. Indemnizaciones que procedan legalmente a favor de titulares de derechos
afectados por la ejecución del planeamiento y que sean incompatibles con éste.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00306196

promotor de la urbanización o de las posteriores edificaciones, el llevar a cabo la ejecución
de dichas medidas a su cargo, y no del titular de la vía en la que se genere el ruido.
5. El Proyecto de Urbanización cumplirá las determinaciones del Real Decreto
1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia
energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus Instrucciones técnicas
complementarias EA-01 a EA-07, así como a lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de
julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, teniendo en cuenta que, de acuerdo
a lo dispuesto en el artículo 64.1 de la citada Ley 7/2007, con el fin de proteger las áreas
oscuras, la zonificación colindante a una zona E1 sólo podrá tener clasificación E2.
Contendrá asimismo las condiciones técnicas de diseño, ejecución y mantenimiento
que deben reunir las instalaciones de alumbrado exterior, con la finalidad de mejorar
la eficacia y ahorro energético, así como la disminución de las emisiones de gases de
efectos invernadero, y limitar el resplandor luminoso nocturno o contaminación luminosa
y reducir la luz intrusa o molesta.
6. El Proyecto de Urbanización contendrá las recomendaciónes señaladas en el
documento «Líneas Guía sobre buenas prácticas en el paisaje» elaborado en el marco
del proyecto europeo Interreg III Medocc, especialmente las contenidas en al Capítulo I.
7. El Proyecto de Urbanización incluirá el tratamiento de espacioslibres y viario la
utilización de superficies permeables, minimizándose la cuantía de pavimentación u
ocupación impermeable a aquellas superficies en las que sea estrictamente necesario.
8. El Proyecto de Urbanización incluirá el relleno de 29 cm del entorno del cauce
como medida cautelar derivada de la zona afectada por la inundabilidad del periodo de
retorno de 500 años.
9. El Proyecto de Urbanización incluirá medidas correctoras eficaces que disminuyan
los niveles sonoros, y que permitan alcanzar los niveles requeridos por la legislación de
aplicación.
10. Previo a la aprobación y ejecución del Proyecto de Urbanización, deberá
solicitarse la autorización de Adif para determinar los condicionantes técnicos sobre la
urbanización afectada que queda dentro de la zona de protección. Deberá tramitarse a
consulta los tipos de cerramientos, tratamiento de borde urbano, puertas, etc.